El Supremo prevé mantener el escaño a Torra hasta fallar sobre su inhabilitación
Los magistrados de la Tercera valoran acoger la línea de la Fiscalía que expuso sus dudas sobre la competencia de la JEC para apartarle del Parlament
Las dudas sobre la decisión de la Junta Electoral Central de ordenar la inhabilitación de Quim Torra como diputado por su condena, aún no firme, por desobediencia, han alcanzado a la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Los cinco magistrados que estudian su recurso contra la orden del órgano administrativo prevén permitir que continúe en su escaño del Parlament hasta que se pronuncien sobre el fondo del asunto. En una primera deliberación celebrada este miércoles esta postura ha sido mayoritaria aunque el fallo sobre la cautelar no se adoptará hasta mañana.
La sala tiene sobre la mesa un informe de la Fiscalía en el que el jefe de lo Contencioso, Pedro Crespo manifestó serias dudas sobre la procedencia de descabalgarle de su puesto sin que exista aún una resolución firme. Indicó al "debate jurídico" abierto sobre las competencias del organismo para decidir sobre la inhabilitación de un diputado. Las visiones contrarias respecto a la cuestión respaldan, en opinión del fiscal, que se le mantenga en su lugar hasta despejar la cuestión de fondo.
Los magistrados coinciden con la línea del fiscal y ven plausible dejarle ejercer como diputado y dar así la razón a Torra, que considera que la JEC no debe tener capacidad de decidir sobre las consecuencias de una condena que debe aún revisar otra sala del Supremo, la de lo Penal.
Hace unos días, la Sala Contenciosa del Supremo rechazó levantar la decisión del órgano administrativo de forma urgente, en la conocida como fase de cautelarísimas. Torra alegaba que quitarle el escaño le provoca un daño irreparable que no vieron los magistrados. "De todo lo expuesto se desprende, a juicio de esta Fiscalía, que la ponderación de los diversos intereses en juego permite en este caso favorecer el aseguramiento —meramente temporal— de la concurrencia de intereses públicos ya examinados que se vinculan al derecho fundamental de representación política en el marco del ordinario funcionamiento parlamentario, sin que con ello quiebre la máxima", defendía.
La decisión de la JEC levantó enormes críticas desde el Govern y las formaciones independentistas, que la vieron como un "golpe de Estado" contra la máxima autoridad catalana. Tampoco el PSOE, a las puertas de la investidura, la vio ajustada a derecho. La cuestión que genera mayor controversia es que la sentencia no es firme y, por ello, Torra puede acabar absuelto en casación. Además, el artículo de la ley en que se apoya la inhabilitación nunca había sido empleado para un cargo tan alto como el de presidente autonómico, ya que se diseñó para evitar la perpetuación de ediles condenados por delitos de corrupción y como puntal contra ETA.
La resolución de la Junta Electoral Central, por siete votos a seis, retiró el acta de parlamentario a Torra, al estar condenado por desobediencia. Pero agregaba letra pequeña. La JEC, al corregir a la Junta Provincial de Barcelona, introdujo una aclaración en la que no entra a valorar si la pérdida del escaño es suficiente para que Torra tenga que cesar como presidente.
Las dudas sobre la decisión de la Junta Electoral Central de ordenar la inhabilitación de Quim Torra como diputado por su condena, aún no firme, por desobediencia, han alcanzado a la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Los cinco magistrados que estudian su recurso contra la orden del órgano administrativo prevén permitir que continúe en su escaño del Parlament hasta que se pronuncien sobre el fondo del asunto. En una primera deliberación celebrada este miércoles esta postura ha sido mayoritaria aunque el fallo sobre la cautelar no se adoptará hasta mañana.
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