Es noticia
La nueva ley de interinos, en vigor: plazas de funcionario por concurso, sin oposición
  1. España
mayores garantías a los interinos

La nueva ley de interinos, en vigor: plazas de funcionario por concurso, sin oposición

La norma estima que los trabajadores con contrato temporal desde hace al menos cinco años podrán consolidar su plaza por concurso de mérito

Foto: Dos mujeres consultan las aulas para realizar el examen de unas oposiciones de Correos (EFE/Ballesteros)
Dos mujeres consultan las aulas para realizar el examen de unas oposiciones de Correos (EFE/Ballesteros)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya recoge, después de recibir la luz verde definitiva en el Senado, el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que entra en vigor desde este mismo 30 de diciembre. La nueva norma reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años. El proyecto tiene origen en el decreto ley acordado por el entonces ministro de Función Pública y hoy de Cultura, Miquel Iceta, con los sindicatos de la Administración, y se salvó de la derogación en el Congreso por un acuerdo del PSOE con Unidas Podemos y Esquerra Republicana.

La ley, que desarrolla un real decreto, pretende reducir la temporalidad del sector público al 8 %, desde el 30 % actual, lo que conlleva un proceso de estabilización que podría afectar a más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por personal temporal y que deberán ser fijas antes del 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, tal y como recoge Europa Press, ese ratio a día de hoy lo cumple la Administración General del Estado, pero no otros ámbitos territoriales. Este es, a su vez, un compromiso que adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas contenidas en el Plan de Recuperación y supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

Cómo acceder a las plazas

El texto da mayores garantías a los trabajadores interinos con más experiencia. Así, las plazas cubiertas con trabajadores con contrato temporal durante, al menos, los últimos cinco años o más deberán ser consolidadas en un concurso de mérito; mientras que, a partir de los tres años, se realiza a través de concurso y oposición, dando la opción de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios. Con la entrada en vigor de la nueva ley de interinos, las Administraciones Públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será un proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración. Las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito. Uno de los puntos claves de la nueva norma es que las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas en la Administración, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica. La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica. Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.

Foto: Foto: EFE/Chema Moya.
TE PUEDE INTERESAR
La ley que enfadará a millones de españoles: qué pasa con los opositores y los interinos
Héctor G. Barnés Gráficos: Darío Ojeda

Autonomía de CCAA y ayuntamientos

Estos procesos, que se ejecutarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la administración del Estado, comunidades autónomas y entidades locales, y respetarán en todo caso los plazos establecidos. Por otro lado, los cambios introducidos en el Congreso al aprobarse la ley en su momento también permitirán extender estos procesos explícitamente a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, así como las comunidades forales, País Vasco y Navarra.

También se modifica lo referido a los procesos establecidos en 2017 y 2018, que deberán estar resueltos antes de que acabe el año 2024, ya que se elimina la referencia explícita de que estos procesos "seguirán ejecutándose con arreglo a las previsiones de las respectivas convocatorias".

Foto: Tribunal de Justicia de la UE. (EFE)

Procesos selectivos más ágiles

Asimismo, la norma mandata al Ministerio de Hacienda y Función Pública a elaborar un informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo público, que enviará a la Comisión competente del Congreso. Dicho informe contendrá, como mínimo, el detalle funcional con escala autonómica y local de todas las situaciones de temporalidad en el empleo público. De esta manera, las administraciones públicas deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos mediante la adopción de las medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los procesos selectivos. Entre las medidas destacan la reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio.

Las convocatorias de estabilización que se publiquen podrán prever para aquellas personas que no superen el proceso selectivo su inclusión en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal específicas o su integración en bolsas ya existentes. En dichas bolsas se integrarán aquellos candidatos que, habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente y no habiendo superado este, hayan obtenido puntuación que la convocatoria considere suficiente.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya recoge, después de recibir la luz verde definitiva en el Senado, el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que entra en vigor desde este mismo 30 de diciembre. La nueva norma reservará concursos y no oposiciones para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años. El proyecto tiene origen en el decreto ley acordado por el entonces ministro de Función Pública y hoy de Cultura, Miquel Iceta, con los sindicatos de la Administración, y se salvó de la derogación en el Congreso por un acuerdo del PSOE con Unidas Podemos y Esquerra Republicana.

Sector público Funcionarios
El redactor recomienda