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El Supremo cita como imputada por blanqueo a Rita Barberá para el 21 de noviembre
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El Supremo cita como imputada por blanqueo a Rita Barberá para el 21 de noviembre

El instructor de la causa Cándido Conde-Pumpido obliga al PSOE a pagar 3.000 euros de fianza si quiere ejercer la acusación popular. Avisa del riesgo de "judicialización de la política"

Foto: Rita Barberá, durante una rueda de prensa. (EFE)
Rita Barberá, durante una rueda de prensa. (EFE)

El instructor de la causa por blanqueo de capitales abierta en el Supremocontra Rita Barberá,Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha citado a declarar como imputada a la exalcaldesapara el próximo día 21 de noviembrea las 10:30. Se trata de lacausa por un presunto delito de blanqueo de capitales que dicha sala abrió el pasado mes de septiembre. El magistrado, además,ha fijadouna fianza de 3.000 euros al PSOE para poder ejercer, como ha solicitado, la acusación popular en el caso.

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La investigación abierta a Barberá deriva de la exposición razonada elevada al Supremo el pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia —el que instruye el caso Taula—describiendo indicios contra la aforada en un presunto blanqueo de capitales, que se habría producido en el Grupo Popular del Ayuntamiento de Valencia cuando ella era alcaldesa. La Fiscalía apoyó, en informe del pasado 27 de julio, la apertura de la investigación y la designación de instructor.

Barberá, citada a declarar como imputada en el Supremo el 21 de noviembre

En esa exposición razonada enviada al alto tribunal,se recogían las donaciones de 1.000 euros efectuadas por concejales y asesores del PP del Ayuntamiento de Valencia. Esa cantidad, enviada por transferencia, les era devuelta por el partido en dos billetes de 500 para blanquear en efectivo el dinero procedente de supuestas actividades ilícitas.

El magistrado valenciano consideraba ensu exposiciónque, habiendo reconocido la exalcaldesa que realizó eldonativo de 1.000 euros por el que están imputadostodos los concejales (exceptoEusebio Monzó,actual portavoz), exediles, asesores y exasesores que también efectuaron el pago en vísperas de las elecciones de 2015, sería "incoherente" no elevar exposición al Supremo, por ser el único competente para investigar y, en su caso, juzgar a la senadora, que tiene la condición de aforada.

En esa misma exposición razonada, se hacía alusión a laestrecha relación que Barberá mantenía con Mari Carmen García-Fuster,considerada la 'cajera' del PP de Valencia y secretaria del grupo municipal. García-Fuster es una de lasprincipales investigadasen la pieza de blanqueo que hay abierta en Valencia,en la que también se instruye un presunto delito de financiación ilegal (delito electoral) de los populares de la ciudad.

Según el juez de Taula, la relación de superioridad que Barberá tenía con su grupo municipal y la secretaria del mismo, y los indicios de algunos testigos señalando el control que la exalcaldesa ejercía en la toma general de decisiones justifican que se abra una investigación a la ahora senadora.

Judicialización de la política

Por otro lado, en la resolución en la que impone la fianza de 3.000 euros al PSOE, Conde-Pumpido alerta del “serio riesgo de judicialización de la política” que supone la práctica, que no existe en los países de nuestro entorno, de que un partido político pueda ejercer la acusación en una causa penal contra una persona relevante de un partido de signo contrario. Añade que ese riesgo existe en la medida en que esa práctica “transforma el área de debate procesal en un terreno de confrontación política”, según un comunicado del alto tribunal.

La exposición reconoce que la exalcaldesa realizó el donativo de 1.000 euros por el que están imputados todos los concejales de su antiguo grupo

El PSOE había pedido que no se le señalase el pago de fianza alguna para ejercer la acusación popular. El auto recuerda que tanto el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2011, como la Propuesta de Código Procesal Penal de 2013, elaborados por gobiernos de signo político diferente, prohibían expresamente el ejercicio de la acción popular por los partidos políticos.

“Es cierto que estos proyectos no han alcanzado vigencia, y que existe una cuestionable práctica judicial que admite, con carácter general, la personación de los partidos políticos como acusación popular en causas contra políticos de otros partidos. Pero ello no excluye que, aun admitiendo la personación, se adopten las necesarias cautelas, lo que no permite privilegiar este tipo de acusaciones e impide que se prescinda del señalamiento de la oportuna fianza”, indica la resolución.

El instructor de la causa por blanqueo de capitales abierta en el Supremocontra Rita Barberá,Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha citado a declarar como imputada a la exalcaldesapara el próximo día 21 de noviembrea las 10:30. Se trata de lacausa por un presunto delito de blanqueo de capitales que dicha sala abrió el pasado mes de septiembre. El magistrado, además,ha fijadouna fianza de 3.000 euros al PSOE para poder ejercer, como ha solicitado, la acusación popular en el caso.

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