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La Fiscalía descarta recurrir la absolución del mayor Trapero por el 1-O
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PESE AL VOTO PARTICULAR DE ESPEJEL

La Fiscalía descarta recurrir la absolución del mayor Trapero por el 1-O

El Ministerio Público no comparte la decisión del tribunal, pero la idea de recurrir la sentencia se ha desechado a la vista de las pocas posibilidades que hay de revertir la misma

Foto: El mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, junto a la intendente de los Mossos Teresa Laplana (d). (EFE)
El mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, junto a la intendente de los Mossos Teresa Laplana (d). (EFE)

La Fiscalía no recurrirá la absolución del mayor de los Mossos d´Esquadra, Josep Lluís Trapero. Después de que la Audiencia Nacional rechazara su tesis y concluyera que el jefe de la Policía autonómica se limitó a "minimizar los daños" en las protestas de septiembre de 2017 y en el referéndum del 1-O, el Ministerio Público ha decidido aceptar la sentencia ante las dificultades de revertir el fallo en apelación.

En el juicio pedía 10 años de cárcel para el mayor por un delito de sedición y le acusaba de haber puesto sus hombres al servicio de los líderes independentistas. El Ministerio Público —que dirige la exministra Dolores Delgado— no comparte la decisión del tribunal y considera relevante que los magistrados tomaron su decisión por mayoría de dos frente al criterio discrepante de la magistrada Concepción Espejel, cuya valoración de la prueba presentada le llevó a defender una condena por sedición.

placeholder El mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero sale de la Audiencia de Barcelona. (EFE)
El mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero sale de la Audiencia de Barcelona. (EFE)

No obstante, la idea de recurrir el fallo se ha desechado a la vista de las pocas posibilidades que hay de que la Sala de Apelación modifique la absolución. En distintas condenas a España, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ido marcando el camino y ha establecido que no se puede pasar de una absolución a una condena sin que se valore y se practique nueva prueba, requisito que complica enormemente un cambio de sentido en la decisión.

"El tribunal ha valorado las pruebas practicadas de acuerdo a su conciencia y leal saber y entender, y lo ha fundamentado de una manera clara y precisa en cada uno de los puntos objeto de debate, lo que hace que sea difícilmente revisable en una segunda instancia, pues lo que nos indica la jurisprudencia es que lo contrario sería tanto como sustituir la valoración del tribunal, (presidida por la inmediación), por la de los otros participantes en el proceso, lo que no se contempla en nuestro sistema penal", defiende la Fiscalía en una nota.

Foto: El mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, saliendo de la Audiencia de Barcelona. (EFE)

"El único motivo de recurso en el caso de una sentencia absolutoria como la presente (pues no hay cuestiones de derecho material que rebatir) es el error en la valoración de la prueba", explica, apuntando a continuación a que el artículo 792.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "es muy claro" e impide que la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional condene a los acusados absueltos o agrave su condena. "La única posibilidad sería la de anular la sentencia para que se dicte otra nueva celebrándose, o no, nuevo juicio ante el mismo tribunal con la misma o diferente composición, y esto último, sólo previsto cuando se hubiese comprometido gravemente el principio de imparcialidad, lo cual, no es el caso".

La Fiscalía incide para ello en que la celebración de un nuevo juicio tampoco facilitaría revertir el fallo, "pues al practicar de nuevo lo que ya se hizo en el plenario y no poder aportarse prueba nueva o distinta a la que se tuvo en cuenta para formular la acusación, se repetiría el fallo y se dictaría una nueva sentencia del mismo sentido de la recurrida". Para reforzar esta idea, descarta que la sentencia incluya "razonamientos ilógicos, arbitrarios, irrazonables, absurdos o incoherentes", por lo que "las posibilidades de estimación del recurso de apelación contra sentencias absolutorias son, hoy en día, prácticamente nulas".

Foto: El mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, a su salida de la primera sesión del juicio. (EFE)

Una vez expuestos estos argumentos, el Ministerio Público concluye su nota aplaudiendo la labor del tribuna y resto de partes que formaron parte del juiciol: "Destacar el rigor y la calidad técnica tanto de la sentencia como del voto particular que no son, sino, la culminación de un proceso en el que el respeto de los derechos fundamentales y procesales de todas las partes constituyen la piedra angular de nuestro sistema e igualmente quiere agradecer la profesionalidad, respeto y rigor de todos los participantes en este juicio".

La decisión convierte en firme la absolución

Con este razonamiento, la Fiscalía ha descartado impugnar la absolución del mayor Trapero, la intendente Teresa Laplana, el exdirector del cuerpo Pere Soler y el ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig. La sentencia cuenta con el voto particular de la presidenta del tribunal, Concepción Espejel, que se muestra a favor de condenarles por sedición al considerar que hubo pasividad y acuerdo con los líderes independentistas por parte de la Policía autonómica, pero su desacuerdo tampoco es suficiente para allanar el camino a un posible recurso de la Fiscalía.

Foto: Josep Lluís Trapero, en una imagen de archivo de 2017. (EFE)

La decisión convierte en firme la absolución. Al aceptar la sentencia, la Fiscalía da carpetazo al escrito de acusación que presentó en noviembre de 2018, en el que sostenía que los acusados siguieron órdenes de los líderes independentistas. Según defendía en el mismo, cada uno desempeñaba para ello un papel concreto: Puig "alertaba de la actuación de los otros cuerpos policiales y facilitaba información a los impulsores del proceso"; Soler "daba cobertura y protección a las personas implicadas en la organización del referéndum", y Trapero "diseñó de forma deliberada unos mecanismos de actuación que impidieron que los agentes de los Mossos d'Esquadra pudieran cumplir con las instrucciones dadas".

En aquel primer escrito, la Fiscalía acusaba a los tres de rebelión y pedía 11 años de cárcel para ellos. En la recta final del juicio, tras haberse publicado la sentencia del Supremo en la que se condenaba a los líderes del 'procés' por sedición, el Ministerio Público rebajó su acusación al mencionado delito e incluso abrió la puerta a una condena por desobediencia, penada con inhabilitación y no con prisión, pero la Audiencia Nacional también tumbó esta idea. Por mucho que la Fiscalía no esté de acuerdo con esta sentencia, la decisión está tomada: no va a recurrir la absolución de la antigua cúpula de los Mossos. Ahora, tras conocerse la sentencia, la Consellería de Interior de la Generalitat ofreció al mayor recuperar el mando del cuerpo autonómico, oferta que Trapero ha pedido tiempo para decidir.

La Fiscalía no recurrirá la absolución del mayor de los Mossos d´Esquadra, Josep Lluís Trapero. Después de que la Audiencia Nacional rechazara su tesis y concluyera que el jefe de la Policía autonómica se limitó a "minimizar los daños" en las protestas de septiembre de 2017 y en el referéndum del 1-O, el Ministerio Público ha decidido aceptar la sentencia ante las dificultades de revertir el fallo en apelación.

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