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Esto es a lo que se enfrenta Quim Torra en su 'guerra' de los lazos amarillos

El president de la Generalitat, Quim Torra, se arriesga a incurrir en la comisión de delitos contra la ley electoral o de desobediencia si persiste en su negativa a retirar los lazos amarillos. La Junta Electoral Central le ha concedido un nuevo plazo de gracia de 24 horas para que obedezca la orden de quitar las esteladas y símbolos de apoyo a los políticos presos del procés de los edificios pertenecientes a la Generalitat. Un incumplimiento conllevaría la apertura de un procedimiento penal, a instancias de la Fiscalía General del Estado y, en función del delito que se considere ajustado al comportamiento, puede conllevar penas que van desde la sanción hasta la inhabilitación para el ejercicio de cargo público, indican a El Confidencial fuentes jurídicas. 

La JEC ha desestimado el último recurso presentado por el 'president' y confirma su criterio de que esta simbología es contraria a la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral. Avisa ya en el escrito dirigido que se le podrán exigir responsabilidades "administrativas y, en su caso, penales". Si bien el plano administrativo limita las multas a un máximo de 3.000 euros y un mínino de 300, el delito penal agrava el panorama judicial de Torra.  

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) prevé en su artículo 144 penas de  prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses para quienes "infrinjan las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral".

Pese a que este artículo encaja en la actitud mostrada, juristas consultados avisan que también sería procedente al caso la aplicación del genérico de desobediencia, que se recoge en el artículo 410 del Código Penal. Este tipo delictivo, aplicado por ejemplo a Artur Mas por la celebración del referéndum del 9N, va un paso más allá que el primero y contempla la inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.