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Torra se arriesga a la inhabilitación por desobediencia en la 'guerra' de los lazos
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Torra se arriesga a la inhabilitación por desobediencia en la 'guerra' de los lazos

Un incumplimiento conllevaría la apertura de un procedimiento penal, a instancias de la Fiscalía General del Estado

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra, posa con un lazo amarillo. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Quim Torra, posa con un lazo amarillo. (EFE)

El 'president' de la Generalitat, Quim Torra, se arriesga a incurrir en la comisión de delitos contra la ley electoral o de desobediencia si persiste en su negativa a retirar los lazos amarillos. La Junta Electoral Central le ha concedido un nuevo plazo de gracia de 24 horas, que finaliza hoy, para que obedezca la orden de quitar las esteladas y símbolos de apoyo a los políticos presos del 'procés' de los edificios pertenecientes a la Generalitat. Un incumplimiento conllevaría la apertura de un procedimiento penal, a instancias de la Fiscalía General del Estado y, en función del delito que se considere ajustado a su comportamiento, puede conllevar penas que van desde la sanción hasta la inhabilitación para el ejercicio de cargo público, indican a El Confidencial fuentes jurídicas.

[Consulte aquí en PDF el acuerdo de la JEC de este lunes]

La JEC ha desestimado el último recurso presentado por el 'president' y confirma su criterio de que esta simbología es contraria a la neutralidad que se exige a los poderes públicos en periodo electoral. Avisa, ya en el escrito dirigido al dirigente autonómico, que se le podrán exigir responsabilidades "administrativas y, en su caso, penales". Si bien el plano administrativo limita las multas a un máximo de 3.000 euros y un mínimo de 300, el delito penal agrava el panorama judicial de Torra.

Ultimátum a Torra para que en 24 horas retire "esteladas" y lazos amarillos

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) prevé en su artículo 144 penas de prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses para quienes "infrinjan las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral".

Pese a que este artículo encaja en la actitud mostrada, juristas consultados avisan que también sería procedente al caso la aplicación del genérico de desobediencia, que se recoge en el artículo 410 del Código Penal. Este tipo delictivo, aplicado por ejemplo a Artur Mas por la celebración del referéndum del 9-N, va un paso más allá que el primero y contempla la inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.

El nuevo plazo viene a sumarse al anterior ya impuesto la pasada semana. Entonces, la Junta ofreció un plazo de 48 horas a Torra para que procediera a retirar esos símbolos, en respuesta a una petición registrada por Cs, que se quejaba de la exhibición de símbolos ideológicos o partidistas, algo prohibido por el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). Los de Albert Rivera fueron más allá y, de manera paralela al PP de Pablo Casado, formalizaron sendas denuncias ante el Ministerio Público reclamando la apertura de un procedimiento penal.

Recurso para el 'president'

La Junta, cuya función es velar por la neutralidad en periodo electoral, se basa en que los lazos y las banderas que se muestran en todos los edificios públicos autonómicos son "partidistas". Una herramienta empleada por formaciones que concurren a las elecciones. Torra replicó escudándose en el derecho fundamental a la libertad de expresión. Su argumento no fue atendido ya que la JEC considera que los gobiernos, todos, deben ser neutrales en periodo electoral.

La polémica de los lazos amarillos en Cataluña llega a la Fiscalía

Torra tiene la posibilidad de recurrir, en un plazo de 20 días, en vía contencioso-administrativa la resolución de la Junta Electoral Central ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. En previsible así que ese procedimiento penal al que se enfrenta si persiste en su negativa a atender la orden, no arranque hasta que la decisión sea firme y siempre que la fiscal general del Estado, María José Segarra, decida impulsarlo. La Fiscalía tendría que acudir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el competente para investigar a Torra por delitos cometidos en el ámbito de su comunidad autónoma.

El 'president' de la Generalitat, Quim Torra, se arriesga a incurrir en la comisión de delitos contra la ley electoral o de desobediencia si persiste en su negativa a retirar los lazos amarillos. La Junta Electoral Central le ha concedido un nuevo plazo de gracia de 24 horas, que finaliza hoy, para que obedezca la orden de quitar las esteladas y símbolos de apoyo a los políticos presos del 'procés' de los edificios pertenecientes a la Generalitat. Un incumplimiento conllevaría la apertura de un procedimiento penal, a instancias de la Fiscalía General del Estado y, en función del delito que se considere ajustado a su comportamiento, puede conllevar penas que van desde la sanción hasta la inhabilitación para el ejercicio de cargo público, indican a El Confidencial fuentes jurídicas.

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