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Zapatero declaró secreta la lista del Sepblac que ahora Sánchez quiere revelar
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LA LEY INTERNACIONAL LO PROHÍBE

Zapatero declaró secreta la lista del Sepblac que ahora Sánchez quiere revelar

La lista de los 715 presuntos defraudadores en manos del Sepblac es de carácter secreto. Así se aprobó en 2010, gobernando Zapatero. El entonces diputado socialista, Pedro Sánchez, voto a favor

Foto: El líder del PSOE, Pedro Sánchez (i) conversa con el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. (EFE)
El líder del PSOE, Pedro Sánchez (i) conversa con el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. (EFE)

Los tiempos están cambiando. Tanto que ahora el líder del PSOE, Pedro Sánchez, ha reclamado en sede parlamentaria que el Gobierno publique los 715 nombres que la Agencia Tributaria ha enviado –la lista ha engordado en las últimas semanas–al Servicio de Blanqueo de Capitales. Se da la circunstancia, sin embargo, de que el último Gobierno socialista fue quien declaró ‘secretas’, precisamente, todas las actuaciones del Sepblac.

En concreto, la ley de prevención de blanqueo de capitales –aprobada en 2010–deja meridianamente claro que “la información y documentación de que disponga el Servicio Ejecutivo de la Comisión y los informes de inteligencia financiera tendrán carácter confidencial”. No sólo eso, la ley precisa que deben "guardar reserva toda autoridad o funcionario que acceda a su contenido”. El director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, anunció hace meses que Hacienda había remitido al Sepblac 705 expedientes por sospechar que podrían ser constitutivos de algún ilícito. Esos expedientes corresponden a las declaraciones del modelo 750 de regularización fiscal.

La norma no es un capricho del legislador ni una rareza del Gobierno de turno. España forma parte desde 1990 del GAFI (Grupo de Acción Financiera), el organismo intergubernamental encargado de luchar contra el blanqueo de capitales, y que tiene su origen en el G7. Como miembro permanente, el Estado está obligado a cumplir las recomendaciones que periódicamente se hacen, entre ellas la confidencialidad en labores de comprobación y análisis de los posibles fraudes.

Y fue, precisamente en el último informe, publicado hace apenas cinco meses, en el que el GAFI consideró que España (recomendación 21) cumplía con los estándares requeridos. El Grupo de Acción Financiara recuerda en su informe sobre España que las autoridades competentes “tienen obligación de mantener la confidencialidad respecto de cualquier solicitud de cooperación y de la información intercambiada, en consonancia con las exigencias de protección de datos”. No hay margen, por lo tanto, de actuación por parte de ningún Gobierno a la hora desvelar los nombres, salvo que se arriesgue a sufrir la censura pública del organismo encargado de luchar contra el blanqueo de capitales a nivel internacional.

Filtraciones indeseadas

España, de hecho, tuvo problemas con este asunto en el pasado. Hasta el punto de que el documento del GAFI recuerda que “tras una revelación no autorizada” que hizo que una UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) suspendiera sus relaciones con el Sepblac, “estos problemas se han resuelto”. O dicho de otra forma, no se han detectado filtraciones.

Cuando se aprobó la ley española contra el blanqueo de capitales –abril de 2010–,el entonces diputado ‘raso’ Pedro Sánchez votó a favor de la norma. Al igual que Izquierda Unida, pese a que ahora ambos grupos piden que el Sepblac revele la identidad de quienes han podido defraudar.

La obligación de mantener la confidencialidad de las actuaciones no sólo afecta a los funcionarios del Sepblac. También a los que la ley denomina ‘obligados’, que pueden ser los bancos, las sociedades de inversión, los promotores inmobiliarios, los notarios o los registradores involucrados.

La no publicación de los nombres de quienes están inmersos en inspecciones fiscales ya está regulada en el artículo 95 de la Ley General Tributaria. El Gobierno, como se sabe, aprobó el pasado viernes su reforma (introduciendo un apartado bis) para incluir la célebre lista de morosos (más de un millón de euros). Sin embargo, en su dictamen preceptivo el Consejo de Estado advertía de que esta publicidad no era ilimitada, y que debía ser proporcional al objeto que se persigue (la censura pública).

El artículo 95 original permanece igual. Y textualmente dice que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado. Por lo tanto, no pueden ser utilizados si no es para la “efectiva aplicación de tributos”. Pero nunca con fines propagandísticos vinculados a la oportunidad política. Sobre todo cuando se trata de expedientes inconclusos que ni siquiera estánjudicializados.

Los tiempos están cambiando. Tanto que ahora el líder del PSOE, Pedro Sánchez, ha reclamado en sede parlamentaria que el Gobierno publique los 715 nombres que la Agencia Tributaria ha enviado –la lista ha engordado en las últimas semanas–al Servicio de Blanqueo de Capitales. Se da la circunstancia, sin embargo, de que el último Gobierno socialista fue quien declaró ‘secretas’, precisamente, todas las actuaciones del Sepblac.

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