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La Justicia europea avala prohibir el velo a una empleada por "imagen de neutralidad"
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SE PROHIBIERON TODOS LOS SÍMBOLOS

La Justicia europea avala prohibir el velo a una empleada por "imagen de neutralidad"

El TJUE establece que tal decisión forma parte de la política del empresario ante sus clientes, aunque matiza que el primero debe aducir una "verdadera necesidad"

Foto: Una joven musulmana luce el velo en una ciudad alemana, en una imagen de archivo de 2019. (EFE)
Una joven musulmana luce el velo en una ciudad alemana, en una imagen de archivo de 2019. (EFE)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este jueves que un empresario puede prohibir llevar velo a una trabajadora para preservar una imagen de neutralidad religiosa ante sus clientes.

Según el fallo del tribunal con sede en Luxemburgo, la norma interna de vestimenta puede estar justificada por la voluntad del empresario de seguir un régimen de neutralidad política, filosófica y religiosa ante sus clientes, aunque establece que no prima la mera voluntad del empresario, sino que este debe aducir una "verdadera necesidad".

Foto: Propina. (iStock)

El TJUE se ha pronunciado así sobre el litigio de dos trabajadoras alemanas con sus empleadores, una asociación benéfica y una farmacia, que les obligaron a acudir al puesto de trabajo sin signos religiosos ostensibles.

Para el tribunal europeo, la clave es que la norma de vestimenta se aplique de forma general e indiferenciada entre todos los empleados, de tal forma que no constituya una discriminación. Entiende que en estos casos no se estableció una diferencia de trato entre trabajadores basada en un criterio ligado a la religión o a las convicciones, puesto que también se pidió a otros trabajadores retirar otros símbolos religiosos.

Si la norma se aplica de forma indiferenciada entre todos los empleados, no constituye una discriminación

En todo caso, ha señalado que los órganos jurisdiccionales nacionales deben evaluar la verdadera necesidad del empresario y, en el marco de la conciliación de los derechos e intereses en juego, tener en cuenta el contexto propio del Estado miembro y sus disposiciones nacionales más favorables para la protección de la libertad religiosa.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este jueves que un empresario puede prohibir llevar velo a una trabajadora para preservar una imagen de neutralidad religiosa ante sus clientes.

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Luxemburgo
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