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Los huidos del 'procés' abren fuego contra Llarena y dicen que la desobediencia ha prescrito
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Recurso de Clara Ponsatí

Los huidos del 'procés' abren fuego contra Llarena y dicen que la desobediencia ha prescrito

Aseguran que la desobediencia que imputa a la exconsejera de Educación estaría prescrita porque han pasado más de cinco años desde que no cumplió las órdenes del Constitucional

Foto: Puigdemont, junto a Ponsatí y Comin. (Reuters/Guglielmo Mangiapane)
Puigdemont, junto a Ponsatí y Comin. (Reuters/Guglielmo Mangiapane)

La defensa de los huidos del procés no ha tardado ni 72 horas en presentar el primero de los recursos contra la decisión del juez instructor del procés, Pablo Llarena, de continuar el procedimiento en su contra tras adaptar la reforma legislativa del Gobierno que elimina la sedición. La primera en abrir fuego ha sido la exconsejera de Educación Clara Ponsatí, ahora eurodiputada y a la que ha pasado a atribuirse un delito de desobediencia. En su escrito, la política de Junts acusa al magistrado de mantener de forma "ilegal" la petición de arresto en su contra en territorio español. Dice que el juez se salta varios pasos antes de ejecutar esa medida especialmente gravosa, que nunca la procesó por este ilícito y que, además, la acusación estaría prescrita, ya que han pasado más de cinco años.

En el escrito, al que ha tenido acceso El Confidencial, el abogado de los fugados, Gonzalo Boye, indica que se ha ordenado su detención sin citarla previamente a comparecer y sin que se haya tramitado suplicatorio a la Eurocámara. Asegura que la medida no tiene "ningún tipo de amparo legal" y que el magistrado no es competente para investigarla por desobediencia, delito por el que no fue nunca procesada y que ya no le sería atribuible. La tesis es contraria a la que mantiene Llarena, que entiende que la desobediencia quedaba implícita en el procesamiento por sedición, que es el que estaba vivo hasta el momento.

Foto: Carles Puigdemont. (Reuters/Guglielmo Mangiapane)

"No existe ningún tipo de base fáctica ni legal que le permita, más de cinco años después, proceder ni continuar el presente procedimiento en contra de mi representada, ni mucho menos el dictado de una orden de detención que, sin duda, es ilegal por las razones que se han expuesto, pero, sobre todo, por la inexistencia de hecho alguno que pueda ser seguido en su contra", indica su defensa. Recuerda así que los delitos de desobediencia prescriben pasados los cinco años.

"De todo lo anterior se desprende, sin posibilidad de duda ni interpretación posible, que el auto aquí recurrido incurre en una serie de ilegalidades, pero, además, acuerda ilegalmente la detención de una persona por un delito por el cual no se encuentra ni tan siquiera procesada y con base en unos hechos que, además y de considerarse delictivos —quod non—, estarían prescritos —ver a estos efectos el artículo 131.1 del Código Penal en relación con lo establecido en el artículo 410 del Código Penal— al tratarse del supuesto incumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Constitucional en septiembre de 2017, hace más de cinco años y cuatro meses. Se trata de cuentas muy simples".

Foto: El juez Pablo Llarena. (EFE/Javier Lizón) Opinión

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena aplicó el pasado jueves la reforma del Gobierno a Carles Puigdemont y el resto de huidos. El expresident estaba hasta ahora procesado por sedición y malversación y el magistrado pasa a investigarle por desobediencia y por la nueva malversación agravada que introduce el cambio legislativo. La decisión se extiende a los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig, mientras que la exconsejera Clara Ponsatí y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ya solo se enfrentan a una condena por desobediencia, que no conlleva cárcel.

En aplicación de su argumentación, Ponsatí reclama que ordene, "sin dilación alguna", a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado el dejar sin efecto la orden nacional de detención cursada y a poner en conocimiento del Parlamento Europeo que "se desiste" del anterior suplicatorio, en que se pedía autorización para investigarla y procesarla por sedición. La tesis es que es obligado que Llarena curse uno nuevo.

La postura respecto a Ponsatí anticipa cuál será el posicionamiento en el caso de Carles Puigdemont. Es previsible que, en la misma línea, su defensa argumente que el suplicatorio aprobado por la Eurocámara no es válido y que se requiere uno nuevo. Esta interpretación acabará implicando de forma inevitable a la Cámara europea, que tendrá que posicionarse.

Como ya adelantó este diario, la Fiscalía también tiene intención de recurrir pero su criterio no favorece a los huidos. Reclamará que la sedición sea sustituida por los desórdenes públicos agravados en todos los casos tanto el de Puigdemont y los fugados como en el del expresidente, Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes condenados. La tesis fiscal se opone a la de Llarena que considera que lo sucedido no es aplicable a este ilícito y además duda de que técnicamente pueda hacerse, dado que el subtipo penal no existía en el momento en el que se desarrollaba el referéndum ilegal.El criterio del Ministerio Público mantendría la prohibición de que todos ellos accedan a cargos públicos mediante la suma con la malversación agravada durante un tiempo prolongado.

La defensa de los huidos del procés no ha tardado ni 72 horas en presentar el primero de los recursos contra la decisión del juez instructor del procés, Pablo Llarena, de continuar el procedimiento en su contra tras adaptar la reforma legislativa del Gobierno que elimina la sedición. La primera en abrir fuego ha sido la exconsejera de Educación Clara Ponsatí, ahora eurodiputada y a la que ha pasado a atribuirse un delito de desobediencia. En su escrito, la política de Junts acusa al magistrado de mantener de forma "ilegal" la petición de arresto en su contra en territorio español. Dice que el juez se salta varios pasos antes de ejecutar esa medida especialmente gravosa, que nunca la procesó por este ilícito y que, además, la acusación estaría prescrita, ya que han pasado más de cinco años.

Pablo Llarena
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