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Usar una pegatina de la ITV para un coche que no ha pasado la inspección ya es delito
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Usar una pegatina de la ITV para un coche que no ha pasado la inspección ya es delito

El distintivo de la ITV es uno de los elementos que la DGT suele comprobar en sus controles habituales y en campañas especiales de tráfico

Foto: Una pegatina de la ITV
Una pegatina de la ITV

Conducir con una pegatina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando no se haya sometido o aprobado la revisión el coche ya es delito: así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que deja claro que el uso no autorizado de este distintivo oficial sin haber superado favorablemente la inspección es "constitutivo de delito de uso de certificación falsa", previsto en el artículo 399.2 del Código Penal. El artículo en cuestión prevé penas de multa de tres a seis meses en caso de hacer uso de esta certificación incluso sin haber intervenido en su posible falsificación.

Le pegatina de la ITV debe ir siempre situada de forma visible en la luna delantera, en todos los casos en los que la antigüedad del vehículo exija que se pase esta inspección técnica. El alto tribunal ha destacado en su sentencia que el proceso de certificación o control corresponde a la Administración pública, por lo que "cualquier reproducción o manipulación de estos marcadores, o la utilización no autorizada de los sellos legítimos, se integra de manera definitiva en la ordinaria finalidad probatoria que se asigna al distintivo original y adquiere por ello su pleno significado, por lo que se encuadra plenamente en los dos primeros números del artículo 399 del Código Penal", es decir, entraría dentro de las definiciones de este tipo de delitos.

Foto: Un operario de la ITV pasa revisión a un coche. (EFE)

El caso concreto que ha dado lugar a este sentencia hace referencia al propietario de un coche que llevaba en la luna delantera un distintivo V-19 (es decir, la pegatina de la ITV), con fecha de validez hasta septiembre de 2019 cuando el vehículo tenía caducada la inspección desde mayo de 2016. El acusado lo hizo, según pudo probar el juzgado de lo Penal de Jerez y luego la Audiencia de Cádiz, "con un fin falsario y con el objeto de no ser sancionado por tener la ITV caducada". En este caso, el distintivo no era falso, sino auténtico, pero él no era su titular legítimo. El acusado ha sido condenado a una multa de 720 euros.

El distintito de la ITV es una de los diferentes elementos que la DGT comprueba en sus controles habituales y en campañas especiales. En la Inspección Técnica de Vehículos se revisan, entre otras cosas, los papeles del coche, el funcionamiento de las luces, intermitentes, el estado de las ruedas (incluida la de respuesto), el arranque, los cinturones de seguridad o el portón trasero. También el funcionamiento del motor, las emisiones de gases y el funcionamiento de suspensiones, frenos, freno de mano y dirección. El precio de una ITV suele oscilar entre los 35 y los 70 euros. La sanción por no llevar la pegatina de la ITV, adscrita al vehículo y no al conductor, es de unos 80 euros.

Conducir con una pegatina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando no se haya sometido o aprobado la revisión el coche ya es delito: así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que deja claro que el uso no autorizado de este distintivo oficial sin haber superado favorablemente la inspección es "constitutivo de delito de uso de certificación falsa", previsto en el artículo 399.2 del Código Penal. El artículo en cuestión prevé penas de multa de tres a seis meses en caso de hacer uso de esta certificación incluso sin haber intervenido en su posible falsificación.

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