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El consentimiento que exige Montero ya es el centro: las sentencias que lo demuestran
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Ley del solo sí es sí

El consentimiento que exige Montero ya es el centro: las sentencias que lo demuestran

La aceptación o rechazo a mantener una relación viene siendo el punto principal de la prueba desde hace tiempo, como ha ido estableciendo la jurisprudencia del Supremo

Foto: Irene Montero. (EFE/Borja Sánchez Trillo)
Irene Montero. (EFE/Borja Sánchez Trillo)

A solo unos días del 7 de marzo, fecha prevista para el debate y votación de la contrarreforma que plantea el PSOE para tratar de cerrar los agujeros de la conocida como ley del solo sí es sí, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha repetido en numerosas ocasiones que tanto la modificación legislativa que buscan los socialistas como la redacción anterior del Código Penal sacan del centro de la comisión de los delitos sexuales el consentimiento de la mujer. "Seguiré haciendo todo lo necesario para garantizar que siga en el centro del Código Penal y proteger así el corazón de la ley", ha defendido, por ejemplo, rechazando las tesis de sus compañeros de gobierno. Sin embargo, la aceptación o rechazo a mantener una relación viene siendo el punto principal de la prueba desde hace tiempo, como ha ido estableciendo la jurisprudencia del Supremo. "El consentimiento ya es el centro", aseguran magistrados consultados.

Como muestra, varias sentencias del alto tribunal demuestran la importancia que le confieren los jueces. En resoluciones consultadas en los últimos cinco años, el criterio siempre es el mismo. La última de ellas, la 10/2023, se dictó hace solo unos días, pero hay muchas más. En este último caso se analiza la condena por una violación grupal y, pese a que la víctima consintió en mantener relaciones sexuales con uno de los hombres, el TS no solo condena las agresiones que sufrió con su rechazo, sino que considera también a este cooperador necesario de resto de delitos y le condena por ello.

Foto: Ione Belarra, en un acto de Podemos en Valencia. (EFE/Manuel Bruque)

Curiosamente, una de las principales es la dictada en 2019 sobre la violación grupal de la Manada, con el Código Penal anterior, que rechaza insistentemente Podemos como muestra de una supuesta desprotección de la mujer que nunca se produjo a nivel penal. En ese caso, los autores resultaron condenados en firme a 15 años de prisión, pero la sala de cinco magistrados buscaba imponer una pena más alta. No pudo hacerlo por un error en la calificación de la sentencia de origen, pero veía margen para imponer 10 delitos de agresión sexual para cada uno de los acusados, con una pena que habría ascendido a 75 años.

Tanto en esta sentencia como en otras anteriores, el TS ha ido ofreciendo una hoja de ruta que sienta las bases de la interpretación de esta aquiescencia de la mujer, necesaria siempre para entender que la relación fue aceptada por ella y no hubo, por tanto, delito. El criterio es extremadamente restrictivo y no requiere de violencia física expresa para entender que se produjo agresión.

La hoja de ruta del consentimiento

Como primer punto, el Supremo asegura que no existen "prórrogas de consentimientos puntuales con una persona". No puede pretenderse, dice, que si esta ha realizado un acto consentido previamente con otra persona, exista carta blanca para el consentimiento con otros. También defiende que la mujer tiene derecho a realizar antes una relación sexual con una persona y negarla más tarde. Pretender lo contrario supondría "culpabilizar a la víctima, e imponerle una especie de servidumbre sexual por la circunstancia de que antes haya tenido una relación sexual". "La mujer decide con quién quiere tener relaciones sexuales, y estas no se le pueden imponer", indican las resoluciones consultadas.

Foto: Irene Montero, junto a Ione Belarra y Victoria Rosell, en el acto de Madrid. (EFE/Sergio Pérez)

"El consentimiento no se puede prorrogar a instancia y voluntad exclusiva del hombre, aunque la mujer haya mantenido antes contacto sexual con el mismo u otros hombres", dice el TS, que añade que resulta "absolutamente inadmisible" que solo se pueda concebir desde la creencia o punto de vista subjetivo del autor, y no desde la voluntad decisoria de la mujer.

Explica que la forma precisa que entender que existe consentimiento depende en exclusiva de la clara voluntad de la mujer, que puede ser expresa o tácita atendidas las circunstancias del caso. "El consentimiento no puede entenderse nunca como presunto, porque el consentimiento nunca se puede presumir, sino que se traslada a la víctima su decisión y expresión para que, sin lugar a dudas, el hombre conozca con claridad la expresión inequívoca del consentimiento de la mujer para la realización de actos sexuales", indica el tribunal en varias de las sentencias consultadas.

Sin cheques en blanco

También destaca que ese asentimiento "es único y con respecto a un momento en concreto, así como con relación a una persona, y sin posibilidad de una extensión a otras, en base a la libertad sexual de la mujer de consentir la realización de actos sexuales con una persona y negarlos con otra". La conclusión de todas las resoluciones es que no existe una especie de perpetuación en el consentimiento de una mujer para realizar actos sexuales, como si fuera una especie de "cheque en blanco" para realizar un acto sexual que la mujer lo haya hecho antes con esa persona, o con otra. El consentimiento para el acto sexual es renovable para cada acto sexual, dice.

A pesar de las continuas rebajas de condenas provocadas por la norma que tuteló el ministerio de Montero y de la jurisprudencia señalada, Podemos sigue resistiéndose a introducir cambios y a admitir errores en la norma, achacando las reducciones que se incrementan a diario a la mala interpretación de la ley por parte de una minoría de jueces. El cruce de reproches no ha favorecido el diálogo entre los socios y la negociación sobre la contrarreforma sigue en punto muerto. Desde Podemos, se ha acusado al PSOE de ser un partido conservador, que ha caído en la presión de la derecha para reformar la ley y "volver al Código Penal de la Manada".

Los socialistas han pedido en privado a sus socios que rebajen el tono de las declaraciones que, aseguran, sientan mal en parte de sus filas cuando, dentro de unos meses, tras las elecciones, deberán tener que entenderse para sumar. "La discrepancia no la capitaliza nadie", trasladan desde la dirección del PSOE, aun asumiendo que se trata de algo habitual en las coaliciones cuando se acerca el periodo preelectoral. Estos choques y las tensiones de las últimas semanas han generado hastío en las filas socialistas. Tanto en la Moncloa como en Ferraz y el grupo parlamentario del PSOE han elevado el tono contra sus socios, acusándolos de falta de responsabilidad y de no medir las consecuencias de un choque que no solo agrieta el Ejecutivo, sino que pone en riesgo su reedición tras las elecciones generales.

A solo unos días del 7 de marzo, fecha prevista para el debate y votación de la contrarreforma que plantea el PSOE para tratar de cerrar los agujeros de la conocida como ley del solo sí es sí, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha repetido en numerosas ocasiones que tanto la modificación legislativa que buscan los socialistas como la redacción anterior del Código Penal sacan del centro de la comisión de los delitos sexuales el consentimiento de la mujer. "Seguiré haciendo todo lo necesario para garantizar que siga en el centro del Código Penal y proteger así el corazón de la ley", ha defendido, por ejemplo, rechazando las tesis de sus compañeros de gobierno. Sin embargo, la aceptación o rechazo a mantener una relación viene siendo el punto principal de la prueba desde hace tiempo, como ha ido estableciendo la jurisprudencia del Supremo. "El consentimiento ya es el centro", aseguran magistrados consultados.

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