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Así ha desmontado el TJUE el abuso a los interinos: ahora, los contratos largos
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La solución pasa por reformar la ley

Así ha desmontado el TJUE el abuso a los interinos: ahora, los contratos largos

Lleva años instando a España a que solucione el problema de la interinidad en la administración. En su última sentencia, recuerda al Supremo que un contrato prorrogado durante años es fraude

Foto: Tribunal de Justicia de la UE. (EFE)
Tribunal de Justicia de la UE. (EFE)
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FEl pasado jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una importante sentencia en la que analiza el abuso de la interinidad en las administraciones españolas. Una vez más, la corte de Luxemburgo desmonta muchos de los argumentos esgrimidos por el Estado para justificar la elevadísima temporalidad del sector público, que afecta a cerca de uno de cada tres funcionarios, según datos del Instituto Nacional de Estadística. En esta ocasión, lleva la contraria a España al considerar que también existe abuso cuando se alarga un solo contrato, y descarta que tengan que existir varios. Con este dictamen, el órgano europeo suma un fallo a los cerca de diez que ya acumula en este sentido —el último dictado hace poco más de un año— y da un 'tirón de orejas' al Tribunal Supremo (TS), que en los últimos años ha defendido que solo se produce fraude cuando se encadenan varios contratos.

No es el primer revés judicial europeo que recibe nuestro país. "El TJUE lleva desde el año 2004 dictando sentencias contra España cada vez más contundentes", subraya Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados. En marzo del año pasado, confirmó la ilegalidad de recurrir a varios contratos para alargar la interinidad, a pesar de que no se pudieran sacar las plazas a concurso. Ahora, va un paso más allá y rechaza que las administraciones puedan escudarse en problemas financieros para no convocar oposiciones. Concretamente, los magistrados aseveran que las consideraciones puramente económicas, relacionadas con la crisis económica de 2008, "no pueden justificar que el Derecho nacional no cuente con medidas destinadas a prevenir y sancionar la utilización sucesiva de contratos de trabajo de duración determinada". Una afirmación relevante, teniendo en cuenta que esta era la excusa estrella de los organismos públicos (aceptada por el Supremo) para defender los excesos en la temporalidad.

Foto: (EFE)

Pero la contundencia de Luxemburgo tiene un cabo suelto. "Los fallos europeos son claros, pero no establecen ninguna obligación para España. Repiten que la última decisión recae en el estado miembro", lamenta Ignasi Beltrán, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UOC. Es decir, que dan pistas de cómo deben resolverse este tipo de conflictos, pero dejan la pelota en el campo de la administración y los tribunales españoles.

¿Indefinidos no fijos?

El conflicto de cómo deben resolverse los casos de abuso lleva años siendo un quebradero de cabeza para los tribunales. Ni siquiera el TS ha podido ponerse de acuerdo, y no solo existen sentencias contradictorias entre Salas (la de lo Social y la Contencioso-Administrativa), sino que las interpretaciones del tribunal han cambiado a lo largo del tiempo. Como explica Valero, hace unos años los magistrados solían decantarse por convertir a los temporales en situación de abuso en indefinidos no fijos. Esta figura se encuentra a caballo entre los interinos y los fijos. Su plaza también puede salir a concurso, pero, a diferencia de los eventuales, se les reconoce una indemnización en caso de cese. Solo los tribunales pueden reconocerles esa calificación si se confirma que están en situación de fraude.

Foto: Exámenes de oposiciones. (EFE)

No obstante, agrega el letrado, el alto tribunal rectificó en 2018 y solo les concedió el derecho a una indemnización por el prejuicio que les pudiera causar un despido. "Y eso la Sala de lo Social. La del Contencioso siempre ha rechazado reconocer nada y ha establecido que la relación laboral con un interino puede alargarse indefinidamente", subraya. Sin embargo, el TJUE parece arrojar un poco más de luz, y establece que para los casos de abuso en la temporalidad, la solución debe ser convertir en indefinido no fijo. Una postura novedosa, teniendo en cuenta que, hace apenas un año, descartó que esa fuera la solución.

Aunque 'a priori' parezca una buena noticia para los interinos, Beltrán opina que, con esta interpretación, "cierra de manera clara la puerta a que la solución a la temporalidad extendida sea la fijeza". Es decir, al decantarse por la figura del indefinido no fijo, descarta que se pueda aplicar cualquier otro arreglo sobre los empleados públicos en situación de fraude.

La solución, modificar la ley

Esta sentencia no pone punto y final a la batalla judicial que llevan librando los interinos en los tribunales desde hace años. "Aunque el Supremo adapte su doctrina a la europea, no arreglará el asunto; el abuso en la temporalidad continuará", augura el profesor. La verdadera solución, razona, pasa por una reforma del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) para que se dejen claras estas cuestiones. El problema de fondo es grande —más de 800.000 interinos declaran estar en situación de fraude— y "no puede ser que el poder legislativo siga delegando en los tribunales para resolver estos asuntos a golpe de sentencia", asevera.

Foto: El ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta. (EFE)

¿Cómo debe ser la nueva normativa? Como explica Eduardo Rojo, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad Autónoma de Barcelona, el TJUE "deja a los estados miembros que decidan las medidas concretas a aplicar en caso de incumplimiento de la normativa". No obstante, da algunas pistas de cómo debe ser la regulación, y recomienda legislar para convertir a los interinos irregulares o bien en fijos o en indefinidos no fijos. Del mismo modo, aconseja fijar una indemnización en caso de despidos que sea efectiva, disuasoria y proporcionada al perjuicio causado. Pero se trata, subraya, de una decisión que corresponderá, en todo caso, a cada uno de los países.

Por su parte, Valero considera que la solución pasa por modificar el EBEP y declarar que todas aquellas personas que lleven más de tres años como interinos en vacante se convierten en una suerte de indefinidos no fijos que no puedan ser cesados. Es decir, empleados que, a pesar de no tener reconocida la fijeza, no puedan ser destituidos, ni su plaza puede ser sacada a concurso. "Igual que un fijo, pero con un puñado de derechos menos, como el del traslado o la excedencia", matiza. En todo caso, reconoce que encontrar una solución a esta realidad no es en absoluto sencillo, y el Gobierno se verá obligado a equilibrar los intereses de los temporales, los funcionarios fijos y, por supuesto, los opositores. Pero la dificultad del reto, razona el letrado, no puede en ningún caso justificar la ausencia de un remedio tras tantos años de litigios. "Por el miedo a no tomar una decisión no pueden estar saltándose la ley un día sí y otro también", concluye.

FEl pasado jueves, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una importante sentencia en la que analiza el abuso de la interinidad en las administraciones españolas. Una vez más, la corte de Luxemburgo desmonta muchos de los argumentos esgrimidos por el Estado para justificar la elevadísima temporalidad del sector público, que afecta a cerca de uno de cada tres funcionarios, según datos del Instituto Nacional de Estadística. En esta ocasión, lleva la contraria a España al considerar que también existe abuso cuando se alarga un solo contrato, y descarta que tengan que existir varios. Con este dictamen, el órgano europeo suma un fallo a los cerca de diez que ya acumula en este sentido —el último dictado hace poco más de un año— y da un 'tirón de orejas' al Tribunal Supremo (TS), que en los últimos años ha defendido que solo se produce fraude cuando se encadenan varios contratos.

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