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El fracaso de la reforma penal: menos papeleo pero la justicia es igual de lenta
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DOS AÑOS DESDE LA REFORMA DE LA LECRIM y el código penal

El fracaso de la reforma penal: menos papeleo pero la justicia es igual de lenta

Cada año se registran casi dos millones de casos menos en la vía penal y, sin embargo, tardan un 45% más en resolverse y cada vez hay más gente con antecedentes, ¿por que?

Foto: Un juzgado de Valdemoro, Madrid. (EC)
Un juzgado de Valdemoro, Madrid. (EC)

Descongestionar la Justicia. Conseguir el papel cero. Recortar los tiempos de instrucción y agilizar el trabajo de los jueces. Eran los objetivos principales de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y el Código Penal que se hizo en 2015. Sin embargo, dos años más tarde, los datos no avalan el nuevo texto: pese a que hay casi un 40% menos de casos ingresados, cada proceso tarda un 45% más en resolverse en primera instancia, según los datos del Consejo General del Poder Judicial. Los expertos coinciden, hay menos papeleo, pero la Justicia no se ha descongestionado.

Esta reforma de la LECrim fue, según explica José Manuel Chozas Alonso, vicedecano de Ordenación Académica de la Complutense y experto en derecho procesal, "una forma de maquillar los datos para decir que la litigiosidad ha bajado aunque eso no signifique que la ciudadanía esté más segura". Lo cierto es que desde que se puso en marcha la reforma, el número de casos que tramitan los juzgados penales ha bajado alrededor de dos millones anualmente. ¿Pero por qué? ¿Es que delinquimos menos? No, es que los llamados “atestados sin autor conocido” han dejado de ser remitidos a los juzgados. Es decir, cuando la policía da un atestado (del robo de una casa, por ejemplo) pero considera que no hay pruebas suficientes para determinar su autor, simplemente lo archiva sin mandárselo al juez.

Si alguna vez te han robado el móvil por la calle, han entrado a robar a casa o tu coche ha desparecido y te preguntas, ¿qué ha pasado con mi denuncia?, lo más probable es que haya terminado en el saco de los "atestados sin autor conocido". Archivado y sin haber siquiera llegado al juez. Según Sergio Herrero Álvarez, abogado penalista y decano del Consejo General de la Abogacía en Gijón, estos archivos no afectan a la seguridad del ciudadano. "En mi opinión el cambio estadístico no refleja una modificación real del número de asuntos penales efectivamente tramitados y enjuiciados en España, muchos asuntos antes se registraban judicialmente pero se archivaban de inmediato el mismo día. Simplemente, se ha eliminado papeleo", explica.

Mucho papeleo, pues en 2009, el pico más alto de la serie estadística, se tramitaban cerca de 6,7 millones de casos en los juzgados de lo penal y ahora, la cifra ha bajado hasta los 3,2 millones de casos anuales.

Menos papel, pero ¿a qué coste?

Sin embargo, para el profesor José Manuel Chozas que la policía archive los casos supone una impunidad para muchos delitos e impedir a los jueces instructores que investiguen un caso que podría haber tenido más recorrido. "Esta reforma afecta a la delincuencia más habitual", explica este experto, "sí, la mayoría de los casos se archivaban al llegar al juzgado pero al menos se le daba la posibilidad de investigar. Si un juzgado recibe ocho denuncias de hechos cometidos en la misma zona puede atar cabos, unir unos con otros, ahora ya no tienen esa opción".

"La finalidad de una reforma no es que haya menos papel, si no que la ciudadanía esté más segura y yo ahora me siento más inseguro", dice tajante Chozas. De hecho, el número de diligencias y sumarios de los juzgados de instrucción ha caído también drásticamente. Desde 2015, se tramitan un 54% menos de diligencias previas y un 25% menos de sumarios. Algo que, aunque parezca extraño, no ha conseguido agilizar la Justicia ni liberar de carga de trabajo a los jueces. "Creo que la justicia está sustancialmente igual de congestionada, aunque con un poco menos de papeleo", asegura el penalista Sergio Herrero.

placeholder Fuente: CGPJ
Fuente: CGPJ

Unos datos a los que también se suma el cambio en el Código Penal de ese mismo año en el que los antiguos juicios de faltas pasan a ser delitos leves y se destipifican algunas conductas. Esto supuso que, a la vez que descendían los casos tratados por la jurisdicción penal aumentasen los de la social, la civil y la contencioso-administrativa.

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Fuente: CGPJ

Y es que para descongestionar la Justicia hace falta mucho más, como explica el magistrado Celso Rodríguez, juez de la Audiencia Provincial de Madrid y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM). "Agilizar la Justicia en España, no solo la penal, necesita de importantes reformas, más allá de las que se hicieron en 2015, por ejemplo, en la regulación del sistema de recursos con el fin de evitar dilaciones de los procedimientos. Pero desde la APM insistimos mucho en que esta vía de las reformas procesales no es la única ni la más importante a la hora de mejorar, no solo los tiempos de respuesta sino la propia calidad de la respuesta. Es imprescindible por ello, en primer lugar, dotar a los órganos judiciales de los medios personales y materiales necesarios, con especial hincapié en las reformas de modernización tecnológica que hasta ahora han sido verdaderamente escasas", asegura el magistrado.

Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, el tiempo que se tarda en resolver los asuntos ingresados en primera instancia penal e instrucción ha subido de 1,5 meses de media en 2015 a 2,3 meses en 2016 tras entrar en vigor las reformas. Es decir, los juzgados tardan casi un 45% más en resolver los casos. Un aumento que los expertos dudan sobre cómo explicar. "Puede deberse a un conjunto de elementos, a la falta de medios materiales, o que no hay una inspección que funcione, porque unos juzgados funcionan mejor que otros", asegura.

Una variación estadística muy significativa que, sin embargo, solo ha afectado a la primera instancia. En los juzgados de apelación la variación en número de asuntos conocidos y en tiempo de resolución apenas se ha notado. Como explica Rodríguez, "en la Audiencia Provincial de Madrid, en una sección ordinaria la media de entrada venía siendo 2.000 asuntos anuales y han cerrado el año 2017 con 1.960". En este caso, asegura "es menor el número de apelaciones sobre delitos leves, que eran las antiguas faltas. La reforma en ese sentido sí que ha llevado una reducción en el número de asuntos leves".

Pero pese a lo positivo de este descenso en cuanto a carga de trabajo, la consecuencia inesperada ha sido un aumento de los antecedentes penales. "La mayoría de las antiguas faltas se han transformado en delitos leves", explica Sergio Herrero, "lo que supone un cierto endurecimiento de su pena, en algunas ocasiones, así como que a partir de la reforma se va incrementando año tras año el número de ciudadanos con antecedentes penales, ya que ahora las condenas por delitos leves son inscritas en el Registro Central de antecedentes y aparecen en la hoja histórico penal de esa persona".

Un 15% de las instrucciones son complejas

Otra de las principales reformas que introdujo la LECrim fue la limitación de los tiempos de instrucción que se redujo a seis meses con la posibilidad de prórrogas y de que los magistrados puedan declarar compleja una causa para dedicarle más tiempo.

En este punto los expertos consultados por este diario tienen opiniones dispares. Según los datos del CGPJ, en las primeras instancias, el número de asuntos declarados complejos tras la reforma de la LECrim ascendió a un 15,4%, mientras que en los juzgados centrales como la Audiencia Nacional, la cifra asciende a un 43,4% de instrucciones complejas. Para el magistrado Celso Rodríguez, se trata de cifras dentro de lo normal. "Sí ha surtido efectos la reforma al limitar el plazo de la instrucción, hay una mayor celeridad", asegura, "aunque la Audiencia Nacional tiene una tramitación más compleja y es lógico que la limitación del plazo de instrucción se vea excepcionada".

Sin embargo, el penalista Sergio Herrero discrepa, "la limitación del tiempo de instrucción es más aparente que real, ya que el artículo 324 de la LECrim permite que dure 6 meses, 18 meses, 36 meses e incluso, en casos excepcionales más allá de esos 3 años, lo cual me parecen plazos razonables". Al final, se trata, según el profesor de derecho procesal José Manuel Chozas, de una cuestión de "mentalidad" de los fiscales a la hora de instruir. "El fiscal pide una prórroga, el juez la concede y la inercia lleva a declarar las causas complejas", explica Chozas.

Dos años y otra reforma

La reforma penal de 2015 apenas está empezando a dejar ver sus efectos y dos años más tarde, el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, ya prepara una nueva transformación de la LECrim, esta vez, con la intención de incluir la figura del "fiscal instructor". Un cambio que supondría darle la vuelta al proceso penal y que tampoco convence a los expertos, que recalcan que es la tercera vez en la historia de la democracia en que intenta acometerse.

"Desde la Asociación Profesional de la Magistratura", explica el juez Celso Rodríguez, "hemos manifestado en sucesivas ocasiones nuestra posición contraria a que se residencie la instrucción de las causas penales en manos del Ministerio Fiscal. En primer lugar dado que en España desde 1988 se ha distinguido completamente la competencia del juez de instrucción de la competencia de los órganos de enjuiciamiento".

Una competencia, la del juez instructor, que podría quedar reducida tras la figura del fiscal. "En España no existe riesgo alguno de contaminación en cuanto a la función instructora", asegura el magistrado, ya que el juez que instruye nunca juzga la causa.

Además, esta reforma debería ir acompañada de una remodelación completa del Ministerio Fiscal, sus competencias y sus medios materiales. "El juez por naturaleza tiene una independencia que resulta un valor esencial a la hora de instruir y también a la hora de juzgar de la que el Ministerio Fiscal carece", asegura Rodríguez, "habría que modificar la estructura y la filosofía del Ministerio Fiscal, posiblemente también habría que llevar a cabo un replanteamiento de su número de efectivos, aunque desconocemos por el momento cualquier proyecto o cualquier previsión presupuestaria".

Descongestionar la Justicia. Conseguir el papel cero. Recortar los tiempos de instrucción y agilizar el trabajo de los jueces. Eran los objetivos principales de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y el Código Penal que se hizo en 2015. Sin embargo, dos años más tarde, los datos no avalan el nuevo texto: pese a que hay casi un 40% menos de casos ingresados, cada proceso tarda un 45% más en resolverse en primera instancia, según los datos del Consejo General del Poder Judicial. Los expertos coinciden, hay menos papeleo, pero la Justicia no se ha descongestionado.

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