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Esto es lo que pasa con el voto por correo de una persona que muere antes de las elecciones generales
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Imprevistos en las urnas

Esto es lo que pasa con el voto por correo de una persona que muere antes de las elecciones generales

Este año se ha alcanzado el récord del número de solicitudes de este trámite, lo que provoca que las situaciones menos comunes aumenten en un gran porcentaje su probabilidad

Foto: Las oficinas de Correos reciben estos días a los solicitantes del voto por correo (EFE/David Arquimbau)
Las oficinas de Correos reciben estos días a los solicitantes del voto por correo (EFE/David Arquimbau)

Las elecciones generales del próximo 23 de julio están muy cerca y el clima electoral se presenta cada vez más caldeado. Además, la fecha escogida para este procedimiento ha pillado a muchos ciudadanos fuera de sus casas, lo cual ha provocado que se llegue al récord en el número de solicitudes de voto por correo en la historia de España.

Desde el pasado 30 de mayo se podía acceder a este proceso, un día después de la convocatoria a las urnas por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez. El plazo concluirá, como es habitual, a tan solo 10 días de la jornada electoral, lo que significa que este 13 de julio es la última oportunidad para solicitar el trámite.

Foto: Un trabajador de Correos deposita el voto por correo en un colegio electoral el 28-M. (EFE/J. J. Guillén)

Dada la alta demanda del voto por correo, es muy probable, por pura estadística, que se den situaciones poco comunes con más asiduidad. Un ejemplo de ello es el fallecimiento de una persona que haya realizado su voto por correo y su defunción haya ocurrido antes del día de las elecciones. La pregunta más lógica que puede surgir es ¿qué ocurre con la validez de su papeleta? La respuesta se encuentra en el acuerdo 339/1995 de la Junta Electoral, que enuncia que la anulación del voto es procedente, ya que el derecho participar en las urnas se posee el día en que se celebran las elecciones.

Solicitud del voto por correo

Para llevar a cabo el trámite, es obligatorio indicar la dirección postal a la que se quiere enviar toda la documentación pertinente y que solo el solicitante podrá recibirla. Una vez hecho esto, el Censo Electoral será el organismo encargado de mandar los siguientes documentos:

  1. La papeleta de cada uno de los partidos políticos que presenten una candidatura a presidente del Gobierno
  2. Un sobre de votación por cada organismo entre el Congreso y el Senado
  3. El certificado de inscripción en el censo
  4. Un sobre informativo de la mesa electoral
  5. Una hoja explicativa
Foto: Este es el procedimiento que deberías seguir si aún no has recibido el voto por correo. (EFE / Daniel González)

Con esta documentación ya recibida, se debe escoger la papeleta conveniente para cada proceso en el que se desee participar e introducirla en el sobre dispuesto para ello. A su vez, se tendrá que meter estos en otro más grande en el que se indica la dirección de la respectiva mesa electoral. Para concluir, el interesado deberá presentarse en la oficina de Correos y efectuar el envío tres días antes del día de las elecciones.

Las elecciones generales del próximo 23 de julio están muy cerca y el clima electoral se presenta cada vez más caldeado. Además, la fecha escogida para este procedimiento ha pillado a muchos ciudadanos fuera de sus casas, lo cual ha provocado que se llegue al récord en el número de solicitudes de voto por correo en la historia de España.

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