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¿Te echan de tu piso? Razones por las que pueden hacerlo antes de fin de contrato
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¿Te echan de tu piso? Razones por las que pueden hacerlo antes de fin de contrato

Tanto el arrendador como el arrendatario pueden suspender su contrato de alquiler antes de que finalice el plazo si se cumplen algunas condiciones

Foto: Foto: Pixabay.
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Las relaciones humanas no son siempre fáciles, y mucho menos cuando entre dos personas existe un conflicto de intereses. ¿Es este el caso entre un casero y su inquilino? Aunque lo mejor es llevarse bien, no tiene por qué ser siempre así.

Existen propietarios que no ven más que un cliente en su inquilino o viceversa, lo que puede desencadenar choques como el que contaba hace apenas unos días esta usuaria de Twitter, que aseguraba que a pesar de que paga “religiosamente” el alquiler, el dueño de la casa se había negado a pagar el arreglo de una persiana, algo que habría derivado en un enfrentamiento de opiniones que finalmente le llevó a tomar la decisión de abonar de su propio bolsillo el arreglo y luego descontarlo de su pago mensual del alquiler.

Esto no gustó a su arrendador. Pocos días después de abonar el pago mensual, la usuaria recibió un burofax en el que se le informaba de que tras finalizar su contrato, el próximo diciembre, no se procedería a la prórroga del mismo, es decir, que una vez acabado su actual contrato, tendría que abandonar su casa.

¿Es esto legal?

Según la actual Ley 4/2013 sobre medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, sí, en caso de que la inquilina lleve más de tres años en el mismo piso, y no, si no se cumple este requisito. Es decir, según lo establecido legalmente, la prórroga del contrato de arrendamiento es obligatoria durante los tres primeros años siempre y cuando el inquilino desee quedarse.

¿Pueden echarte antes del fin del contrato?

La respuesta es sí, pero solo si se producen hechos como los siguientes:

  • Impagos o retrasos: el casero podría romper el contrato de manera justificada si se producen retrasos en los pagos. Además, si deja a deber alguna mensualidad, el dueño de la casa puede proceder a echar a su inquilino y a reclamar el dinero que le falta.
  • Incumplimiento contractual: también puede ser motivo de ruptura contractual incumplir alguno de los puntos pactados en el momento de la firma. Según apuntan desde Alquiler Seguro, uno de los motivos más frecuentes para que se produzca esta quiebra es el subarrendamiento, algo que, recuerdan, es importante incluir en el contrato para evitar futuros quebraderos de cabeza.

    En caso de que se haya pactado la opción de subarrendar, desde esta plataforma de alquiler advierten de que si el inquilino percibe por el subarriendo más dinero que el que paga por su alquiler, el arrendador también tendrá derecho a rescindir el contrato.

Foto: Montaje: Enrique Villarino.
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  • Obras no consentidas: para hacer reformas en una vivienda alquilada, se requiere la autorización del dueño. De no tenerla, también puede ser motivo de rotura del contrato.
  • Uso diferente de la vivienda: si se alquila un espacio para su uso como vivienda, deberá mantenerse así hasta el fin del contrato. Si su uso cambia y pasa a ser, por ejemplo, un espacio empresarial, se considerará que también se está incumpliendo el contrato de alquiler.
  • La entrada de animales de compañía: si su estancia está prohibida en el contrato, la presencia de animales de compañía en la vivienda también puede suponer motivo de quebrantamiento del contrato.
  • Actividades molestas, insalubres, peligrosas, nocivas o ilícitas: el propietario puede rescindir el contrato anticipadamente con su inquilino si en la vivienda se están llevando a cabo actividades nocivas o peligrosas, si existen problemas de limpieza o salubridad o incluso si molesta a los vecinos.
  • Necesidad personal: el propietario puede reclamar la vivienda que tiene alquilada en cualquier momento siempre que la necesite para vivir él, para que lo haga un familiar de primer grado o para que lo haga su excónyuge en caso de separación. Eso sí, en estos casos, el dueño del inmueble está obligado a avisar a su arrendado con dos meses de antelación vía burofax.

El inquilino también puede irse antes

No solo el propietario tiene derecho a reclamar su vivienda antes de que finalice el contrato. Los inquilinos también pueden abandonar la casa sin ninguna penalización monetaria si el arrendador no la mantiene en las condiciones de habitabilidad requeridas.

Según la el artículo 21 del capítulo IV de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario o arrendador está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones óptimas para vivir, y por ello no tiene ningún derecho a elevar la renta mensual a sus inquilinos. Si esto no se cumple, el inquilino podrá abandonar la casa resolviendo el contrato.

Además, de manera regular, aquellas personas que viven de alquiler pueden dejar sus casas sin tener que perder dinero por ello siempre y cuando hayan pasado más de seis meses desde la firma del contrato y si avisan con 30 días de antelación a sus caseros.

Las relaciones humanas no son siempre fáciles, y mucho menos cuando entre dos personas existe un conflicto de intereses. ¿Es este el caso entre un casero y su inquilino? Aunque lo mejor es llevarse bien, no tiene por qué ser siempre así.

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