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La JEC propone multar a Sánchez con casi 3.000 euros por usar Moncloa en campaña
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CELAÁ TAMBIÉN TIENE PROPUESTA DE SANCIÓN

La JEC propone multar a Sánchez con casi 3.000 euros por usar Moncloa en campaña

La Junta Electoral debate el jueves la propuesta del instructor, que mantiene la sanción por vulnerar la ley electoral. Moncloa alegó que Rajoy también usó el complejo presidencial en campaña

Foto: La entrevista de Sánchez en Moncloa.
La entrevista de Sánchez en Moncloa.

La Junta Electoral Central (JEC) debate el jueves la propuesta de multa a Pedro Sánchez por usar Moncloa para la campaña electoral del 10-N tras el expediente abierto en octubre. El instructor del caso, un magistrado del Tribunal Supremo, tras analizar las alegaciones del Ejecutivo, mantiene que el entonces presidente en funciones vulneró la ley electoral y propone una sanción que, según fuentes próximas al organismo, se queda cerca de los 3.000 euros, el máximo previsto. La sanción, si se aprueba, la tiene que afrontar Sánchez de su bolsillo, aunque puede recurrirla. El caso, sin precedentes, amenaza con ahondar más la brecha entre el PSOE y el máximo organismo electoral. Isabel Celaá también afronta una sanción, aunque algo menor.

El pasado 30 de octubre, la JEC expedientó a Sánchez, entonces presidente en funciones, por usar Moncloa en campaña electoral. Lo hacía tras una denuncia del PP que consideraba que había vulnerado la ley electoral al dar una entrevista a La Sexta en el palacio presidencial. La ley electoral prohíbe, "desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas".

La JEC había advertido varias veces al Gobierno de Sánchez por usar las ruedas de prensa en Moncloa

La JEC había advertido varias veces al Gobierno de Sánchez por usar las ruedas de prensa en Moncloa tras el Consejo de Ministros para vender sus logros en campaña. Debido a "la reiteración de esta conducta por parte de varios ministros del Gobierno durante este proceso electoral", apercibió a "todos los miembros del Consejo de Ministros para que se abstengan de emitir manifestaciones que vulneren el principio de neutralidad de los poderes públicos". La JEC reclamó al secretario de Estado de Comunicación, Miguel Ángel Oliver, que trasladase ese apercibimiento "a todos los miembros" del Consejo de Ministros.

Después de aquello, Sánchez concedió una entrevista a La Sexta en Moncloa. La JEC consideró que el uso de una sala del complejo presidencial no era suficiente para abrirle expediente, pero "el examen de la entrevista pone de relieve que la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elementos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes en las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas".

placeholder Isabel Celaá, tras un Consejo de Ministros. (EFE)
Isabel Celaá, tras un Consejo de Ministros. (EFE)

También expedientó a la entonces ministra portavoz en funciones, Isabel Celaá, que tras el Consejo de Ministros valoró los últimos datos del paro con llamadas electoralistas: "Vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el Gobierno fuerte que se merece, un Gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita".

La JEC, compuesta por ocho magistrados del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos propuestos por los partidos, abrió expediente por unanimidad. Aunque varios vocales, entre ellos los catedráticos propuestos por PSOE y Unidas Podemos, se opusieron, no formularon voto particular discrepante. El magistrado Eduardo de Porres fue designado instructor para el caso de Sánchez.

Moncloa ha alegado que otros presidentes también usaron el palacio para entrevistas. En 2016, el PSOE denunció que Rajoy había grabado un vídeo electoral en Moncloa. En aquel momento, la JEC dio la razón al Ejecutivo del PP porque en el vídeo, grabado ante una ventana sin que se pudiese identificar el lugar, "no se aprecian signos externos que permitan relacionarlo con ninguna institución o poder público". También señala que no solo el presidente es responsable de esa entrevista.

Moncloa alegó que hay precedentes y que el presidente no es el único responsable de la entrevista en La Sexta

El instructor no ha aceptado el grueso de las alegaciones y ha elevado una propuesta de sanción que está algo por debajo de los 3.000 euros, el máximo. La ley establece que "toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares".

Algunos de los casos del uso de edificios oficiales en campaña esgrimidos por el Gobierno son anteriores a la reforma de la Loreg de 2011, que endureció este aspecto. Además, el instructor valora que la entrevista no solo se realizó en el palacio sino que se difundió y se transcribió desde cuentas oficiales para darle difusión. La JEC también analiza el jueves una propuesta de sanción a Celaá, que es menor, a pesar de ser reincidente, y queda por debajo de la de Sánchez.

Cuando la JEC retiró la credencial de diputado autonómico a Quim Torra, lo hizo por siete votos a seis. Tras esa decisión, la portavoz del PSOE, Adriana Lastra, criticó que el organismo no tenía competencia. En el último año, con dos campañas de generales, europeas y autonómicas con candidatos presos, la JEC ha cobrado un protagonismo sin precedentes. Primero vetó el debate que Sánchez quería con Vox para el 28-A; después ordenó retirar los lazos amarillos de Cataluña, lo que ha llevado a la inhabilitación de Quim Torra; ha quitado el escaño de eurodiputado a Oriol Junqueras por estar en la cárcel... El expediente a Sánchez sigue la senda.

La Junta Electoral Central (JEC) debate el jueves la propuesta de multa a Pedro Sánchez por usar Moncloa para la campaña electoral del 10-N tras el expediente abierto en octubre. El instructor del caso, un magistrado del Tribunal Supremo, tras analizar las alegaciones del Ejecutivo, mantiene que el entonces presidente en funciones vulneró la ley electoral y propone una sanción que, según fuentes próximas al organismo, se queda cerca de los 3.000 euros, el máximo previsto. La sanción, si se aprueba, la tiene que afrontar Sánchez de su bolsillo, aunque puede recurrirla. El caso, sin precedentes, amenaza con ahondar más la brecha entre el PSOE y el máximo organismo electoral. Isabel Celaá también afronta una sanción, aunque algo menor.

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