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Tocada pero no hundida: la banca seguirá incluyendo suelo en sus hipotecas
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A PESAR DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNA SUPREMO

Tocada pero no hundida: la banca seguirá incluyendo suelo en sus hipotecas

“No van a desaparecer ni mucho menos. Las cláusulas suelo seguirán presentes en los contratos hipotecarios a pesar de la sentencia del Tribunal

Foto: Protestas en contra de las cláusulas suelo (Efe).
Protestas en contra de las cláusulas suelo (Efe).

“No van a desaparecer ni mucho menos. Lascláusulas sueloseguirán presentes en loscontratos hipotecariosa pesar de laSentencia del Tribunal Supremo”, aseguran aEl Confidencialfuentes financieras.

El propio Banco de España también da por sentado que seguirán existiendo, de la misma manera que seguirán comercializándose los polémicosswapso lashipotecas multidivisa, con frentes judiciales abiertos por toda España.

Así ha quedado patente en la 'Guía de acceso al préstamo hipotecario', recientemente publicada en la web del organismo supervisor y que deberá estar disponible, de forma gratuita, en las sucursales y en los sitios digitales de las entidades financieras que ofrezcanpréstamos hipotecarios.

La sentencia del Alto Tribunalno aboca a la desaparición de dichas cláusulas. Ni las presentes -las que ya existen en los contratos hipotecarios- ni las futuras. De hecho, en ningún momento cuestiona sulegalidad. Todo lo contrario. Tal y como recoge elabogado Óscar Serrano en su blog, el Supremo "se limita a exigir el cumplimiento delprincipio de transparenciaen las actuaciones de las entidades financieras que está claramente recogido en la normativa de protección de consumidores y usuarios de banca". Y, por tanto, solamente declara nulas aquellas cláusulas que fueron incorporadas a lashipotecassin que los consumidores fueran informados adecuadamente de su presencia y de sus implicaciones.

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"Hay entidades financieras que consideran que han hecho bien su trabajo y no quieren asumir las pérdidas que supondría su eliminación", apuntan fuentes financieras. Hay bancos que insisten en que informaron adecuadamente a sus clientes y, por tanto, no tienen intención de eliminarlas de suscontratos, en contra de la pretensión delGobierno de que la supresión de estas cláusulas se extienda a todas las entidades.

Presentes en la oferta hipotecaria actual

Actualmente, dentro de laoferta hipotecaria, hay productos concláusulas suelo. Y seguirán existiendo en el futuro porque, como reiteran los bancos, son legales. Simplemente se insistirá en que el consumidor esté perfectamente informado de su presencia, tal como ha dejado claro en Banco de España en su guía parafuturos hipotecados.

Los notarios jugarán un papel clave para que así sea. Así, en dicho documento, el organismo supervisor insiste en la obligación de los notarios, “en su condición de funcionarios públicos y derivado de su deber genérico de control de legalidad de los actos y negocios que autorizan”, deinformar al clientedel valor y alcance de las obligaciones que asume y, en el caso depréstamos a interés variable, asegurarse de que el cliente ha sido informado y advertido de la existencia delímites a la variación del tipo de interés, comocláusulas suelo o techo.El notario está obligado a informar al cliente sobre los límites a la variación del tipo de interés, como cláusulas suelo o techo

El Banco de España señala que el notario deberá dejar constancia en la escritura de esta circunstancia, "advirtiendo expresamente de ello al cliente e informándole, en todo caso, sobre "los efectos de estos límites ante lavariación del tipo de interésde referencia" o "las diferencias entre los límites al alza y a la baja y, de manera especial, si se ha establecido únicamente un límite máximo a labajada del tipo de interés".

Pero además, para que no quede ningún cabo suelto, y se dé por informado plenamente al cliente, el Banco de España señala que"surge la obligación del notario de recabar del prestatario, en el momento de la escritura, unaexpresión manuscritasuya por la que manifiesta haber sido advertido de los riesgos derivados del contrato". Si éste incorporacláusulas suelo y techo, si lleva asociada la contratación de instrumentos decobertura del riesgo de tipos de interéso si se concede en una o varias divisas -hipotecas multidivisa-.

El propio organismo supervisor propone en su guía, la transcripción de un texto determinado para este fin:

“Soy conocedor de que mipréstamo hipotecario:

ii(i) establece limitaciones [indicar cuál/es: suelos y/o techos] a lavariabilidad del tipo de interés;

i(ii) lleva asociada la contratación de uninstrumento de cobertura del riesgo de tipo de interés[indicar cuál], y

(iii) está concedido en la/s siguiente/s divisa/s [indicar cuál/es].

Además, he sido advertido por la entidad prestamista y por el notario actuante, cada uno dentro de su ámbito de actuación, de los posibles riesgos del contrato y, en particular, de que:

a) eltipo de interés de mi préstamo, a pesar de ser variable,nunca se beneficiará de descensos del tipo de interésde referencia por debajo del [límite mínimo del tipo de interés variable limitado];

b) las eventuales liquidaciones periódicas asociadas al instrumento de cobertura delpréstamopueden ser negativas, y

c) mi préstamo no se expresa en euros y, por lo tanto, el importe en euros que necesitaré para pagar cada cuota variará en función del tipo de cambio de [moneda del préstamo/euro]".

“No van a desaparecer ni mucho menos. Lascláusulas sueloseguirán presentes en loscontratos hipotecariosa pesar de laSentencia del Tribunal Supremo”, aseguran aEl Confidencialfuentes financieras.

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