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Los afectados del Popular pueden sentarse a esperar: dos años para la sentencia europea
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ponen sus esperanzas en la audiencia nacional

Los afectados del Popular pueden sentarse a esperar: dos años para la sentencia europea

El Tribunal de Justicia de la UE tardará unos dos años en dictar una sentencia sobre si la resolución del Popular fue legal. Es posible que el procedimiento en España vaya más rápido

Foto: Vista general de los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (EFE)
Vista general de los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. (EFE)

Los afectados por la resolución del Banco Popular que no hayan aceptado los bonos ofrecidos por el Santander tendrán que armarse de paciencia en la vía judicial. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, tardará en torno a dos años en dictar sentencia sobre si la resolución del banco y su venta al Santander se ajustaron al derecho comunitario, según estimaciones tanto de la entidad como de algunos de los demandantes. Ante este panorama, las mayores esperanzas se trasladan a la Audiencia Nacional, pero no en la vía penal, sino en la civil.

Foto: (Imagen:Enrique Villarino)

El abogado de uno de los antiguos grandes accionistas del Popular explica que "una estimación razonable puede ser dos años, aunque quizá sea un poco menos. La vista puede tener lugar a finales de 2018 o principios de 2019, pero el tribunal de la UE puede tardar hasta finales de 2019 en dictar una sentencia y hacerla pública". Fuentes del Santander coinciden con esta estimación temporal.

Esta tardanza supone un importante revés para los afectados que habían depositado sus mayores esperanzas en la Justicia europea, confiando en que el Santander tuviera menos ascendencia que sobre la española y, precisamente, que fuera más rápida. Además, distintos expertos consultados coinciden en que es muy difícil que el tribunal de Luxemburgo anule una resolución de otra institución comunitaria (en este caso, la Junta Única de Resolución, parte del BCE), que además mostró un enorme celo en cumplir todas las leyes europeas de resolución bancaria. Asimismo, anular la primera resolución de un banco conforme a estas normas provocaría una importante inseguridad jurídica sobre el mecanismo europeo de resolución para casos futuros.

placeholder Nueva sede del Banco Popular.
Nueva sede del Banco Popular.

Con este panorama, los afectados vuelven su vista hacia España, concretamente a la Audiencia Nacional. Pero aquí las perspectivas no son mucho más halagüeñas. El caso Bankia nos enseña lo que puede tardar en resolver la vía penal: la salida a bolsa de la entidad rescatada se produjo en julio de 2011 y todavía no hay fecha para el juicio. Es posible que la instrucción del caso Popular, que lleva el mismo juez (Fernando Andreu), sea más breve tras esta experiencia. Pero como también ha solicitado un informe a peritos del Banco de España y tiene que tomar declaración a más de 30 imputados, se antoja inviable tener una sentencia antes de dos años.

La vía civil, la opción más prometedora

La vía contencioso-administrativa tampoco parece una opción, puesto que la Audiencia ha planteado al tribunal de la UE si debe esperar a su sentencia antes de estudiar los recursos contra la resolución del FROB, que ejecutó la decisión de la JUR. Y lo más probable es que Luxemburgo le conteste que sí. Por tanto, la única opción que podría dar resultados positivos en un plazo razonable es la civil, aunque no existe ninguna garantía al respecto.

En esta vía, los afectados cuentan con el inestimable precedente de la sentencia del Supremo sobre Bankia, en la que consideraba que la reformulación de las cuentas que hizo Goirigolzarri implicaba automáticamente que las de Rato eran falsas, lo que obligaba a la entidad a devolver el dinero de la salida a bolsa a los inversores minoristas. Como es sabido, Saracho 'reexpresó' las cuentas de 2016 del Popular en abril de 2017. No obstante, lo normal sería que, para llegar al Supremo desde los juzgados de primera instancia, hicieran falta más de dos años.

El Santander, a cubierto de los litigios

En todo caso, como adelantó El Confidencial, el Santander tiene provisionado el potencial impacto de las demandas por la resolución del Popular (finalmente ha destinado 872 millones a cuenta de los fondos propios del Popular a los litigios y bonos de fidelización), por lo que una eventual anulación de la resolución o condena por las cuentas de la ampliación de capital de 2016 no tendría impacto en sus cuentas.

Mirabaud destacaba ayer este aspecto en un informe sobre el mayor banco español: "Tal y como afirmaron en la presentación de la adquisición, en su valoración habían contemplado la posibilidad de que hubiera litigios futuros, por lo que el colchón existente generado en el 'badwill' de la transacción debería cubrir, a nuestro modo de ver, dichas situaciones". Este banco privado recuerda que hay 320.000 pequeños accionistas que no han aceptado los bonos de fidelización que son potenciales demandantes, pero también considera posible un acuerdo del Santander con los tenedores de CoCos del Popular sin necesidad de esperar a una sentencia judicial.

Los afectados por la resolución del Banco Popular que no hayan aceptado los bonos ofrecidos por el Santander tendrán que armarse de paciencia en la vía judicial. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, tardará en torno a dos años en dictar sentencia sobre si la resolución del banco y su venta al Santander se ajustaron al derecho comunitario, según estimaciones tanto de la entidad como de algunos de los demandantes. Ante este panorama, las mayores esperanzas se trasladan a la Audiencia Nacional, pero no en la vía penal, sino en la civil.

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