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La JEC expedienta a Sánchez y Celaá por usar la Moncloa para fines "electoralistas"
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La JEC expedienta a Sánchez y Celaá por usar la Moncloa para fines "electoralistas"

El organismo arbitral puede multar al presidente en funciones por emplear el palacio gubernamental para entrevistas de campaña. También reprocha a Celaá su rueda de prensa del pasado viernes

Foto: Pedro Sánchez, durante su entrevista en 'Al rojo vivo' el pasado 19 de septiembre. (Borja Puig de la Bellacasa | Moncloa)
Pedro Sánchez, durante su entrevista en 'Al rojo vivo' el pasado 19 de septiembre. (Borja Puig de la Bellacasa | Moncloa)

La Junta Electoral Central ya había advertido al Gobierno. Pero el Ejecutivo, a su juicio, no ha hecho caso, así que ahora el organismo arbitral actúa con más contundencia y abre expediente sancionador contra el propio presidente en funciones, Pedro Sánchez, por hacer un uso electoral de la Moncloa, y contra la portavoz del Gabinete, Isabel Celaá, por sus comparecencias tras el Consejo de Ministros. Cada caso será estudiado por un instructor de la JEC ya designado, y si el resultado es favorable, el líder socialista y la titular de Educación podrán tener que afrontar una multa de 300 a 3.000 euros. El Ejecutivo afirmó posteriormente que a partir de ahora pondrá más "cuidado" en la escenografía de las entrevistas de Sánchez y expondrá sus alegaciones, con las que espera demostrar que la actuación fue "correcta".

La decisión de la JEC es consecuencia de una reclamación presentada contra ambos por parte del PP. Los populares dispararon contra el presidente, primero, por su comparecencia institucional, sin preguntas, posterior a la exhumación de Francisco Franco. Declaración a la que el órgano que vela por la limpieza de los procesos electorales no pone tacha, por su "concisión y comedimiento" y porque Sánchez se refirió a la salida del Valle de los Caídos del dictador como el "resultado de las decisiones prevenientes de los tres poderes del Estado", por lo que esa comparecencia, "en sentido estricto", no vulneró la Ley Electoral.

La JEC dice que la "escenografía" de la entrevista de Ferreras en la Moncloa conlleva que uno de los candidatos disponga de "medios institucionales"


La segunda queja del PP se dirigía a la entrevista que Sánchez dio el pasado 25 de octubre en la Moncloa al programa 'Al rojo vivo' (La Sexta). Y por esta sí le abre expediente la JEC. El órgano entiende que contuvo "varias manifestaciones con connotación electoralista" —aseguró, por ejemplo que "el problema no es si va a ganar el PSOE por más o por menos", y pidió una "mayoría parlamentaria amplia", y consideró "muy importante" movilizarse, y que los indecisos sean conscientes de que el 10-N hay que responder a la pregunta de si quieren que España "avance o continúe sumida en el bloqueo"—, pero estas declaraciones, sigue, se hallan amparadas por el derecho a la libertad de expresión, al haber sido efectuadas "en el marco de una entrevista en un medio de comunicación de titularidad privada". No vulneran el artículo 53 de la LOREG.

El problema no está en sus palabras, sino en el marco empleado. La Junta recuerda que el artículo 50.2 de la Ley Electoral (LOREG) impone la "neutralidad" de los poderes públicos, uno de los instrumentos "legalmente estabblecidos para hacer efectiva la igualdad que ha de ser observada en el sufragio". En ese sentido, la utilización de medios públicos institucionales vulnerando el principio de neutralidad comporta, a la vez, la "quiebra del principio de igualdad" que exige el artículo 8.1 de la ley.

Atener a las "circunstancias"

El PP protestaba porque la entrevista de Antonio García Ferreras se había realizado en una de las salas del palacio de la Moncloa. "Aunque tal circunstancia, por sí sola, podría no determinar la vulneración, ocurre que el examen de la entrevista pone de relieve que la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elementos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes en las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas".

Pero la denuncia de los conservadores también hacía alusión a que la transcripción estaba disponible en la página institucional de la Presidencia del Gobierno (www.lamoncloa.gob.es), un "dato que resulta crucial para apreciar si se ha vulnerado la prohibición" del citado artículo 50.2 de la Ley Electoral. En el escrito de alegaciones, el Ejecutivo reconoció que la transcripción fue colgada en la web, aunque después fue retirada. Pero, a ojos de la JEC, ese dato "evidencia la utilización de una página pública oficial para la difusión de manifestaciones de contenido electoralista, lo que quebranta el principio de neutralidad política que dimana del artículo 50.2 de la LOREG, de conformidad con la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo".

Además, que la transcripción fuera colgada en la web de la Moncloa (y retirada luego) "evidencia" el uso de una página oficial para fines "electorales"

Tras este análisis, la JEC estima parcialmente la protesta del PP y concluye, primero, que las manifestaciones de Sánchez en 'Al rojo vivo' sí violaron el artículo 50.2 de la LOREG porque se efectuaron haciendo uso de medios institucionales y, "singularmente", al ser difundidas por la web de la Moncloa. En segundo término, dispone que la transcripción quede fuera del portal del Ejecutivo "al menos hasta que finalice el proceso electoral".

Sánchez apuesta por convertir el Valle de los Caídos en "un lugar de justicia y perdón"

Y tercer punto, el más importante: la JEC subraya que procede abrir un expediente sancionador contra Sánchez, "atendiendo a las circunstancias" que rodearon la entrevista en La Sexta y también porque el propio órgano ya apercibió, en su acuerdo de 17 de octubre, a todos los miembros del Gobierno. A todos les advirtió para que no vulnerasen el principio de neutralidad que han de respetar todos los poderes públicos en el proceso electoral.

Foto: Los restos de Franco salen a hombros de sus familiares de la basílica del Valle de los Caídos, este 24 de octubre. (EFE)

El Gobierno alega que lo hizo Rajoy

El Gobierno emitió un comunicado sobre las 20:20 de la tarde, en el que defiende que la Junta sí permite que el presidente, "como hicieron sus predecesores, realice entrevistas" en el palacio de la Moncloa. "Sin embargo, la JEC cuestiona únicamente la escenografía, por lo que en el futuro se cuidarán aún más todos los detalles para evitar interpretaciones no deseadas". Además, en el curso del expediente, el Ejecutivo "presentará alegaciones y expondrá sus argumentos conforme a la propia doctrina de la JEC". "Estamos convencidos de que, finalmente, la JEC concluirá que la actuación ha sido correcta", indicaron fuentes oficiales. En la Moncloa se remiten, por ejemplo, a una entrevista de Mariano Rajoy en 'El Cascabel', en Trece, el 3 de diciembre de 2015, con las elecciones ya convocadas y al final de la precampaña, y que fue colgada en la web institucional, y ahí sigue. Otro ejemplo: entrevista de Rajoy en 'Hoy por hoy' (Cadena SER) el 6 de mayo de 2014, con las europeas de finales de ese mes ya convocadas.

La Junta Electoral decide incoar expediente sancionador porque ya había apercibido a todos los miembros del Gobierno por "electoralismo"

La última protesta del PP se dirigió contra Isabel Celaá, por su rueda de prensa en la Moncloa también del pasado viernes. En ella, la portavoz se refería a los datos de la EPA, en la que presumía de los datos de ocupación (casi 20 millones de personas) y de la reducción del paro por debajo del 14%, hasta el 13,9%. "Vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el Gobierno fuerte que se merece, un Gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita", dijo.

placeholder La portavoz del Ejecutivo en funciones, Isabel Celaá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado 25 de octubre. (EFE)
La portavoz del Ejecutivo en funciones, Isabel Celaá, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado 25 de octubre. (EFE)

Esas manifestaciones, dice la JEC, las hizo Celaá al comienzo de la rueda de prensa, antes de dar detalle de los acuerdos del Consejo de Ministros y de las preguntas de los periodistas. Eran declaraciones "previamente elaboradas". Afirmaciones que "utilizan datos objetivos para apoyar valoraciones favorables con el resultado electoralista de hacer destacar los logros de una gestión pretendidamente positiva hecha por el Gobierno".

El órgano entiende que esas palabras suponen, por tanto, una vulneración de la Ley Electoral. Y por eso abre expediente sancionador contra Celaá, por las circunstancias de la comparecencia (en la sala de prensa de la Moncloa) y porque todos los miembros del Gobierno (también ella) habían sido apercibidos previamente.

Toda infracción de la ley que no sea delito, como es el caso, puede ser castigada con multa de 300 a 3.000 € cuando se trata de autoridades

El expediente sancionador contra el presidente será instruido por Eduardo de Porres, vocal de la JEC que es a la vez magistrado del Tribunal Supremo, y el abierto contra Celaá será estudiado por otro vocal juez del TS, José Luis Seoane Spiegelberg. Según el artículo 153.1 de la Ley Electoral, "toda infracción de las normas obligatorias establecidas" en la norma "que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares".

Duras críticas de PP, Cs y Podemos

El instructor, por tanto, hará una propuesta de sanción y permitirá a Sánchez (y Celaá) que hagan alegaciones. El plazo para completar el trámite es de tres meses, aunque "se suele hacer en menos" tiempo, según fuentes de la JEC consultadas por EFE. La multa, si llega, no se aplicará por tanto antes de las elecciones generales del 10 de noviembre.

La oposición cargó durísimamente contra Sánchez, al hacer "historia" y convertirse en el primer presidente del Gobierno expedientado por la Junta, por "saltarse la ley", en palabras del número dos del PP, Teodoro García Egea. "Una vergüenza" que el presidente utilice las instituciones y sus dependencias, dijo Pablo Echenique, secretario de Acción de Gobierno de Unidas Podemos. "Sánchez puso todas las instituciones del Estado a su servicio desde que llegó al poder. Del CIS a RTVE. Ahora usa la Moncloa para hacer campaña y por primera vez la Junta Electoral tiene que abrir expediente a un presidente. Sus trampas no tienen límites", escribió por su parte en Twitter el jefe de Cs, Albert Rivera.

La Junta Electoral Central ya había advertido al Gobierno. Pero el Ejecutivo, a su juicio, no ha hecho caso, así que ahora el organismo arbitral actúa con más contundencia y abre expediente sancionador contra el propio presidente en funciones, Pedro Sánchez, por hacer un uso electoral de la Moncloa, y contra la portavoz del Gabinete, Isabel Celaá, por sus comparecencias tras el Consejo de Ministros. Cada caso será estudiado por un instructor de la JEC ya designado, y si el resultado es favorable, el líder socialista y la titular de Educación podrán tener que afrontar una multa de 300 a 3.000 euros. El Ejecutivo afirmó posteriormente que a partir de ahora pondrá más "cuidado" en la escenografía de las entrevistas de Sánchez y expondrá sus alegaciones, con las que espera demostrar que la actuación fue "correcta".

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