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Sanidad instó a convertir las residencias en hospitales el 23-M y tratar allí a los ancianos
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EN CUANTO HUBIERA UN CASO CONFIRMADO

Sanidad instó a convertir las residencias en hospitales el 23-M y tratar allí a los ancianos

En lo más duro de la pandemia, el 23 de marzo, el mando único recomendó que se cambiara el uso asistencial de los centros por el sanitario para evitar colapsar aún más los hospitales

Foto: La residencia de Puente Viesgo, una de las residencias donde el virus no entró. (EFE)
La residencia de Puente Viesgo, una de las residencias donde el virus no entró. (EFE)
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El Ministerio de Sanidad, como responsable del mando único sanitario en el estado de alarma desde el 15 de marzo, publicó una orden el 24 de ese mismo mes —en lo más duro de la pandemia— por la que conminaba a las autoridades competentes de las comunidades autónomas a "modificar el uso de los centros residenciales" de mayores y personas con discapacidad "para su utilización como espacios para uso sanitario" para la gestión de la crisis sanitaria del covid-19. La orden instaba a los gobiernos regionales a que ese cambio —de centro asistencial a hospitalario— fuera "especialmente de aplicación en los casos en los que el centro residencial cuente" con un caso de coronavirus confirmado.

En esta última orden, publicada en el BOE el 21 de marzo, el ministerio de Salvador Illa dictaba que las autoridades responsables de cada comunidad debían distribuir en cuatro categorías a los ancianos de sus centros: "a) Residentes sin síntomas y sin contacto estrecho con caso posible o confirmado de covid-19. b) Residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de covid-19. c) Residentes con síntomas compatibles con el covid-19. d) Casos confirmados de covid-19. Esta clasificación debe realizarse en cada centro con carácter urgente, y a más tardar en el plazo de un día desde que se publique esta orden".

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El Ministerio de Sanidad ya había anticipado la posibilidad de convertir los centros de mayores en hospitales en su orden del 15 de marzo, por la que se establecía el estado de alarma. A la vez que fijaba que "todas las autoridades civiles sanitarias de las administraciones públicas del territorio nacional quedarán bajo las órdenes directas del ministro de Sanidad", y que "las administraciones públicas autonómicas y locales mantendrán la gestión, dentro de su ámbito de competencia, de los correspondientes servicios sanitarios, asegurando en todo momento su adecuado funcionamiento", en su apartado noveno de "habilitación de espacios para uso sanitario" instaba a "las autoridades sanitarias competentes de la comunidad autónoma" a "habilitar espacios para uso sanitario en locales públicos o privados que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización".

El 23 de marzo, se publica en el BOE la orden concreta del Ministerio de Sanidad que abre la puerta a que los ancianos con covid-19 o sospechosos sean tratados en las residencias para evitar un colapso mayor de los hospitales. La orden, "a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030", resuelve, entre otras medidas, "modificar el uso de los centros residenciales objeto de esta orden para su utilización como espacios para uso sanitario". Además, instaba a las comunidades autónomas a intervenir los centros que creyera necesarios y a dar cumplida información al Gobierno de todos los casos sospechosos que se registraran.

El 23 de marzo, Sanidad instó a las CCAA a modificar "el uso de los centros residenciales para su utilización como espacios para uso sanitario"

Las comunidades autónomas lanzaron entonces sus propios protocolos para tratar en las residencias a los ancianos enfermos y no derivarlos a los hospitales en pleno pico de la pandemia. Sucedió así en Galicia, Castilla y León, Cataluña... En el caso de Madrid, el ya dimitido Carlos Mur de Víu, entonces director general de Coordinación Sociosanitaria del Sermas, firma a las 15:00 del 25 de marzo —es decir, apenas 48 horas después de la orden del Ministerio de Sanidad— su polémico 'Protocolo de coordinación para la atención a pacientes institucionalizados en residencias de personas mayores de la Comunidad de Madrid durante el periodo epidémico ocasionado por el covid-19'.

El documento, de siete páginas, arranca remitiendo a la clasificación de los pacientes en las residencias siguiendo la orden establecida por Sanidad el 15 de marzo. Entre sus objetivos, también deja claro que está evitar "las graves consecuencias" de un colapso hospitalario e "identificar los pacientes que se beneficien de una derivación a centros hospitalarios por mejorar el pronóstico de supervivencia y calidad de vida a corto y largo plazo", siguiendo, además, las recomendaciones que en ese momento y en el mismo sentido ya hacía, entre otros, la Sociedad de Medicina Intensiva para no colapsar las UCI.

"Priorizar la cobertura sanitaria en residencia"

Todo el protocolo va destinado a que los ancianos con covid confirmado o con síntomas sean tratados en las propias residencias. Así, establece que "ante la detección, por parte del personal del centro residencial de mayores, de un paciente con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda compatible con infección por covid-19" se procederá a aislarle y contactar con el geriatra de enlace (de nueva creación en esta pandemia) o con el Summa 112. El geriatra debía hacer la valoración "según sintomatología y valorando el estado de las urgencias hospitalarias, priorizando la cobertura sanitaria en residencia".

El 25 de marzo, Madrid publica su protocolo para "priorizar la cobertura sanitaria en residencia" que limita las derivaciones de ancianos al hospital

Según denuncia a este medio una de las responsables de una residencia de Madrid, que sufrió más de una decena de bajas, cinco de ellas en la propia residencia sin poder derivar a los hospitales, "el geriatra siempre nos decía que tratáramos al abuelo en la residencia. Que en las UCI había protocolos y que, al ser mayores y con otras enfermedades, no les admitirían. Solo nos permitieron empezar a derivarlos bien entrado ya el mes de abril".

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Pinche para leer el documento.

En el protocolo, se establece que había que valorar clínicamente si se derivaba al hospital a pacientes "en situación de final de vida subsidiarios de cuidados paliativos", "con criterios de terminalidad oncológica, de enfermedades de órgano avanzadas", "de terminalidad neurodegenerativa" o "de fragilidad igual o mayor de 7". Pero el geriatra también debía valorar, ante otra patología distinta del covid-19, si se derivaban al hospital a los ancianos que cumplieran también los criterios anteriores. Solo en casos muy determinados, "el médico responsable del paciente residencial activará el traslado a su centro hospitalario de referencia —o centro de apoyo, o al hospital de Ifema cuando ello sea posible— y el transporte, traslado consensuado con el geriatra de enlace".

Sedantes, medicinas y oxígeno

El protocolo de Madrid establecía, en su primer anexo, el "material a suministrar a las residencias" para que pudieran realizar su 'labor' hospitalaria mientras no se permitiera la derivación de los residentes infectados con covid-19, y obligaba al "hospital de referencia" que "sí debe atender el suministro de medicación y material fungible". Sistemas de "suero, agujas, jeringas, gasas, clorhexidina, compresores, alargaderas, tapones, llaves de 3 pasos, apósitos", pero también "mascarillas O2, gafas nasales, sistemas de aerosoles..." y la medicación para intentar tratar al enfermo, con antibióticos orales e intravenosos, así como para mitigar el dolor.

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Pero el anexo 2 del protocolo también preveía cómo tratar médicamente en las residencias a los "pacientes que no responden al tratamiento conservador y tienen criterios de exclusión de derivación" a los hospitales. Antipsicóticos como la levomepromacina y sedantes como el haloperidol. Este protocolo, firmado el 25 de marzo, fue el que se aplicó a la paciente del hospital de Parla cuya alta en Urgencias ese mismo día fue desvelada por El Confidencial. La anciana —que además de covid sufría una enfermedad previa del riñón y se sometía a diálisis— fue devuelta a la residencia con morfina. Murió tres días después.

El Ministerio de Sanidad, como responsable del mando único sanitario en el estado de alarma desde el 15 de marzo, publicó una orden el 24 de ese mismo mes —en lo más duro de la pandemia— por la que conminaba a las autoridades competentes de las comunidades autónomas a "modificar el uso de los centros residenciales" de mayores y personas con discapacidad "para su utilización como espacios para uso sanitario" para la gestión de la crisis sanitaria del covid-19. La orden instaba a los gobiernos regionales a que ese cambio —de centro asistencial a hospitalario— fuera "especialmente de aplicación en los casos en los que el centro residencial cuente" con un caso de coronavirus confirmado.

Salvador Illa Ministerio de Sanidad
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