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El futuro de las comisiones de los fondos de inversión depende del choque entre CNMV y Solventis
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EN LA AUDIENCIA NACIONAL

El futuro de las comisiones de los fondos de inversión depende del choque entre CNMV y Solventis

La Audiencia Nacional decidirá sobre un concepto del supervisor con el que restringe los costes en las carteras de gestión discrecional, vía favorita de la banca para vender fondos

Foto: Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV. (Europa Press/Alberto Ortega)
Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV. (Europa Press/Alberto Ortega)
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Nunca una sanción de la CNMV pudo ser tan importante para el negocio del sector financiero. La tesis que usa la Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) para restringir las comisiones de los fondos en el esquema favorito de la banca para comercializarlos está en entredicho en la Audiencia Nacional.

El tribunal ha suspendido cautelarmente una sanción a Solventis, y deberá decidir en los próximos meses si atiende su recurso para anularla o se posiciona a favor de la CNMV. En juego está una sanción de restitución de fondos a clientes y, sobre todo, el concepto de integración vertical por el que el supervisor limita las comisiones en las carteras de gestión discrecional.

Solventis tenía carteras de gestión discrecional a través de su sociedad de valores, y dentro de las carteras había fondos de sus gestoras, con comisiones por encima de los niveles de mercado, según el supervisor que preside Rodrigo Buenaventura.

Hay que tener en cuenta que las carteras de gestión discrecional se han convertido, desde la aprobación de MiFID II en 2018, el principal canal para comercializar fondos en la industria española, especialmente en la banca. De hecho, los bancos son los que más ingresos por comisiones se juegan en esta batalla legal entre la CNMV y Solventis. Algunos bancos como CaixaBank o Kutxabank ya tienen más de la mitad del patrimonio de fondos en estas carteras prefabricadas con varios perfiles de riesgo, en las que se delega la gestión y se rellenan de fondos.

Foto: Oficina de Banco Sabadell.

Muchos de estos fondos son de gestoras del grupo. Según datos de la patronal Inverco, hay 229.069 millones en carteras de asesoramiento o gestión, el 66,4% de la distribución de productos de inversión. La parte pura de gestión de carteras alcanza los 114.147 millones, y el 60,5% son fondos de gestoras del grupo.

La normativa prohíbe las retrocesiones en las carteras, que son las comisiones que se queda el asesor o gestor por seleccionar un producto de terceros. Ya hay cobro explícito al cliente. Pero lo que la CNMV quiere evitar es que haya retrocesiones por la puerta de atrás. Es decir, comisiones más elevadas de lo que debería y que, en vez de retrocesiones, generan ingresos para la gestora del grupo que después se convierten en dividendos para la matriz.

La CNMV quiere evitar es que haya retrocesiones por la puerta de atrás. Es decir, comisiones más elevadas de lo que debería

Un caso evidente sería el de un banco que selecciona fondos de su gestora para las carteras. Estos fondos tenían antes una comisión del 2%, de la que un 1% eran ingresos para la gestora, y otro 1% era retrocesiones para el banco. Una vez que se prohíbe este incentivo, la CNMV quiere que la comisión se vaya al 1%. Si se queda en el 2%, aunque no retroceda comisiones, como luego abonaría dividendos extra a la matriz, el supervisor atacaría este modelo por integración vertical.

El problema es que no siempre es tan evidente. Habría que ver qué pasa si la comisión baja a 1,25%. O si baja al 1%, pero también se ha reducido la capacidad de la gestora. O viceversa, apenas baja la comisión, pero la gestora incrementa sus capacidades de análisis y selección de activos y, por lo tanto, sus costes. Por eso es tan importante lo que decida en los próximos meses la Audiencia Nacional sobre esta sanción de la CNMV a Solventis, la primera por este concepto de integración vertical.

Foto: Preparen la cartera. (Pixabay) Opinión

La sanción es de 491.403 euros, que se divide en una multa de 20.000 euros y la obligación de restituir 471.403 euros a los clientes, ya que la CNMV considera que les ha cobrado comisiones de más a 912 clientes, según una sentencia de la Audiencia Nacional a la que ha tenido acceso este medio.

Solventis había pedido ante la Audiencia Nacional, mientras está pendiente el recurso de la sanción, que no hiciera público el expediente sancionador por potencial daño en su marca y que se suspendiera cautelarmente el pago. El tribunal ha aceptado suspender la sanción, a la espera de su dictamen sobre la misma y tras la presentación de un aval bancario, pero no lo primero, con lo que el expediente sancionador se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) durante los próximos días.

El expediente sancionador se justifica en "el cobro indirecto indebido de incentivos a clientes de gestión discrecional de carteras, derivados fundamentalmente de políticas de integración vertical al mantener el cobro de comisiones de gestión para dichos clientes por la sociedad gestora de IIC (instituciones de inversión colectiva) de su grupo".

Solventis había pedido ante la Audiencia Nacional que no hiciera público el expediente sancionador por potencial daño en su marca

La sanción, aprobada en diciembre de 2023, se produce tras una inspección a Solventis en la que se cuestiona las comisiones cobradas en las carteras de gestión discrecional en 2020 y 2021. Aunque ningún cliente ha reclamado, la CNMV considera que la sociedad de valores comercializó carteras con fondos de la gestora Solventis SGIIC, participada en un 100%, con comisiones por encima del valor de mercado. Por eso, la CNMV concluye que hubo incentivos implícitos para la matriz por integración vertical.

La CNMV basa su argumento en el artículo 220 quater de la Ley del Mercado de Valores, sobre "independencia en la gestión discrecional de carteras". Solventis, asesorado por FinReg, recuerda que este texto hace referencia a los incentivos de forma directa, no a retrocesiones implícitas o al concepto de integración vertical, que la CNMV solo ha explicado en un documento de preguntas y respuestas.

Foto: Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV. (Europa Press/Alejandro Martínez)

En el escrito ante la Audiencia Nacional, Solventis recuerda que esta tesis no está incluida en ninguna norma española o comunitaria. También señala que es un asunto "controvertido" el cálculo de las comisiones cobradas de más en función del valor de mercado.

Por otro lado, considera desproporcionada la sanción, teniendo en cuenta otras multas pasadas de la CNMV en el sector y, también, el tamaño de Solventis. La sociedad, según los últimos resultados publicados en el Registro Mercantil, registró pérdidas de 408.697 euros en 2022, con ingresos por valor de 7,2 millones. El número de empleados ascendió a 60.

Solventis indica a la Audiencia Nacional que en 2023 ha tenido pérdidas cercanas al millón de euros. No obstante, está en fase de crecimiento y acaba de comprar la boutique Altair. Los datos facilitados por Solventis a Inverco al cierre del año pasado son de 242 millones en gestión discrecional, mientras que la gestora administra 157 millones en fondos y 40 millones en sicavs. Altair, por su parte, sumará con su integración 91 millones en activos gestionados.

Nunca una sanción de la CNMV pudo ser tan importante para el negocio del sector financiero. La tesis que usa la Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) para restringir las comisiones de los fondos en el esquema favorito de la banca para comercializarlos está en entredicho en la Audiencia Nacional.

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