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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reconoce el derecho a subsidio de desempleo a una empleada del hogar
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia reconoce el derecho a subsidio de desempleo a una empleada del hogar

La sentencia, pionera en España, no es firme, ya que se puede presentar un recurso de casación contra ella

Foto: Vista de la sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG). (EFE/Cabalar)
Vista de la sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG). (EFE/Cabalar)

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado un fallo sin precedentes en el país, reconociendo el derecho de una trabajadora doméstica a recibir las prestaciones de desempleo contributivo, a pesar de haberlas solicitado en un momento en que la ley no lo permitía.

El veredicto del 10 de octubre, que fue publicado este lunes por el TSXG, establece que la demandante tiene derecho a la prestación por desempleo, incluso si la solicitud se realizó antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 16/2022, que mejora las condiciones laborales y de Seguridad Social de las personas empleadas en el servicio doméstico.

Foto: Esta ayuda conlleva una prestación de 501 euros mensuales para cuidadores del hogar, durante un periodo de 11 meses. (EFE/Dani Caballo)

Aplicación de la perspectiva de género

El tribunal superior ha validado el derecho de esta mujer a recibir el desempleo, a pesar de que la ley vigente en el momento de la solicitud no lo permitía, aplicando la perspectiva de género y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que provocó el cambio normativo en España.

Los jueces explican en la sentencia que la ley española que excluía a las empleadas domésticas del acceso al subsidio de desempleo -vigente en el momento de los hechos- era "contraria a la normativa comunitaria".

Antecedentes del caso

En el fallo, se recuerda que la mujer, que estuvo afiliada al Sistema Especial para Empleados del Hogar hasta el 4 de agosto de 2022, había cotizado 2.361 días en este régimen y 2 días al Régimen General de la Seguridad Social.

Foto: Vista general del pleno celebrado en el Congreso de los Diputados. (EFE/Guillén)

Sin embargo, cuando solicitó su subsidio de desempleo, se le negó porque no estaba previsto para las empleadas domésticas, ya que el Real Decreto Ley 16/2022 entró en vigor el 9 de septiembre de 2022. La Sala de lo Social ha destacado que el grupo al que pertenece la demandante está "fuertemente feminizado, ya que las mujeres representan el 95,53% del total".

El nuevo régimen y la perspectiva de género

El TSXG ha indicado que el nuevo régimen, aprobado en el Real Decreto Ley 16/2022, resuelve esta discriminación para las prestaciones producidas a partir de su entrada en vigor, "dejando en la misma –e idéntica- situación anterior a las eventuales prestaciones causadas con anterioridad".

Foto: Rueda de prensa posterior al consejo de ministros

Además, ha subrayado que la perspectiva de género en la interpretación de la normativa y la obligación derivada de la jurisprudencia del TJUE "obligan a proteger a las personas trabajadoras integradas en ese sistema especial cuando la pérdida de su empleo se haya producido con anterioridad al nuevo régimen y estén desprotegidas".

Esto significa que, según la sentencia, los jueces del TSXG reconocen el derecho de la afectada a la prestación de desempleo, "a pesar de que no ha cotizado por ella –debido a la imposibilidad legal, discriminatoria-".

Interpretación de la normativa

El fallo añade que "es necesario tener en cuenta, por un lado, que la normativa española que excluía la cotización (y el desempleo) para las personas trabajadoras integradas en el Sistema Especial para Empleados del Hogar es contraria al derecho comunitario por discriminatorio, y que dicha situación no se ha solucionado con la reforma operada por el Real Decreto Ley 16/22 porque no resuelve el problema de los posibles beneficiarios anteriores, sino solamente de los hechos causantes posteriores a su entrada en vigor".

Foto: La por entonces ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio (d), junto a la delegada del Gobierno en Ceuta, Salvadora Mateos (i). (EFE)

El TSXG ha señalado también que "la interpretación de la normativa debe producirse en la forma más favorable al colectivo discriminado (el de las personas integradas en ese sistema especial), con perspectiva de género, porque es indiscutible el sesgo femenino de sus integrantes en su casi totalidad; y, además, en la aplicación e interpretación de las normas los juzgadores tenemos una obligación de hacerlo con perspectiva de género, al integrar un valor superior del ordenamiento jurídico".

La sentencia, pionera en España, no es firme, ya que se puede presentar un recurso de casación contra ella.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado un fallo sin precedentes en el país, reconociendo el derecho de una trabajadora doméstica a recibir las prestaciones de desempleo contributivo, a pesar de haberlas solicitado en un momento en que la ley no lo permitía.

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