La banca se lo guisa y se lo come: certificará los conocimientos de sus propios empleados
La directiva europea MiFID II obliga a los empleados de las entidades a recibir una formación para vender productos de inversión... que podrán certificar sus jefes
Parece que la adaptación de la durísima directiva europea de mercados e inversiones (MiFID II) a nuestro país se va a hacer 'a la española'. Si su trasposición al derecho nacional es un coladero para que los bancos sigan cobrando comisiones de los fondos de inversión que venden —uno de los objetivos principales de la norma era prohibir esa práctica—, ahora la CNMV va a permitir que los empleados de banca no tengan que examinarse para certificar que cuentan con los conocimientos necesarios para vender productos de inversión. Podrán ser sus propias entidades las que extiendan esa certificación.
Como adelantó en su día El Confidencial, la nueva norma obligaba a los bancos a impartir formación específica a sus empleados (casi 200.000 en España), lo que suponía un fuerte e inesperado coste para un sector en pleno ajuste ante la caída de márgenes. Inicialmente, la respuesta fue un 'boom' de matriculaciones en los principales institutos y asociaciones certificadores de conocimientos financieros (CFA, EFPA...). Pero, finalmente, la banca ha conseguido poder impartir ella misma la formación e incluso certificar que sus empleados han adquirido los conocimientos requeridos.
Así se refleja en la 'Propuesta de guía técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora' elaborada por la CNMV, cuya versión definitiva está a punto de ver la luz. "Es el mundo soñado por la banca: no solo se ahorrarán los elevados costes de certificar a toda su plantilla, sino que podrán aplicar unos estándares suficientemente laxos como para justificar que todos sus empleados puedan asesorar y comercializar fondos hasta en la sucursal más recóndita", apunta una fuente del sector.
Según varias fuentes conocedoras de la situación, la decisión fue tomada en una reunión de la CNMV con las asociaciones de bancos, de las antiguas cajas, de las gestoras de fondos y de los asesores independientes. En dicho encuentro, la AEB y la CECA defendieron que debía tratárselas "como a las universidades, que imparten la formación y ellas mismas conceden los títulos".
Más requisitos a independientes que a la banca
La nueva norma del supervisor establece en su artículo séptimo que "la evaluación del personal y la acreditación o certificación de la cualificación podrá ser realizada por la propia entidad o por entidades externas". Ahora bien, los requisitos no son los mismos para unos y otros. En el caso de que sean los bancos los que certifiquen los conocimientos de los empleados, simplemente les exige "mecanismos reforzados de control que aseguren que el personal relevante posee los conocimientos adecuados para prestar los servicios".
"En este sentido, la Unidad de Cumplimiento Normativo comprobará que las pruebas de conocimiento o exámenes que se realicen, que en todo caso serán presenciales, permiten acreditar que el personal que los supere ha obtenido los conocimientos adecuados para la prestación de los servicios, y realizará pruebas para comprobar que el personal relevante tiene dichos conocimientos. La Unidad de Cumplimiento Normativo elaborará un informe dirigido al órgano de administración relativo a estas comprobaciones", añade. Es decir, será un departamento del propio banco el que decida si los exámenes que ha hecho él mismo son adecuados. Al menos, deberá ponerlos a disposición de la CNMV por si quiere analizarlos.
Sin embargo, para los certificadores independientes los requisitos son mucho mayores, como "disponer de una estructura (medios técnicos y humanos) adecuada" o "disponer de una política de conflictos de interés que asegure la independencia y objetividad de sus acreditaciones". Además, tendrán que conseguir que la CNMV incluya sus títulos en una lista oficial, para lo cual deberán aportar una enorme cantidad de información detallada, no solo sobre sus programas de formación sino incluso sobre su estructura accionarial.
Parece que la adaptación de la durísima directiva europea de mercados e inversiones (MiFID II) a nuestro país se va a hacer 'a la española'. Si su trasposición al derecho nacional es un coladero para que los bancos sigan cobrando comisiones de los fondos de inversión que venden —uno de los objetivos principales de la norma era prohibir esa práctica—, ahora la CNMV va a permitir que los empleados de banca no tengan que examinarse para certificar que cuentan con los conocimientos necesarios para vender productos de inversión. Podrán ser sus propias entidades las que extiendan esa certificación.