Es noticia
Pedro Sánchez, obligado por el Supremo a pagar 1.000 euros al PP
  1. España
En concepto de costas

Pedro Sánchez, obligado por el Supremo a pagar 1.000 euros al PP

El asunto se remonta a la entrevista que Sánchez ofreció desde Moncloa el 25 de octubre de 2019 y a unas declaraciones de Celaá posteriores al Consejo de Ministros durante el periodo electoral

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, saluda al líder del PP, Pablo Casado. (EFE)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, saluda al líder del PP, Pablo Casado. (EFE)

El Tribunal Supremo ha impuesto este lunes a Pedro Sánchez y a la ministra de Educación, Isabel Celaá, el pago de 1.000 euros cada uno en concepto de costas al PP después de desestimar los recursos que presentaron ambos oponiéndose a que el partido que dirige Pablo Casado se personara en su contra en la batalla legal iniciada por el presidente del Gobierno contra las sanciones que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por vulnerar la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral.

En dos autos hechos públicos por el alto tribunal, la Sala de lo Contencioso obliga a pagar otros 1.000 euros suplementarios por cabeza a la propia JEC, como parte recurrida. El asunto se remonta a la entrevista que Sánchez ofreció desde Moncloa el 25 de octubre de 2019 y a unas declaraciones de Celaá posteriores al Consejo de Ministros del 30 de octubre del año pasado, en periodo electoral. En ambos casos, denunciados por el PP, la JEC concluyó que hubo "connotaciones electoralistas" que vulneraron el principio de neutralidad, por lo que sancionó al presidente con 500 euros y a la ministra con 2.200 euros.

Foto: Pedro Sánchez y Pablo Casado, en su última reunión. (EFE)

El presidente y la ministra, que actúan a título particular con un abogado del PSOE, presentaron un escrito en el Supremo alegando que el PP no debía estar personado porque tiene interés en la causa, pese a que fue quien inició todo con su denuncia a la JEC. En este conflicto inédito, Sánchez intenta tumbar un pilar de la Ley Electoral, su régimen sancionador, alegando que es inconstitucional. Aun así, el PSOE no incluye la reforma de la Loreg en su plan normativo.

La multa en cuestión la pagó Sánchez a título individual y recurrió a un abogado del PSOE para recurrirla ante el Supremo. El tribunal elevó una cuestión de inconstitucionalidad sobre el régimen sancionador de la Loreg por una sanción al 'ABC' por publicar una entrevista a Arrimadas en jornada de reflexión. La defensa de Sánchez se agarró a eso para considerar que la ley es inconstitucional. Quim Torra hizo lo mismo con una multa por dejar lazos amarillos en la Generalitat.

En pleno litigio, la defensa de Sánchez presentó un escrito para intentar que la formación de Casado no estuviera en el procedimiento

En pleno litigio, la defensa de Sánchez presentó un escrito para intentar que la formación de Casado no estuviera en el procedimiento. "El Partido Popular actuó en el procedimiento de reclamación electoral como mero iniciador o denunciante, ante la Junta Electoral", señalaba el escrito presentado el pasado 10 de septiembre. Y añadía: "El Partido Popular no ha intervenido ni ha sido parte en el procedimiento sancionador, objeto de este procedimiento contencioso administrativo, por lo que esta posición, de mero iniciador de un procedimiento previo de reclamación electoral, impide apreciar la existencia un interés legítimo bastante que ciega la posibilidad de personación como parte recurrida en este recurso".

Foto: Pablo Casado y Pedro Sánchez. (David Mudarra)

Ahora, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha impuesto el pago de las costas y señala que el decreto de la letrada de la administración de Justicia que Sánchez y la ministra recurrieron expresa "de forma clara y concisa que el expediente sancionador que finalizó en la resolución de la JEC impugnada (...) se inició mediante escrito de reclamación del PP", por lo que "la JEC estaba obligada a emplazarlo ante esta sala, como así hizo, y dicho partido político ha comparecido correctamente".

Recuerda, además, que "existe un repertorio de sentencias reconociendo la legitimación pasiva de distintos partidos políticos en multas impuestas por la Junta Electoral Central por actuaciones reputadas infracción durante los procesos electorales (municipales, autonómicos, generales, Parlamento Europeo) en la jurisprudencia" del alto tribunal.

El Tribunal Supremo ha impuesto este lunes a Pedro Sánchez y a la ministra de Educación, Isabel Celaá, el pago de 1.000 euros cada uno en concepto de costas al PP después de desestimar los recursos que presentaron ambos oponiéndose a que el partido que dirige Pablo Casado se personara en su contra en la batalla legal iniciada por el presidente del Gobierno contra las sanciones que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por vulnerar la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral.

Pedro Sánchez Tribunal Supremo
El redactor recomienda