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La barrera del 'quien pierde paga': cada vez menos gente litiga contra la administración
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tras el cambio de criterio de las costas en 2011

La barrera del 'quien pierde paga': cada vez menos gente litiga contra la administración

Las demandas contra los gobiernos se han desplomado un 32% en los últimos ocho años y la cola judicial se ha vaciado a la mitad. ¿La razón? El temor a perder el juicio y tener que pagar las costas

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Saltarse un stop conlleva una multa de 200 euros. Sin embargo, a un vallisoletano que conducía por Segovia, la broma le ha costado —por el momento— 760 euros: los de la sanción más otros 560 por haber perdido la demanda que presentó contra Tráfico al considerar injusta la infracción. "Se desplegaron medios técnicos para demostrar que el agente no podía haber visto la supuesta infracción, pero al final su palabra prevalece, gracias a la consabida presunción de veracidad de los agentes", explica el abogado que llevó la defensa del conductor.

La sorpresa vino una vez desestimada la demanda del conductor, cuando el abogado del Estado se impuso unos honorarios que triplicaban la propia sanción, tal y como informó 'El Norte de Castilla'. A raíz de las medidas de agilización procesal impulsadas en 2011 por José Luis Rodríguez Zapatero, el criterio para imponer costas en la jurisdicción contencioso-administrativa cambió del tradicional de la temeridad al del vencimiento. Es decir, se pasó del 'quien denuncia sin fundamento paga' a, directamente, 'quien pierde paga'. "El ciudadano no se puede defender cuando tiene que demandar a la Administración, pues sería de locos —como ya lo es hoy— intentar defenderse frente a actos de la Administración, muchas veces arbitrarios o abusivos", denuncia el letrado, que pide permanecer en el anonimato.

Foto: Un juzgado de Valdemoro, Madrid. (EC)

A tenor de la información recopilada por El Confidencial de los anuarios de la Justicia Dato a Dato del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), este conductor ha sido uno de los pocos valientes que en los últimos años se ha atrevido a batallar contra las instituciones en los tribunales. Desde 2011, los procedimientos presentados cada año en la vía del contencioso-administrativo han disminuido un 32% (de 290.000 a 196.000), lo que ha motivado a su vez que la cola judicial en esta jurisdicción se haya reducido a la mitad en estos ocho años (de 380.000 casos acumulados a 186.000). Ayuntamientos, comunidades autónomas y ministerios han sido los grandes beneficiados de las medidas para reducir la litigiosidad, ya que cada vez menos españoles se atreven a recurrir judicialmente las decisiones de la Administración ante el riesgo de ser condenados en costas.

La Ley 37/2011 se denominó 'Medidas de agilización procesal'. Y desde luego lo consiguió, "pero a base de que los ciudadanos renuncien a su derecho a reclamar, pues esas normas cercenan sus derechos haciendo cada vez más difícil al ciudadano normal su derecho de acceso a la Justicia", apunta el abogado. Y sentencia: "¿Quién discute una multa de 200 euros, cuando por 'pronto pago' (esto es, por no discutirla) se reduce a 100 euros; y encima si pierdes, el abogado del Estado, o sea, el Estado, cobra 560 euros más la multa en su totalidad? Pues alguien que esté completamente loco".

Todos en contra

Desde un primer momento, los abogados rechazaron el nuevo criterio del vencimiento para las costas por el carácter disuasorio que tendría para los ciudadanos, especialmente los económicamente más vulnerables. "Es seguro que la imposición de costas es el factor determinante y más importante en la disminución de asuntos, lo que resulta especialmente grave porque ello pone de manifiesto una auténtica desprotección del ciudadano frente a la actuación de la Administración y, por qué no decirlo, frente a los abusos de la Administración", señalan desde el Consejo General de la Abogacía Española, al tiempo que critican que el objetivo de la reforma de 2011 "fue reducir el número de procedimientos judiciales y con ello restringir el derecho de acceso a los tribunales".

Para algunos letrados se trata además de una doble imposición al ciudadano, puesto que se trata de un coste que el contribuyente ya está sufragando a través de sus impuestos. "A los abogados de la Administración ya les estamos pagando un sueldo entre todos. Además, muchas veces la administración contesta de manera totalmente automática, y hasta que no recurres no se miran los papeles. Te obligan a recurrir cuando podría ser mucho más eficiente", explica Mariola Aguilar, del Colegio de Abogados de Granada.

El rechazo masivo de los abogados al principio judicial del 'quien pierde paga' ha sido respaldado incluso por algún juez. Es el caso de José Ramón Chaves García, magistrado en la Sala contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, quien en su blog personal ha señalado la especial incidencia de este criterio en "los asuntos de menor cuantía, que casualmente son los que afectan al 80% de la población". Entre estos, Chaves cita las multas de baja cuantía, problemas tributarios menores, subvenciones denegadas o permisos de funcionarios.

Las costas surten un fuerte efecto disuasorio para un atemorizado David, mientras que el Goliat administrativo persistirá indiferente

Chaves García amplió estas críticas en su discurso de ingreso en la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia en abril de 2015, al afirmar que "las costas desincentivan al particular, pero no al político ni a la Administración como persona jurídica". El magistrado recuerda que las administraciones afrontan el pago de las costas con cargo a los presupuestos públicos, sufragados a través de los impuestos. "Tal imposición de costas en asuntos de pequeña cuantía y para el ciudadano de economía media surte un fuerte efecto disuasorio para un atemorizado David, mientras que el Goliat administrativo persistirá indiferente", resumió el magistrado.

"Las grandes beneficiadas en este asunto son las administraciones públicas, que se han blindado con este sistema de costas, en detrimento de la tutela judicial efectiva. El Estado legisla desde el poder legislativo y protege al poder ejecutivo", añaden desde el Consejo General de la Abogacía. Y resumen: "A la postre se trata de dificultar que el ciudadano pueda defender sus derechos frente a la Administración".

Arbitrariedad de los honorarios

Hasta 2011 las condenas con pago de costas eran prácticamente marginales. Se reservaban para casos donde el ciudadano había recurrido con temeridad y mala fe. Pero además, aunque la medida lleva ya siete años en vigor, los abogados todavía no saben a qué atenerse si sus casos son condenados en costas, porque la cuantía de sus honorarios no está regulada y suelen imponerse las totales. "Es totalmente arbitrario. Tengo casos en la Audiencia Nacional que han tenido que pagar 800 euros de costas y otros hasta 1.500", explica la abogada Mónica Huerta, especializada en extranjería, precisamente uno de los grupos vulnerables a no recurrir por el riesgo de las costas.

No puede equipararse al abogado de la calle con los del Estado, que son funcionarios y tienen detrás toda la cobertura del Estado

Sin embargo, cuando es la propia Administración la que debe de pagar, sí se establece un límite a las costas que el ciudadano puede cobrar tras la sentencia: "Muchas veces no cubren para nada el coste del pleito, que puede haber durado años. No contempla ni los gastos del cliente en su defensa, ni el tiempo, ni el desgaste", añade Huerta. Esta abogada denuncia también que las costas se impongan en medidas cautelares y que, de nuevo, dependa del criterio de cada juez: "Es fácil saber, según el juzgado que te toque, si te va a mandar pagar costas o no. Al final, se convierte en un filtro".

"No puede equipararse al abogado de la calle", subraya el abogado de la multa de tráfico, "al profesional liberal, que tiene que mantener su propio despacho, con los abogados del Estado, que son funcionarios y tienen detrás toda la cobertura del Estado, y no se juegan nada".

Aparte de la disminución de casos judiciales contra las administraciones y el problema de la tasación de los honorarios, el criterio del vencimiento a la hora de imponer las costas ha tenido un tercer efecto colateral perverso: el porcentaje de sentencias en primera instancia dando la razón al ciudadano ha aumentado desde 2011. O como indica Mariola Aguilar, del Colegio de Abogados de Granada, "al final solo recurre el que está totalmente seguro de que va a ganar".

Reforma legal que morirá con la legislatura

Paradójicamente, el propio PSOE ha presentado una proposición de ley, bloqueada en la Comisión de Justicia y que morirá en las próximas semanas con el adelanto electoral, para volver a la situación anterior a la reforma legal impulsada por Zapatero en 2011 debido a "las reiteradas quejas de los trabajadores de las administraciones públicas y el trato desigual que recibían respecto de los trabajadores que llevan su demanda a la jurisdicción social, donde prácticamente no existe la condena en costas", expresa Juan Carlos Campo, portavoz socialista de Justicia en el Congreso.

"Entendemos que puede ser bueno introducir más elementos para determinar que no basta el vencimiento, sino que a él debe añadirse la necesidad de que la parte vencida haya actuado de manera dolosa o culposa, es decir, con mala fe o temeridad", añade.

Sin embargo, para el diputado andaluz la causa de la disminución de los asuntos judiciales en los últimos años hay que buscarla tanto en la implantación de tasas judiciales en 2012 por parte del Gobierno de Mariano Rajoy como en la crisis económica y no tanto en el cambio de criterio aprobado en las postrimerías de la presidencia de Zapatero. "Queremos valorar si una hipotética condena en costas puede llegar a ser disuasorio para el ejercicio del derecho de acceso al proceso", apunta.

Desde el Consejo General de la Abogacía, en cambio, lo tienen claro: "Frente a los privilegios de la Administración, el ciudadano se encuentra en una posición de inferioridad y, al menos, se debe posibilitar —en realidad se debería facilitar— su acceso a los jueces y tribunales, que son los únicos que pueden protegerles frente a los abusos".

Fe de errores: en una versión anterior del reportaje se indicaba que José Ramón Chaves García era magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia cuando desde hace dos años lo es del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

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Saltarse un stop conlleva una multa de 200 euros. Sin embargo, a un vallisoletano que conducía por Segovia, la broma le ha costado —por el momento— 760 euros: los de la sanción más otros 560 por haber perdido la demanda que presentó contra Tráfico al considerar injusta la infracción. "Se desplegaron medios técnicos para demostrar que el agente no podía haber visto la supuesta infracción, pero al final su palabra prevalece, gracias a la consabida presunción de veracidad de los agentes", explica el abogado que llevó la defensa del conductor.

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