Es noticia
Jueces de Galicia y Cataluña también aplican la reducción de penas por la ley del 'solo sí es sí'
  1. España
TRAS LAS TRES CONOCIDAS EN MADRID

Jueces de Galicia y Cataluña también aplican la reducción de penas por la ley del 'solo sí es sí'

Fuentes jurídicas advierten de que estas decisiones no son aisladas y de que se están adoptando otras similares para más condenados

Foto: La ministra de Igualdad, Irene Montero. (EFE/Mauricio Dueñas Castañeda)
La ministra de Igualdad, Irene Montero. (EFE/Mauricio Dueñas Castañeda)

La nueva ley del 'solo sí es sí' ha provocado una retahíla de resoluciones en las que los tribunales reducen las penas a condenados por delitos sexuales. Las tres primeras que se han conocido este martes hacen referencia a la Audiencia Provincial de Madrid, pero, en otras dos a las que ha tenido acceso El Confidencial, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y la Audiencia Provincial de Barcelona siguen el mismo criterio. Según concluyen los magistrados, esta normativa resulta "más favorable" para algunos condenados por este tipo de delitos, un razonamiento que complica el argumento que esgrimen desde el Ministerio de Igualdad sobre "el riesgo de la justicia machista".

El caso de la Audiencia de Barcelona se diferencia, además, del resto en que la ley no se ha aplicado para rebajar una condena ya impuesta, sino para dictar sentencia contra un hombre que agredió sexualmente a una señora de "más de 60 años". El tribunal declara probado el delito, pero, a la hora de fijar la condena el pasado 22 de septiembre, consideró "razonable" aplicar la reforma impulsada por el Ministerio de Igualdad que "reduciría la pena desde dos años a cuatro años menos un día de prisión".

Foto: La ministra de Igualdad, Irene Montero. (EFE)

De esta manera, los magistrados descartaron la regulación anterior por la que la condena debería haber sido "de entre tres años y seis años menos un día" y, tras tener en cuenta "la condición de la víctima —de más de 60 años— y la superioridad física del acusado", que "reconoció dedicarse al culturismo", concluyen que debe fijarse la pena con base en la "mitad superior" de la horquilla que fija la nueva ley del 'solo sí es sí': a la vista de que dicha "mitad superior" queda en los cuatro años y no en los seis que establecía el Código Penal antes de la reforma del 'solo sí es sí', el tribunal le condena entonces a tres años y 10 meses de prisión por un delito consumado de violación.

En cuanto al auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el mismo está fechado el pasado 8 de noviembre y acuerda reducir la pena a un condenado por agresión sexual de seis a cuatro años de cárcel por la ley del 'solo sí es sí'. "Se comparte con el Ministerio Fiscal que, siendo más favorable al reo ha de aplicarse de oficio, y al ser, la pena mínima tras dicha reforma de cuatro años, habrá que modificar en dicho extremo la sentencia, pues en dicho grado fue el fijado por la Sala de instancia", explica el tribunal. El hombre estaba también condenado a dos años y medio de cárcel como autor de otro delito contra la intimidad, pero esta pena no se modifica.

Foto: La Audiencia Provincial de Madrid. (EFE/Fernando Villar)

La resolución tampoco pone en duda la sentencia previa de la Audiencia Provincial de A Coruña, que consideró probado que este hombre violó a una mujer y grabó su agresión sexual. Pese a ello, tras la reforma impulsada desde el Ministerio de Igualdad, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dio traslado a las partes personadas en el procedimiento para que argumentaran si la nueva normativa "podía influir" en la condena final. Ante esa petición, la propia Fiscalía advirtió una vez más sobre la rebaja en las horquillas que se establecen para algunos delitos de carácter sexual y el tribunal atendió su escrito con la reducción de la pena de cárcel en dos años.

Las reducciones de condena adoptadas en Cataluña y Galicia se suman a las conocidas la mañana de este martes en la Comunidad de Madrid: de seis a cuatro años a un hombre que fue condenado por agresión sexual, de ocho a seis años a otro que fue condenado ese mismo año por abusar sexualmente de su hijastra de 14 años y de seis años y nueve meses a un año y tres meses a un profesor que abusó sexualmente de menores. Fuentes jurídicas advierten de que estas decisiones no son aisladas y de que se están adoptando otras similares para más condenados. Las mismas todavía son recurribles hasta llegar al Tribunal Supremo.

La nueva ley del 'solo sí es sí' ha provocado una retahíla de resoluciones en las que los tribunales reducen las penas a condenados por delitos sexuales. Las tres primeras que se han conocido este martes hacen referencia a la Audiencia Provincial de Madrid, pero, en otras dos a las que ha tenido acceso El Confidencial, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y la Audiencia Provincial de Barcelona siguen el mismo criterio. Según concluyen los magistrados, esta normativa resulta "más favorable" para algunos condenados por este tipo de delitos, un razonamiento que complica el argumento que esgrimen desde el Ministerio de Igualdad sobre "el riesgo de la justicia machista".

Cataluña Agresión sexual
El redactor recomienda