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La captura de Puigdemont, en sus horas más decisivas
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ANÁLISIS

La captura de Puigdemont, en sus horas más decisivas

El informe del abogado general del TJUE sobre la euroorden contra Puigdemont determinará la sentencia posterior y será determinante en la mayoría que sostiene a Sánchez

Foto: Carles Puigdemont, el pasado 4 de junio. (EFE/David Borrat)
Carles Puigdemont, el pasado 4 de junio. (EFE/David Borrat)
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En marzo del pasado año, el magistrado instructor de la causa penal de los implicados al más alto nivel de responsabilidad en el proceso soberanista, Pablo Llarena, y ante los reveses judiciales para que Bélgica extraditase a los fugados —singularmente a Puigdemont— a través de la euroorden cursada a Bruselas, tomó la adecuada decisión de plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial.

El togado español pidió a este organismo de la Unión que se pronunciase sobre dos cuestiones: 1) si la Justicia belga tiene facultades para examinar la competencia del Supremo en el enjuiciamiento de los líderes políticos y sociales que proclamaron unilateral e ilegalmente la independencia de Cataluña en octubre de 2017 y 2) si la Justicia belga puede, o no, especular sobre el cumplimiento de las garantías procesales de los imputados en España, siendo como es un Estado de Derecho que pertenece a la Unión Europea.

Foto: El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. (EFE/David Borrat)

El pasado 5 de abril se celebró la vista de la cuestión prejudicial ante la Gran Sala del TJUE, que escuchó tanto a la fiscalía española como al letrado de Puigdemont. En esa sesión quedaron claras cuatro cuestiones.

La primera: que el abogado general del Tribunal emitiría su dictamen el 14 de julio de este año, previo a la resolución de la Gran Sala sobre la cuestión prejudicial. Aunque este informe no es vinculante, en un porcentaje altísimo (más del 65% de las veces) el Tribunal falla de acuerdo con sus conclusiones. Su misión es asistir al organismo decisor desbrozando la argumentación jurídica. El abogado general que emite el jueves el informe —salvo imprevistos— es el francés Jean Richard de la Tour.

"Si el dictamen del abogado general del TJUE es favorable, las posibilidades de que la Justicia belga extradite a Puigdemont son altas"

La segunda: la posición de Llarena —defendida en Luxemburgo por el fiscal Fidel Ángel Cadena— es compartida por la representación de la Comisión Europea, a través del letrado Julio Baquero Cruz. Fue muy importante que el juez ponente del Tribunal, el danés Lars Bay Larsen, considerase que era “extraño” que no fuera Bélgica el Estado que consultase los extremos que planteó el magistrado Llarena. Añadió que “Bélgica estaba manteniendo una posición ambigua durante la vista”.

La tercera: si, como se espera en el Tribunal Supremo, el dictamen del abogado general del TJUE es favorable a los propósitos de la euroorden emitida por el magistrado Llarena, las posibilidades de que la Justicia belga extradite a Puigdemont son altas, puesto que sus magistrados no podrían eludir la cuestión central —la presunta comisión de delitos— mediante divagaciones sobre competencia del Supremo o expresando recelos sobre la realidad y efectividad de las garantías procesales en España.

Foto: El eurodiputado de JxCAT y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. (EFE) Opinión
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La cuarta: si el dictamen del abogado general no contradice a la Justicia belga, se podría dar por prácticamente fracasada la euroorden contra Carles Puigdemont y solo podría ser detenido si se presentase en España y aún con dudas, porque es europarlamentario. Pero si el dictamen es favorable a las tesis del magistrado del Supremo y de la fiscalía, Llarena podría reiterar la euroorden adecuándola, en su caso, a los criterios vinculantes que determine en su futura resolución el Tribunal de Luxemburgo.

La euroorden está regulada —aunque ya está prevista su reforma— en el acuerdo marco de 2002 de la Comisión Europea, que crea un espacio judicial de cooperación reforzada entre España, Bélgica, Portugal, Dinamarca, Suecia, Finlandia, Irlanda, Francia, Luxemburgo, Austria, Chipre, Hungría, Eslovenia, Polonia, Lituania, Países Bajos, Malta, Letonia, Estonia, Grecia, Eslovaquia, Alemania, República Checa e Italia.

El acuerdo marco sobre la euroorden se basa en la confianza entre todos estos Estados acerca de la calidad garantista de sus órganos jurisdiccionales y recoge hasta treinta delitos en los que la detención y entrega no exigen el examen de la doble incriminación (que la infracción que se imputa a la persona reclamada sea delito en el país reclamante y en el receptor). El resto de los delitos —es el caso de Puigdemont, acusado de rebelión y malversación— lo requiere como ocurrió en Alemania, que estimó la extradición del expresidente de la Generalitat solo por malversación, aunque Llarena no aceptó la entrega por ese único delito.

"Si el abogado general estima que los criterios de Llarena son razonables, es más que posible que el Tribunal de la Unión falle en el mismo sentido"

Lo que hasta el momento ha venido resolviendo la Justicia belga ha sido un juicio especulativo sobre nuestro sistema jurisdiccional que le llevó tiempo atrás a no extraditar incluso a terroristas con delitos de sangre. Si el abogado general estima este jueves que los criterios de Llarena son razonables y legales frente a los esgrimidos por la Justicia belga, es más que posible que el Tribunal de la Unión falle en el mismo sentido a la vuelta de unas semanas. Lo mismo ocurría, pero a la inversa, si el abogado general no estima los argumentos del magistrado español.

No estamos solo ante “el huevo” sino, sobre todo, ante “el fuero”. En un área de cooperación judicial reforzada entre los países democráticos de Europa, la Justicia belga descree de la nuestra como tantas veces lo ha hecho antes respecto de presuntos delitos de la más variada naturaleza. Lo más importante, por tanto, no es si Puigdemont es extraditado, que también lo es, sino que no se ponga en duda la calidad de nuestra Justicia garantista, de nuestros jueces y tribunales, ni que una jurisdicción extranjera se entrometa en las normas nacionales de determinación de la competencia de nuestros tribunales.

Foto: Jordi Sànchez y Carles Puigdemont, durante el segundo congreso de JxCAT. (EFE/David Borrat)

Si eso no ocurre, deberíamos abrir una reflexión muy seria sobre nuestras relaciones con Bélgica, que es un país acostumbrado a dar lecciones a otros sin aplicarse a sí mismo lo que predica para los demás, pese a su controvertida política y a su cuestionable y cuestionado pasado histórico reciente. Y calibrar el porqué y las consecuencias del revés si se produjere.

Evidentemente, si, además de una eventual resolución favorable del TJUE en su momento, la orden de detención y entrega de Puigdemont y sus cómplices prospera, miel sobre hojuelas por más que el Gobierno, si llega a tiempo de hacerlo —poco probable— y como ha sugerido Miquel Iceta, le indulte como a los demás cabecillas de la asonada de octubre de 2017.

Pero esa es otra cuestión, aunque el viernes —sea cual fuere el sentido del informe del abogado general del TJUE si se emite mañana como está previsto desde marzo— este asunto planeará sobre la entrevista entre Pere Aragonès y Pedro Sánchez en la Moncloa y afectará a la mayoría parlamentaria que sostiene al presidente.

En marzo del pasado año, el magistrado instructor de la causa penal de los implicados al más alto nivel de responsabilidad en el proceso soberanista, Pablo Llarena, y ante los reveses judiciales para que Bélgica extraditase a los fugados —singularmente a Puigdemont— a través de la euroorden cursada a Bruselas, tomó la adecuada decisión de plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial.

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