Es noticia
La Fiscalía recurre la decisión de Llarena y pide aplicar el delito de desórdenes al 'procés'
  1. España
RECHAZA LA DESPENALIZACIÓN

La Fiscalía recurre la decisión de Llarena y pide aplicar el delito de desórdenes al 'procés'

Si el magistrado atiende su razonamiento y suma este delito a los de desobediencia y malversación, Puigdemont se enfrentaría a una pena de hasta 17 años de cárcel

Foto: Un cartel del expresidente catalán Carles Puigdemont en el metro de Barcelona en 2017. (Reuters/Eric Gaillard)
Un cartel del expresidente catalán Carles Puigdemont en el metro de Barcelona en 2017. (Reuters/Eric Gaillard)

La Fiscalía ha pedido al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena que incluya el delito de desórdenes públicos agravados en el procesamiento de Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos Antonio Comín y Clara Ponsatí. Tras la entrada en vigor de la reforma del Gobierno que deroga la sedición, Llarena procesó al expresidente catalán por desobediencia y malversación, pero la Fiscalía ha recurrido su decisión para intentar añadir este nuevo delito.

Si Llarena atiende su razonamiento y suma a Puigdemont el delito de desórdenes públicos agravados, el expresidente catalán se enfrentaría entonces a una pena de hasta 17 años de prisión. Si mantiene su actual procesamiento por desobediencia y malversación agravada, la pena quedaría en un máximo de 12 años de cárcel.

Foto: Puigdemont, junto a Ponsatí y Comin. (Reuters/Guglielmo Mangiapane)

El recurso de la Fiscalía busca sortear la despenalización del desafío secesionista: "La desaparición de los tipos penales de sedición no equivale a una despenalización de todos los hechos antes subsumibles en ellos", argumenta. "Resulta evidente que los hechos consistentes en graves alteraciones del orden público que la sentencia declara probados no se han despenalizado, de manera que, si desaparece el delito de sedición, su encaje normativo apropiado son los desórdenes públicos".

Los fiscales del procés consideran que ese es el delito por el que se debe perseguir a Puigdemont, Comín y Ponsatí, pero, en lo que se refiere al exconsejero Lluis Puig y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, coincide con Llarena en que el primero debe ser procesado por desobediencia y malversación, y la segunda solo por desobediencia, que no conlleva cárcel.

Mantiene la malversación agravada

En cuanto al delito de malversación, la Fiscalía sigue la misma línea que Llarena y le aplica su nueva versión agravada. La reforma del Gobierno incluye cambios en ese delito, pero, al igual que el magistrado del Supremo, concluye que no benefician a los líderes del procés.

Foto: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE/Julien Warnand)

La Fiscalía descarta para ello las dos versiones atenuadas de malversación que introduce la reforma. La primera castiga a la autoridad que, sin ánimo de apropiárselo, destine "a usos privados el patrimonio". La segunda a la autoridad que dé al patrimonio "una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado".

Llarena y los fiscales rechazan ambas y abogan por mantener la malversación agravada. En concreto, la que castiga a la autoridad que, "con ánimo de lucro, se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio". En este caso, concluyen que la malversación agravada es aplicable a Puigdemont, Comín y Puig, pero no a Rovira y Ponsatí.

De la sedición a los desórdenes públicos

El delito de desórdenes públicos agravados al que apunta la Fiscalía castiga a aquellos que "actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas, obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas o invadiendo instalaciones o edificios alterando gravemente el funcionamiento efectivo de servicios esenciales en esos lugares".

Su versión agravada se aplica cuando los hechos los protagoniza "una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público". Llarena considera que este delito no es aplicable porque el procés fue más allá de los simples desórdenes y porque ni siquiera estaba en vigor cuando se produjeron los hechos, pero la Fiscalía rechaza su interpretación.

Foto: Los 7 líderes independentistas beneficiados. (EC Diseño)

"Si no se aplica el delito de desórdenes públicos, ello significa que no existió sedición, pues estos disturbios contra el orden público fueron el trayecto seguido en el iter criminis para conseguir la desobediencia, la realización del referéndum ilegal y la proclamación de independencia", advierte la Fiscalía en su recurso. "No hay sedición sin alzamiento público y tumultuario para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales el cumplimiento de las resoluciones judiciales".

Los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena recuerdan para ello lo ocurrido el 20 de septiembre de 2017 frente a la Consejería de Economía y el 1 de octubre durante el referéndum ilegal, cuando se produjeron "hechos tumultuarios con resultado de alteraciones graves del orden público".

Foto: El presidente de ERC, Oriol Junqueras. (EFE/David Borrat)

Según recuerda su recurso, el propio Supremo recogió en su sentencia del procés "dificultades y cortes en la circulación, invasión de instalaciones y edificios con grave afectación del funcionamiento (...), actos de intimidación y violencia sobre personas y cosas, daños que se produjeron en numerosos momentos y escenarios, y sobre todo graves y, en ocasiones, violentos enfrentamientos de miles de ciudadanos movilizados a tales efectos con las fuerzas y cuerpos de seguridad".

La Fiscalía coincide con Llarena en que la reforma del Gobierno "ha eliminado uno de los instrumentos penales de respuesta frente a las agresiones al orden constitucional" y que la derogación de la sedición ha debilitado "su adecuada protección", pero esto no quita el encaje de los hechos "en otros preceptos penales" como los desórdenes públicos agravados.

La Fiscalía ha pedido al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena que incluya el delito de desórdenes públicos agravados en el procesamiento de Carles Puigdemont y los exconsejeros huidos Antonio Comín y Clara Ponsatí. Tras la entrada en vigor de la reforma del Gobierno que deroga la sedición, Llarena procesó al expresidente catalán por desobediencia y malversación, pero la Fiscalía ha recurrido su decisión para intentar añadir este nuevo delito.

Carles Puigdemont Tribunal Supremo Fiscalía General del Estado