El TSJC inadmite la querella del PP contra Torra por usurpación de funciones públicas
Los magistrados indican que, al menos hasta el momento, "falta el elemento nuclear" para que la denuncian tuviera encaje y provocara "la pérdida de la condición de president"
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha inadmitido la querella del Partido Popular contra el presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, por supuesta usurpación de funciones públicas. En un auto los magistrados indican que, al menos hasta el momento, "falta el elemento nuclear" para que la denuncia de los populares tuviera encaje, es decir, "la pérdida de la condición de presidente de la Generalitat". "Ni existe una automática previsión legal ni tampoco ningún acto jurídico emitido por órganos competentes que le haya privado de esa condición", dice.
El escrito insiste en que no existe el automatismo 'ex lege' entre la pérdida sobrevenida de la condición de diputado, que ordenó la Junta Electoral Central por la condena por desobediencia que se dictó contra Torra, y el cese del presidente de la Generalitat. Tal cuestión debe ser analizada según afirma la JEC por el propio Parlamento de Cataluña, cuyas decisiones o inactividad al respecto pueden ser, en su caso, recurridas ante la Jurisdicción constitucional competente". "No existe pues ningún acto jurídico ni del Parlamento de Cataluña ni de ningún Tribunal por el que se haya dispuesto el cese del querellado del cargo de Presidente de la Generalitat", remarca.
En su denuncia al TSJC, el partido de Casado sostenía que el líder independentista ha incurrido en un delito de usurpación de funciones por ignorar a la Junta Electoral Central, órgano que le inhabilitó como diputado del Parlament el pasado 3 de enero. Según afirmaba la formación, la pérdida del escaño "comporta automáticamente el cese como presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña", tesis que ahora tendrá que analizar el TSJC.
El PP apuntaba para ello al artículo 67.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que establece que "el presidente o presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros". A la vista de que Torra ha perdido su acta de diputado y sigue ejerciendo como 'president', la formación pone entonces sobre la mesa el artículo 402 del Código Penal: "El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial será castigado con la pena de prisión de uno a tres años".
Último capítulo
La querella del PP es el último capítulo de una batalla que se remonta a diciembre, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó al líder independentista a año y medio de inhabilitación por desobediencia, delito en el que incurrió al no retirar los lazos amarillos de los edificios de la Generalitat tras los requerimientos de la Junta Electoral Central (JEC) en la campaña del 28-A. El 'president' recurrió la sentencia ante el Supremo, lo que en principio implicaba dejarla sin efecto hasta que el alto tribunal se pronunciara, pero entonces llegó el momento de la Junta Electoral Central.
El 3 de enero, la JEC decidió de forma dividida que la condena del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por desobediencia era motivo suficiente para retirarle el acta de diputado, estimando así los recursos de PP, Ciudadanos y Vox con siete votos a favor y seis en contra. Cuatro días después de anunciar la decisión, el órgano administrativo publicó su resolución y comenzó una nueva polémica: aunque decretaba la pérdida del acta de diputado autonómico de Torra, no entraba a valorar si eso conllevaba su destitución como presidente autonómico.
Mientras la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo revisaba la sentencia del TSJC, sobre la que todavía no se ha pronunciado, Torra recurrió entonces la decisión de la JEC ante la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal. Aunque los magistrados que componen esta segunda sala todavía no han entrado en el fondo del asunto, el 23 de enero ya avalaron por unanimidad la orden de retirarle su escaño, decisión con la que quedó descartada la medida cautelar que solicitaba el líder independentista de dejar en suspenso la resolución de la Junta Electoral Central por el momento.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha inadmitido la querella del Partido Popular contra el presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, por supuesta usurpación de funciones públicas. En un auto los magistrados indican que, al menos hasta el momento, "falta el elemento nuclear" para que la denuncia de los populares tuviera encaje, es decir, "la pérdida de la condición de presidente de la Generalitat". "Ni existe una automática previsión legal ni tampoco ningún acto jurídico emitido por órganos competentes que le haya privado de esa condición", dice.
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