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TSJC rechaza recusar al instructor del caso y mantiene el procesamiento de Torra
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por un presunto delito de desobediencia

TSJC rechaza recusar al instructor del caso y mantiene el procesamiento de Torra

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha inadmitido la petición de recusación del magistrado instructor de la causa contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra

Foto: Quim Torra (EFE)
Quim Torra (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado el procesamiento de Quim Torra por un presunto delito de desobediencia por no retirar los lazos del Palau de la Generalitat, al haber decidido inadmitir a trámite la recusación del instructor del caso planteada por la representación procesal del actual presidente de la Generalitat.

Según ha informado este jueves el TSJC, no admiten a trámite la solicitud de recusación formulada por Torra porque es un "notorio abuso de derecho que entraña, además, un fraude procesal perpetrado" para apartar de la causa al juez natural predeterminado por la ley y por las normas de reparto de la Sala, "simplemente, por no haber resuelto en el único sentido que estaba dispuesta a admitir la parte recusante".

Foto: El presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra. (EFE)

Además de este motivo, el fraude procesal está perpetrado, según el Tribunal, "con el objetivo de dilatar indebidamente la tramitación de la causa (art. 24.2 CE), como pone de manifiesto el hecho de que esté fundada, por un lado, en motivos imaginarios, ilusorios o arbitrarios, sobre los que no se aporta ni se ofrece principio de prueba válido alguno, y, por otro lado, en una causa legal en la que dichos motivos no podrían encontrar encaje de ningún modo".

El TSJC también ha desestimado el recurso de reforma contra el auto de transformación de procedimiento. Afirma que al admitir la competencia de la Junta Electoral Central (JEC) y, por tanto, el sometimiento de la Generalitat y de su presidente a sus decisiones y órdenes en materia electoral, incluidas las sancionadoras, "debe admitirse también -indiciaria, presunta y provisionalmente- que la JEC es autoridad superior".

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)

En su declaración en mayo, Torra realizó una comparecencia ante la prensa y desveló lo que dijo en el tribunal. “Expliqué que las órdenes de la JEC eran inaplicables y vulneraban los derechos fundamentales, incluido el de la libertad de expresión. Además, tenían una clara intencionalidad política”, apuntó en esa ocasión.

Ahora, el TSJC se remite "a lo que se dijo en el auto recurrido, puesto que la prueba de que el recurrente solo conoció de las opiniones que publicaron en las redes sociales con posterioridad a la adopción de los Acuerdos de la JEC de marzo 2019 y con posterioridad también a la interposición del recurso contencioso administrativo ante el TS, le competía y le compete a él y, pese a haberle sido dado un traslado por una providencia de este Instructor de 3 junio 2019 para que propusiera la práctica de diligencias que convinieren a su derecho, se abstuvo de hacerlo."

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado el procesamiento de Quim Torra por un presunto delito de desobediencia por no retirar los lazos del Palau de la Generalitat, al haber decidido inadmitir a trámite la recusación del instructor del caso planteada por la representación procesal del actual presidente de la Generalitat.

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