Es noticia
El fiscal acusa a la Mesa del Parlament de actuar al servicio de intereses del Govern
  1. España
  2. Cataluña
último día de juicio

El fiscal acusa a la Mesa del Parlament de actuar al servicio de intereses del Govern

Visto para sentencia el juicio repetido contra cuatro dirigentes independentistas que permitieron las leyes de ruptura y el referéndum

Foto: El TSJC juzga de nuevo a la Mesa. (EFE/Quique García)
El TSJC juzga de nuevo a la Mesa. (EFE/Quique García)

El nuevo juicio contra cuatro miembros de la Mesa del Parlament durante el procés quedó este jueves visto para sentencia. Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramon Barrufet se enfrentan ahora a la petición de 1 año y 8 meses de inhabilitación y a 30.000 euros de multa por desobedecer las resoluciones del Tribunal Constitucional. Pero, además de la desobediencia consciente, el Ministerio Público expuso la manipulación del órgano del poder legislativo que se puso al servicio del Govern (poder ejecutivo) laminando los derechos de las fuerzas políticas que no eran independentistas. El relato del Fiscal coincidió con el que luego expusieron la Abogacía del Estado y la acusación popular en la vista de este jueves, en la que expusieron los informes finales y concretaron las acusaciones.

El Ministerio Público acreditó que el Constitucional había dado instrucciones claras y precisas a los miembros de la Mesa para que no se tramitaran iniciativas parlamentarias relacionadas con la celebración de un referéndum o con el inicio de un proceso constituyente que habría de acabar con la independencia de Cataluña y la redacción de una nueva Constitución catalana. Los principales actos de desobediencia se referían a que varias resoluciones del pleno del Parlament propugnaban el inicio de un proceso constituyente hacia la independencia, la celebración de un referéndum de secesión y la separación de Cataluña del resto de España. Las resoluciones fueron impugnadas y el Constitucional las anuló, prohibiendo y advirtiendo expresamente a los miembros de la mesa del Parlament que no debían tramitar iniciativas relacionadas con esas cuestiones.

Foto: El TSJC juzga de nuevo a la Mesa del Parlament. (EFE/Quique García)

“Con la admisión a trámite de determinadas propuestas, los acusados tenían pleno conocimiento y conciencia de que traspasaban los perímetros de la inviolabilidad parlamentaria y su actuación no puede ampararse en esa inviolabiidad. No procede vincular su actuación a la libertad de expresión, de reunión o de participación en el ejercicio de la función pública”, recordó el fiscal Pedro Ariche. Puntualizó que, contrariamente a la poca importancia que manifestaron estos días tanto las defensas como los acusados sobre su labor parlamentaria, “la desobediencia, por el solo hecho de desobedecer, no sirve para nada y debe ir anudada a otros hechos subsiguientes a esa desobediencia y que vayan más allá”.

Permitieron tramitar las leyes

Los acusados sí tejieron esos mimbres: con su actuación, permitieron que fuesen a pleno los textos inconstitucionales de las leyes de ruptura (la Ley del Referéndum y la Ley del de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República Catalana), permitieron también llevar a pleno un texto que preveía la constitución de una comisión de estudio, la apertura de un proceso constituyente y la celebración de un referéndum, y permitieron por último que los presupuestos de 2017 incluyesen una cláusula adicional donde se consignaban partidas económicas para la celebración de un referéndum ilegal.

El fiscal quiso desmontar el argumento de los acusados de que ellos sólo debían dar trámite a las iniciativas que les llegaban y que nunca se inadmitían las propuestas salvo muy contadas excepciones. Ariche les sacó a colación que sólo entre 2009 y 2011 hubo muchas propuestas que no fueron admitidas a trámite, promovidas por representantes de la Cámara. Por tanto, la Mesa no era tan inocua como decían los acusados. Además, les recordó que, como consta en las actas y como declararon en el juicio diferentes testigos, los integrantes de la Mesa fueron advertidos en varias ocasiones por el secretario general del Parlament y por el letrado mayor de que podían incurrir en ilegalidad si tramitaban determinadas propuestas e incluso que podrían tener consecuencias jurídicas.

El fiscal quiso desmontar el argumento de los acusados de que ellos sólo debían dar trámite a las iniciativas que les llegaban

La Fiscalía acusó a los miembros de la Mesa de haber actuado “al servicio del poder ejecutivo y de sus intereses. En estos casos, la Mesa dejó de ser un órgano representativo de todos los parlamentarios para representar sólo a aquéllos que defendieron exclusivamente los intereses del Govern y la ruptura con el Estado”. Les recordó también las triquiñuelas y trampas para llevar a pleno textos e iniciativas manifiestamente anticonstitucionales, prescindiendo de todos los trámites legales y de publicidad.

Los hechos terminaron con la convocatoria del referéndum y la posterior declaración unilateral de independencia del 27 de octubre, resolución a la que Ariche se refirió: “Esta resolución, en su parte declarativa, dice que el pueblo catalán es amante del derecho y del respeto a la ley y que hará cumplir todas las obligaciones que impone esa declaración. Y a uno le viene una sonrisa a los labios al recordar todos los precedentes que hemos contado”. Por ello, les advirtió que “aquí no se juzga la inviolabilidad parlamentaria ni la independencia del Parlament como poder legislativo (…) Aquí hay elementos de tipo penal que no ofrecen duda”.

placeholder Varias decenas de manifestantes muestran su apoyo en el primer juicio. (EFE/Marta Pérez)
Varias decenas de manifestantes muestran su apoyo en el primer juicio. (EFE/Marta Pérez)

La Abogacía del Estado recordó también en su alegato que “no se puede llevar a cabo un referéndum fuera del cauce que establece el título X de la Constitución (…) Pero hay otro elemento: los acusados eran autoridades públicas y, lo mismo que los funcionarios, estamos sujetos al cumplimiento de la Constitución y de la ley con el deber jurídico de obediencia reforzado, que nace del principio de legalidad”.

Las defensas piden inviolabilidad

Las defensas, por su parte, se opusieron a los términos de las acusaciones. Tanto Judit Gené, defensora de los posconvergentes Corominas, Guinó y Barrufet, como Xavier Tomàs, defensor de la republicana Simó, apelaron a la inviolabilidad parlamentaria para salvaguardar a sus clientes de cualquier acusación. El tema de la inviolabilidad ya había sido discutido ampliamente, incluso en el Tribunal Supremo, pero las defensas vuelven a plantearlo. “Los acusados entendían en conciencia que su tarea se debía limitar a dar trámite y así querían proteger los derechos de debate, de expresión, de reunión y de libertad ideológica. Si quiere la sala condenar a mis clientes por tener intención de desobedecer es una cosa que habrán de deducir, pero no porque ellos lo manifestasen”, afirmó Gené, un planteamiento que también asumió Tomàs.

Este último advirtió que los hechos de que se acusa a su clienta “son hechos protegidos por la inviolabilidad parlamentaria, desarrollados en un órgano parlamentario y son consecuencia de una actividad parlamentaria. La inviolabilidad es lo más respetuoso con las funciones de un órgano legislativo y tiene sentido en un sistema de separación de poderes”.

Foto: Los ex miembros de la mesa del Parlament Anna Simó (i) y Lluís Guinó (d) a su llegada al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), ayer. (EFE/Quique García)

Las defensas también adujeron que las resoluciones del Tribunal Constitucional eran poco concretas, por lo que no se podían aplicar a rajatabla. Pero Gené sacó a colación otro argumento: “Las resoluciones que el Constitucional anuló no las redactaron mis clientes. La fiscalía hace trampa al hablar de resoluciones. Ellos no redactaron ni los textos relativos al referéndum ni los relacionados con la ruptura, que fueron redactados por terceros, por otras personas a las que no se les puede pedir responsabilidades. Ellos se habían de limitar a hacer la admisión a trámite para que se debatiese una proposición de un grupo parlamentario. No hagan trampa. Estos señores están sentados aquí por haber admitido a trámite unas resoluciones, no por lo que dicen las resoluciones”, adujo la abogada.

El último argumento esgrimido por las defensas es el que hace referencia a las dilaciones indebidas del proceso. De hecho, el Tribunal Superior de Justicia ya los había condenado en un anterior juicio, pero el Tribunal Supremo sentenció en 2020 admitiendo la recusación de dos de los tres magistrados (porque habían participado en una decisión jurídica anterior), por lo que obligó a repetir el juicio con otra composición del tribunal. “Mis defendidos ya han cumplido la condena. Si son condenados, será como quien dice la tercera condena que tienen. Es indudable que como ya han cumplido la pena, deben ser absueltos”, clamó Gené. En similares términos se expresó Tomàs, aunque en realidad ésa es una cuestión menor. En realidad, no han cumplido ninguna pena, puesto que la inhabilitación no se aplica hasta que no hay sentencia firme, lo mismo que el cobro de la multa. Ahora, los cuatro exmiembros de la mesa durante los años duros del procés se enfrentan de nuevo a la verdad.

El nuevo juicio contra cuatro miembros de la Mesa del Parlament durante el procés quedó este jueves visto para sentencia. Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramon Barrufet se enfrentan ahora a la petición de 1 año y 8 meses de inhabilitación y a 30.000 euros de multa por desobedecer las resoluciones del Tribunal Constitucional. Pero, además de la desobediencia consciente, el Ministerio Público expuso la manipulación del órgano del poder legislativo que se puso al servicio del Govern (poder ejecutivo) laminando los derechos de las fuerzas políticas que no eran independentistas. El relato del Fiscal coincidió con el que luego expusieron la Abogacía del Estado y la acusación popular en la vista de este jueves, en la que expusieron los informes finales y concretaron las acusaciones.

Noticias de Cataluña Parlamento de Cataluña
El redactor recomienda