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La abogacía pone peros a la reforma que permitirá suspender vistas por tener un hijo
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"Es insuficiente y llega tarde"

La abogacía pone peros a la reforma que permitirá suspender vistas por tener un hijo

Colegios, asociaciones y letrados individuales critican que la modificación de la ley llega tarde y es insuficiente, y exigen que contemple más supuestos que el de la maternidad y paternidad

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Hace una semana, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y el Ministerio de Justicia llegaron a un acuerdo para reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil e incluir la maternidad y paternidad del abogado como causa de suspensión de juicios, actos y plazos procesales. En concreto, pactaron la modificación del artículo 179.3 para reconocer el derecho a solicitar la interrupción de procedimientos en el caso de tener un hijo. De este modo, los letrados verán reconocido como derecho lo que hasta ahora era una mera opción que dependía de la voluntad de cada tribunal.

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La medida ha tenido un gran recibimiento entre los profesionales del sector, que celebran el avance que supone esta iniciativa en el ámbito de la conciliación. Especialmente para las mujeres, a las que la pandemia ha afectado especialmente a la hora de compaginar la vida laboral y familiar. Según una encuesta elaborada recientemente por el CGAE, el 58% de las abogadas reconoció dificultades serias para conciliar, mientras que el 70% observaron un aumento de la brecha salarial de género en el sector legal tras la crisis sanitaria.

Foto: Una madre escribe en su ordenador con su bebé en brazos. (Pexels/Sarah Chai)

No obstante, también ha sido objeto de varias críticas. "Resultaba indignante y fuera de toda lógica que los letrados, esos que intentan velar por los derechos de los otros, no tuvieran derecho a su propia conciliación familiar. Era una situación fuera de la realidad actual", comenta Mariola Barón, especializada en penal, familia y violencia de género. "Es un paso más, pero quedan muchos avances pendientes", se suma la penalista María Teresa Largo. En la misma línea se pronuncian otros letrados, que manifiestan su sorpresa por haber tenido que esperar a 2021 para que una profesional no tenga que estar celebrando un juicio a los días de dar a luz o amamantando a su recién nacido en los pasillos de los juzgados.

Más allá va Amparo Martínez, vocal y directora de Comunicación de la asociación Defenda, que tacha de "ridículo" y "kafkiano" tener que celebrar una noticia así. "Es un avance y hay que celebrarlo, sí, pero no es para que desde las instituciones se pongan medallitas", asevera. Aunque muchos abogados se consuelan con el dicho, 'nunca es tarde si la dicha es buena', Martínez considera que algo tan elemental y básico debería haber sido reconocido mucho antes, especialmente teniendo en cuenta que es una de las reivindicaciones históricas del colectivo.

Foto: Montaje: EC.

Asimismo, critica la hipocresía detrás de discursos que hablan de una justicia 2030, con la tecnología y la modernidad por bandera, cuando hace apenas unos días acaban de regular que los abogados puedan pedir la suspensión de una vista que coincide con la fecha en la que nace su hijo.

¿Y si fallece mi padre?

Otro de los reproches que ha recibido esta medida es el limitado alcance de los supuestos para los que se prevé la suspensión de actos procesales, permitiendo únicamente la maternidad y la paternidad. Muchos consideran esta casuística insuficiente y lamentan que no se haya aprovechado la oportunidad para recoger otros escenarios como enfermedad del letrado, hospitalización de un familiar o fallecimiento.

"Son circunstancias que ya se prevén en el Estatuto de los Trabajadores, sería acompasarse", opina Martínez. "Es una cuestión de derechos humanos", agrega Marta García, responsable del Departamento de Actualización Normativa y Plan de Igualdad del Colegio de Abogados de Madrid. Si bien reconoce que se trata de un ámbito muy sensible (sobre todo los procedimientos penales), considera que los intereses de los representados deben conjugarse con este tipo de situaciones para que se respete la dignidad de los profesionales.

Foto: Un usuario, utilizando un ordenador. (iStock)

Asimismo, ve esencial blindarlo a través de un texto normativo para evitar que se convierta en papel mojado, como así ocurrió con el protocolo sobre suspensión de vistas que elaboraron desde el ICAM. En él, recogían varios supuestos que iban más allá del nacimiento de hijos y lo presentaron al TSJ de Madrid, que acordó publicarlo en su página web para que los juzgados de la comunidad fueran conscientes. Pero, al no tener carácter vinculante, los tribunales no tenían la obligación de aplicarlo. "Hace unos días tuvimos el caso de un compañero que pidió un aplazamiento porque estaba en el hospital con varias costillas rotas y hasta arriba de analgésicos. El juez se lo rechazó porque dijo que podía conectarse telemáticamente", lamenta.

Además, la letrada destaca que este tipo de medidas son todavía más relevantes para los abogados que ejercen como autónomos en despachos unipersonales. "Cuando solo estás tú, tienes que andar tirando de compañeros que te hacen los favores cuando el juzgado no te suspende la vista. Y, con los clientes, la relación es de confianza, él quiere que le defiendas tú. El tribunal no debería obligar a que el caso lo lleve otro profesional y más cuando la imposibilidad de asistir es por causas más que justificadas", subraya.

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Desde el CGAE también parecen coincidir en que son necesarias más medidas. En un tuit publicado hace unos días, la presidenta Victoria Ortega expresó su intención de seguir demandando avances más sólidos e impulsar reformas legislativas "que garanticen de manera efectiva en nuestra profesión la corresponsabilidad y conciliación de la vida personal y laboral". Preguntado por este medio, el organismo ha rechazado concretar qué tipo de iniciativas pretenden propulsar y ha reiterado su satisfacción con el acuerdo alcanzado con Justicia "siempre que sea un primer paso en materia de conciliación".

Falta de empatía

Tras las quejas de los abogados se esconde una realidad del día a día de los juzgados, y es la falta de comprensión de algunos jueces a la hora de suspender una vista por un asunto personal del letrado. "Pretenden que entendamos que hay un atasco tremendo. Hay asuntos que tardan mucho en solventarse, pero la mayoría de veces esos retrasos no son imputables al abogado", señala García. Las presiones que sufren algunos tribunales para mejorar sus tasas de resolución tampoco ayudan, ya que generan desidia y cansancio entre todos los operarios que intervienen en el proceso, lo que acaba perjudicando a los profesionales de la abogacía.

En este sentido, la responsable llama a entender que los abogados son un elemento relevante y no un operario más. "Defendemos los intereses del cliente, por lo que se les debe dar más importancia. Igual que si falla un testigo o alguna de las partes sí se suspende la vista, debe seguirse la misma lógica cuando por una causa justificada falla el letrado", reivindica.

Foto: Los despachos deben repensar la figura del abogado no ejerciente desarrollador de negocio. Foto: iStock Opinión
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"Hay jueces que rondan lo inhumano y han denegado el aplazamiento de un juicio de un letrado cuyo padre había fallecido el día anterior. Son cuestiones que ni se tendrían que debatir", indica por su parte Martínez. Aunque matiza que no le gustan las generalizaciones, sí considera que los operadores jurídicos pecan de poca empatía a la hora de valorar ciertas peticiones o, incluso, en el trato con los actores involucrados en los procesos judiciales.

Cuenta en este sentido una anécdota que vivió en un juzgado de Alcalá de Henares. "Era un asunto penal. Yo llevaba la acusación, mis clientes eran dos señores de avanzada edad, ambos superaban los 80 años", recuerda. El juicio estaba señalado para las 10, pero su caso no empezó hasta pasadas las 15:30. No pudieron comer nada porque estaban pendientes de poder entrar. "Al hombre, que tenía diabetes, le dio una bajada de tensión. La jueza ni siquiera emitió una triste disculpa por el retraso", afea.

Hace una semana, el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y el Ministerio de Justicia llegaron a un acuerdo para reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil e incluir la maternidad y paternidad del abogado como causa de suspensión de juicios, actos y plazos procesales. En concreto, pactaron la modificación del artículo 179.3 para reconocer el derecho a solicitar la interrupción de procedimientos en el caso de tener un hijo. De este modo, los letrados verán reconocido como derecho lo que hasta ahora era una mera opción que dependía de la voluntad de cada tribunal.

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