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El Supremo da la razón a CaixaBank en el conflicto más virulento entre familias del ladrillo en Valencia
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LOS PASTOR CONTRA TURRÓ

El Supremo da la razón a CaixaBank en el conflicto más virulento entre familias del ladrillo en Valencia

El tribunal falla en favor del banco y obliga a la constructora Cleop a pagar en dinero y no en acciones créditos fallidos por 15 millones. La sentencia afianza a los Pastor al frente de la promotora Urbem

Foto: Una de las oficinas de CaixaBank en Valencia. (EFE/Manuel Bruque)
Una de las oficinas de CaixaBank en Valencia. (EFE/Manuel Bruque)
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El Tribunal Supremo ha ratificado las sentencias de primera y segunda instancia que daban la razón a CaixaBank en un conflicto judicial con la constructora y concesionaria valenciana Cleop y ha obligado a esta a desembolsar en efectivo, y no a través de capitalización con acciones, una deuda de alrededor de 14 millones de euros que arrastraba desde que entró en concurso de acreedores hace más de una década. La compañía controlada por Carlos Turró y su familia arrancó inicialmente un convenio de acreedores que estipulaba una quita del 50% sobre su pasivo y la conversión de los acreedores en accionistas, intercambiando deuda por participaciones en el capital. Aquella decisión fue recurrida judicialmente por algunos de los acreedores, entre ellos CaixaBank, que había heredado esos créditos del Banco de Valencia y que se había convertido en segundo accionista de Cleop, con más del 16% de la propiedad, con el modelo de resolución del concurso acordado originalmente por el juzgado mercantil.

Con la decisión del Supremo que corrige el convenio de acreedores, Cleop, una empresa cotizada que está suspendida en Bolsa desde que se declaró su insolvencia, tendrá que abonar ahora en metálico unos créditos en los que usó como garantía acciones de la promotora valenciana Urbem, ahora controlada por la familia Pastor (José Pastor y sus hijas Vicenta y Maribel), y con larga trayectoria en el desarrollo de proyectos inmobiliarios en la Comunidad Valenciana, especialmente en Valencia.

Los Pastor y los Turró libran desde hace años una virulenta batalla por el control de Urbem que ha ido decantándose a favor de los primeros, fundadores de la empresa a través del patriarca José Pastor, junto a dos socios, Francisco March Dionis y Juan Miravalls Llopis, cuyas familias ya salieron del proyecto. El episodio más tenso, disparatado y esperpéntico en esa guerra se produjo en 2019, cuando la familia fundadora y Carlos Turró, que era socio minoritario, pero aspiraba a hacerse con la administración de la promotora, llegaron a las manos, junto con acompañantes y personal de seguridad, en un intento del segundo de acceder a las oficinas para obtener documentación.

Foto: El expresidente de Sareb, Javier García del Río, dirige ahora Sogeviso. (A. Martínez)

Finalmente, los tribunales reconocieron a José Pastor la condición de administrador único de la promotora frente a las pretensiones de Turró. Pero, además, los Pastor adquirieron a CaixaBank una parte importante de los créditos impagados de Cleop que tenían como colateral sus acciones en Urbem. Con las sentencias del juzgado mercantil en instancias inferiores que daban la razón al banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri, ejecutaron dichas garantías y, a día de hoy, superan holgadamente el 60% de participación en la inmobiliaria. Sin embargo, Cleop optó por agotar la vía de los recursos.

El fallo reciente de Supremo, del que ha tenido conocimiento El Confidencial a través de varias fuentes financieras y empresariales, da prácticamente por zanjado el pulso por Urbem, al atender la reclamación del banco y afianzar la posición de la familia Pastor. La promotora tiene importantes bolsas de suelo en Valencia que aspira a desarrollar. Además de iniciar la comercialización de más de un centenar de viviendas de protección pública en Malilla, acaba de arrancar la tramitación municipal de un Proyecto de Actuación Integrada (PAI) para 750 viviendas en el barrio de San Marcelino, en alianza con la filial de promoción de suelo de Banco Santander, LandCo, y forma parte del grupo de propietarios liderado por Metrovacesa que trata de desatascar el PAI de Benimaclet. Además, cuenta con activos terciarios como el Hotel Primus en la calle Menorca y oficinas en alquiler.

Foto: El edificio de los 'docks' en la Marina de Valencia. (Cedida)

Por su parte, Cleop cerró 2023 con cerca de 30 millones de euros de facturación, según sus propias cifras, e intereses en el sector de la obra pública en la Comunidad Valenciana y las residencias para mayores. La familia Turró también ha explorado el negocio de los centros de datos a través de la marca Nixval, con sede en Paterna.

Carlos Turró figura entre los empresarios investigados del caso Azud por el pago de más de 400.000 euros al despacho de abogado José María Corbín, cuñado de la que fue alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, entre 2006 y 2011. En esos años, Cleop era empresa concesionaria del consistorio dirigido por la fallecida dirigente del PP. La Fiscalía Anticorrupción sospecha que esos pagos eran sobornos o intentos de soborno por un posible tráfico de influencias de Corbín en el ayuntamiento, aprovechando su parentesco con la alcaldesa.

El Tribunal Supremo ha ratificado las sentencias de primera y segunda instancia que daban la razón a CaixaBank en un conflicto judicial con la constructora y concesionaria valenciana Cleop y ha obligado a esta a desembolsar en efectivo, y no a través de capitalización con acciones, una deuda de alrededor de 14 millones de euros que arrastraba desde que entró en concurso de acreedores hace más de una década. La compañía controlada por Carlos Turró y su familia arrancó inicialmente un convenio de acreedores que estipulaba una quita del 50% sobre su pasivo y la conversión de los acreedores en accionistas, intercambiando deuda por participaciones en el capital. Aquella decisión fue recurrida judicialmente por algunos de los acreedores, entre ellos CaixaBank, que había heredado esos créditos del Banco de Valencia y que se había convertido en segundo accionista de Cleop, con más del 16% de la propiedad, con el modelo de resolución del concurso acordado originalmente por el juzgado mercantil.

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