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El colapso de los juzgados fomenta una justicia de pago
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TRIBUNALES DE DOS VELOCIDADES

El colapso de los juzgados fomenta una justicia de pago

En estos días asistimos al resurgir de un debate de largo recorrido en el mundo del derecho acerca de la desjudicialización de la justicia. El asunto

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El colapso de los juzgados fomenta una justicia de pago

En estos días asistimos al resurgir de un debate de largo recorrido en el mundo del derecho acerca de la desjudicialización de la justicia. El asunto a priori es sencillo. ¿Qué asuntos se pueden resolver sin la necesidad de que intervenga un juez? Si los magistrados son los encargados de solucionar conflictos parece lógico que aquellas cuestiones que no generen ninguna confrontación, y en las que las partes estén en todo de acuerdo, puedan resolverse fuera de los juzgados. Las bodas, las herencias, o los divorcios de mutuo acuerdo –siempre que no haya menores de por medio, u alguna otra cuestión en la que sea necesario la intervención de la fiscalía–, podrían ser tramitados por cualquier funcionario público capacitado para ello, tal como a día de hoy hacen los concejales en el caso de las bodas.

¿Estamos asistiendo a una privatización de la justicia?El ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, ha anunciado la tramitación de una nueva Ley de mediación y jurisdicción voluntaria, que permitirá a los notarios tramitar bodas civiles y conceder divorcios de mutuo acuerdo. La medida ha sido relativamente bien acogida en el mundo del derecho, pero ha vuelto a plantear la gran pregunta: ¿estamos asistiendo a una privatización de la justicia? 

La desjudicialización, una respuesta al colapso de los juzgados

Hay algo en lo que coinciden todos los actores del mundo del derecho: la justicia española está colapsada. En los juzgados españoles se tramitan en torno a 9 millones de procedimientos al año, frente a los 6 millones que se dirimen, por ejemplo, en Francia, un país un tercio más poblado que el nuestro. Antonio Hierro, abogado director del área de contencioso de Cuatrecasas, cree que en nuestro país hay “una enorme litigiosidad” y es partidario de tomar “medidas valientes” para descolapsar nuestro sistema judicial. En ese sentido el abogado cree que la desjudicialización “es clave” y se trata de un fenómeno mundial.

¿Qué procesos pueden retirarse del ámbito de actuación de los jueces? Según Hierro la cosa está clara: “Lo lógico es que se les reserve para juzgar y hacer cumplir lo juzgado; el resto de actuaciones tendrían que encomendarse a otros funcionarios públicos como los notarios, los secretarios judiciales o los registradores de la propiedad”. En definitiva, podrían retirarse de la competencia de los jueces todos los actos de legislación voluntaria, es decir, aquellos en que las partes estén de acuerdo.

Todas las partes buscan su trozo en la tarta

Por lo general, los profesionales del derecho están de acuerdo acerca de retirar competencias a los jueces. La controversia surge acerca de quién debe tramitar cada proceso.  

El anuncio del ministro de Justicia ha sido muy bien acogido por los notarios, que ya habían expresado su deseo de adquirir más competencias. Manuel López Pardiñas, presidente del Consejo General del Notariado, cree que es un reconocimiento a su papel, y no cree que la nueva ley se pueda interpretar como un peldaño más en la creación de una justicia a dos velocidades, una para los que puedan pagar y otra para los que no. “Se trata de establecer vías alternativas”, explica el notario, “y no tenemos ningún inconveniente en que haya diversas opciones”. En ese sentido Pardiñas recuerda que tenemos sanidad y educación privada y no generan ninguna polémica.

La controversia surge acerca de quién debe tramitar cada procesoDistinta visión tiene el colectivo de los secretarios judiciales que están de acuerdo con retirar competencias a los jueces pero creen que deberían ser ellos, y no los notarios, los encargados de tramitarlas. En este sentido Rafael Lafuente i Sevilla, Portavoz del Sindicato de Secretarios Judiciales apunta que los notarios cobran un arancel y ellos lo harían gratis. “No tiene ningún sentido llevar las bodas al notario”, explica Lafuente, “ya se tramitan en los ayuntamientos, que son más accesibles”. En cualquier caso el representante de los secretarios cree que la retirada de competencia a los jueces no va a solucionar por sí misma el problema del colapso de la justicia y lo más importante es incidir en su modernización.

Avanzando en la mediación y el arbitraje, ¿justicia privada?

Más allá de los procesos de mutuo acuerdo, que podrían resolver otros funcionarios distintos de los jueces, muchos litigios se resuelven por mediación o arbitraje. Ambos procedimientos están creciendo en España y cada vez son más utilizados, aunque en un nivel muy distinto. 

La mediación –un proceso mediante el cual un especialista del derecho aconseja a las partes para que lleguen a un acuerdo sin necesidad de ir a juicio– se está impulsando en los juzgados para evitar la proliferación de litigios. En España un 95% de las apelaciones confirman lo resuelto en la primera instancia y, según muchos juristas, como Hierro, los ciudadanos no tienen por qué pagar las apelaciones de otros. El tema genera gran controversia.Manuel Valero, abogado presidente de la Asociación de Letrados por un Turno de Oficio Digno (ALTODO), asegura que desde hace un tiempo estamos asistiendo a la creación de una justicia para ricos y otra para pobres. Aunque está a favor de impulsar la mediación, para que las partes lleguen a acuerdos sin necesidad de ir a juicio, está en contra de la Ley de agilización procesal que, precisamente para imponer la mediación, ha restringido el derecho de apelación. La ley, aprobada por el anterior Gobierno el pasado 22 de septiembre, sitúa la limitación del recurso de apelación para las sentencias sobre asuntos cuya cuantía exceda de 30.000 euros y el recurso de casación para las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia que excedan de 600.000 euros. Valero cree que la ley crea una justicia de dos velocidades, pues los ciudadanos con pocos recursos, que no suelen tener litigios de gran cuantía, pierden el derecho a la apelación.

Los tribunales de arbitraje pueden solucionar casi cualquier tipo de litigio civil y mercantilY si hay confrontación, y la mediación no resuelve el problema, ¿es del todo necesario acudir al juez? Ni mucho menos. Para asuntos civiles y mercantiles se puede acudir al arbitraje, un servicio cada vez más común en España. Mediante este proceso las dos partes enfrentadas aceptan la mediación de un tribunal compuesto por especialistas del derecho, que emite una sentencia –conocida como laudo para no confundirla con la que podría emitir un juez– que es vinculante para los contendientes. Hay más de 100 tribunales de arbitraje en España, algunos independientes, la mayoría en colegios de abogados y cámaras de comercio. Estos tribunales cobran en función de la cuantía que esté en juego y, al menos por ahora, sólo acuden a ellos las grandes empresas para solucionar sus conflictos, pues se soluciona todo mucho más rápido que acudiendo a la justicia ordinaria. ¿La proliferación del arbitraje conlleva una privatización de la justicia?

Javier Iscar de Hoyos, abogado y secretario de la Asociación Europea de Arbitraje, la institución que más arbitrajes tramita en España, cree que la generalización del arbitraje presentaría muchas ventajas. “El arbitraje”, reconoce Iscar, “tiene un coste mayor que ir a los juzgados, pero no tiene segundas instancias y el coste emocional e indirecto es menor”. Según el abogado, el gran problema de los tribunales de arbitraje es que la ciudadanía desconoce su existencia,y ni se lo plantea como una alternativa a los juzgados. Iscar cree que es necesario que los ciudadanos conozcan esto para quitarles carga de trabajo a los jueces, ya que los tribunales de arbitraje pueden solucionar casi cualquier tipo de litigio civil y mercantil. Previo pago claro. 

Salvador Torres, decano del Colegio Notarial de Andalucia, coincide con Iscar en la necesidad de dar a conocer el arbitraje: "La tendencia en toda Europa es potenciar el arbitraje y la mediación para lograr satisfacer las pretensiones de las partes sin necesidad de iniciar un procedimiento largo y costoso [en referencia a los juicios]". En cualquier caso, apunta el notario, el arbitraje no es un sistema cerrado "y la ley reconoce que se pueden recurrir los laudos en algunos supuestos", lo que haría que el litigio acabara en la justicia ordinaria.