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La polémica de la plusvalía municipal mina aún más la credibilidad del Constitucional
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La polémica de la plusvalía municipal mina aún más la credibilidad del Constitucional

Los juristas critican la sentencia en el fondo, por atropellar los principios de seguridad jurídica y de tutela judicial efectiva, y la forma, por la confusión generada con su comunicación

Foto: Tribunal Constitucional. (@TConstitucionE)
Tribunal Constitucional. (@TConstitucionE)
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En el fondo y en la forma, la decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre la plusvalía municipal ha supuesto un auténtico 'tiro en el pie' para la credibilidad de un organismo que es la clave de bóveda de nuestro sistema institucional. Así lo creen la mayoría de expertos juristas consultados, que agregan, además, que esto sucede en el peor momento posible: cuando el tribunal está viéndose salpicado por un controvertido proceso de renovación por la cercanía de los magistrados propuestos a los grandes partidos políticos. Otra gota más en el vaso del descrédito del máximo intérprete de la Carta Magna.

Desde un punto de vista legal —es decir, entrando en el fondo del asunto—, los fiscalistas critican la sentencia porque el TC atropella dos principios esenciales como el de seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva de los contribuyentes, palanca que para algunos de ellos puede exponer a España a un rapapolvo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Además, en opinión de Leopoldo Gandarias, socio de Koana Labs, el texto también "desprecia" la normativa tributaria dando carácter de "definitivas" a situaciones que en ningún caso pueden tenerlo de acuerdo con la ley; esto es, dando por firmes liquidaciones antes de que haya pasado un mes desde su notificación, o aplicando los efectos de la prescripción a autoliquidaciones sin que hayan pasado los cuatro años que determina la ley.

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Para Raúl Salas, socio de fiscal de RocaJunyent, que el TC se aparte de los principios que rigen la normativa tributaria tiene dos efectos muy perniciosos. El primero es que "abona la desconfianza en el sistema tributario y crea desafección respecto de la obligación de contribuir", lo que a la larga puede incentivar la elusión fiscal. El segundo es que crea situaciones absurdas, como castigar a quien ha cumplido sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, premiando por contra a los infractores. "Se ve claro con un ejemplo: dos contribuyentes que tenían la obligación de presentar la autoliquidación el 25 de octubre, un día antes de la fecha de la sentencia. Uno cumple y el otro no. Con la sentencia, el que fue diligente hoy asiste incrédulo a que le digan que la plusvalía es inconstitucional, pero que no va a recuperar su dinero. El incumplidor, sin embargo, está dando saltos de alegría".

Otro mensaje irracional que envía el proceder del TC, continúa Salas, es el de que lo mejor es impugnar todos los impuestos que se presenten, aunque se carezca de motivo para ello. "Porque así, si por alguna razón pasados los años se decide que son contrarios a la Carta Magna, nadie verá cercenadas sus posibilidades de que le devuelvan el dinero, como ha sucedido con la plusvalía municipal".

Foto: La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía municipal deja pocas opciones de reclamar a los contribuyentes.

Aunque es cierto que el Constitucional tiene la capacidad de acotar el efecto de sus sentencias, Elisa de la Nuez, presidenta de la Fundación Hay Derecho, cree que esta potestad debe responder a algún criterio de justicia o que equilibre los intereses en juego, para alejar cualquier sensación de que responde a una lógica arbitraria o de exclusiva defensa de la Administración. "En este caso, se ha extralimitado en la determinación del impacto de su decisión", entiende De la Nuez, "por una razón puramente económica o de protección de las finanzas públicas". El contribuyente, en cambio, ha quedado completamente desprotegido.

La polémica nota de prensa

Tampoco ha gustado entre los juristas el procedimiento de comunicación —es decir, las formas— seguido por el Tribunal Constitucional, que ha generado mucha confusión y frustración en la ciudadanía. Pero no solo eso, también ha tenido un impacto negativo práctico. Muchos contribuyentes en los últimos días han optado por activar sus reclamaciones, contratando para ellos los servicios de un abogado; un dinero gastado en balde y que ahora tendrán que discutir si debe ser devuelto o no.

La clave de la confusión, relatan, está la nota de prensa publicada el día 26 de octubre. En ella se afirmaba que "el fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia", una expresión que los fiscalistas interpretaron como que se respetarían los criterios de firmeza que determina en la normativa tributaria.

Foto: Foto: iStock.

"La nota era innecesaria, porque que tribunal no tiene ninguna obligación de publicar notas informativas, pero es que además estaba 'coja', incompleta", asevera Leopoldo Gandarias, "porque daba a entender que se respetaría la firmeza cuando no era así, y no incluía lo más relevante: que no se revisarían la situación de quien no hubiera reclamado la devolución después del 26-O". Más duro se muestra Antonio Martínez Mosquera, socio de Martínez-Lafuente Abogados, que describe como "vergonzoso" el proceso comunicativo, en el que, tras la nota de la que se desprende una interpretación, se filtra el borrador que lo desmiente y, aun así, pasan muchos días hasta que se publica el texto definitivo.

"Las notas no tienen valor jurídico, como tampoco un borrador, pero a efectos de no generar expectativas infundadas ni erróneas, deberían ser precisas y, obviamente, sin erratas o imprecisiones", subraya a este respecto Miguel Presno, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo.

Miguel Presno, catedrático de Constitucional: "Una nota de prensa del TC no tiene valor jurídico, pero debe ser legalmente precisa"

Raúl Salas, incluso, duda de que pueda establecerse como punto de validez de una sentencia un día distinto al de su publicación. "Con la publicación de la nota tratan de darle efecto a un fallo del que no tenemos ningún tipo de constancia ni podemos comprobar que así ha sido. ¿Por qué el 26 y no el 25?, ¿o semanas antes, si ya habían decidido el sentido del fallo? Hasta que la sentencia no es pública, jurídicamente no debería tener ningún efecto", razona.

En este sentido, aunque es una práctica consolidada que una resolución pueda determinar consecuencias a partir de una fecha distinta a la de su publicación, Presno recuerda que el artículo 38.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que "las sentencias recaídas en procedimientos de inconstitucionalidad tendrán el valor de cosa juzgada, vincularán a todos los Poderes Públicos y producirán efectos generales desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado".

El presidente decide, el ponente revisa

Desde el Tribunal Constitucional explican que la comunicación anticipada de los fallos es una decisión que adopta directamente el presidente de la institución cuando entiende que la resolución tiene especial interés jurídico, social o económico. Así se lo anuncia al Pleno una vez el organismo resuelve un asunto y es el ponente de la sentencia quien da el visto bueno a la nota oficial. "Pero la nota no es un texto con validez jurídica, su vocación es explicativa", indican fuentes del organismo, que señalan que, a partir de ahí, las interpretaciones que se hacen de este comunicado son responsabilidad de quien las realiza.

Foto: Sede del Tribunal Constitucional. (EFE)

¿Por qué se avanzan los fallos? Las mismas fuentes detallan que para evitar filtraciones no-oficiales de sus decisiones, ante la dificultad de contener el sentido de las sentencias dado el elevado número de personas que trabaja en la institución —entre magistrados, letrados, funcionarios y el resto del personal, unas 250 personas—. Y la distancia temporal entre las notas y las sentencias definitivas se produce por el tiempo que requieren los magistrados discrepantes en redactar sus votos particulares.

En el caso concreto de la plusvalía municipal, desde el TC reconocen que la tardanza en publicar el texto definitivo puede haber ocasionado cierta confusión (aunque se debe a que aguardaron a tener todos los votos particulares), pero rechazan que la nota resultara "imprecisa o incorrecta". "Desde un punto de vista jurídico, es posible que resulte insuficiente para comprender el alcance del fallo, pero es que es lo que es: una nota informativa, no la sentencia", subrayan. Asimismo, defienden la terminología empleada en la misma, aprobada por el magistrado Ricardo Enríquez, especialista en materia tributaria y con muchos años de experiencia en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Desde el Constitucional admiten que la nota podía ser jurídicamente "incompleta", pero rechazan que fuera "imprecisa o incorrecta"

"Es cierto que una nota de prensa no tiene validez jurídica, pero no deja de ser una comunicación oficial por parte del tribunal", responde en este sentido Elisa de la Nuez, para quien el organismo no puede conocer que, en la sociedad de la información en la que vivimos en la actualidad, la difusión de estos mensajes produce un efecto inmediato en muchos contribuyentes. "No es serio el baile de notas, borradores y filtraciones. Todo ello genera desconfianza", afirma, por lo que en su opinión el TC debería publicar la sentencia y la nota explicativa el mismo día para evitar confusiones como la sucedida.

"Lo que más debilita la credibilidad del tribunal son las numerosas filtraciones", remata Miguel Presno, aunque en su opinión han resultado más perniciosas las que afectaban a las sentencias sobre los estados de alarma "cuyas deliberaciones fueron conocidas casi en tiempo real". El catedrático concluye agregando otro elemento a revisar en el proceder de la institución. "No debería serle indiferente la dilación en resolver determinados asuntos pues, parafraseando al propio Tribunal Constitucional, la justicia constitucional lenta no es justicia".

En el fondo y en la forma, la decisión del Tribunal Constitucional (TC) sobre la plusvalía municipal ha supuesto un auténtico 'tiro en el pie' para la credibilidad de un organismo que es la clave de bóveda de nuestro sistema institucional. Así lo creen la mayoría de expertos juristas consultados, que agregan, además, que esto sucede en el peor momento posible: cuando el tribunal está viéndose salpicado por un controvertido proceso de renovación por la cercanía de los magistrados propuestos a los grandes partidos políticos. Otra gota más en el vaso del descrédito del máximo intérprete de la Carta Magna.

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