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La ITV ya está en marcha: prórrogas, cita previa, caducidad y otras dudas frecuentes
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Guía para pasar revisión en la desescalada

La ITV ya está en marcha: prórrogas, cita previa, caducidad y otras dudas frecuentes

Para realizar la inspección será obligatorio concertar una cita previa y acudir con mascarilla, mientras que no habrá ningún tipo de prioridad para vehículos medicalizados o de transporte público

Foto: Un operario de la ITV pasa revisión a un coche. (EFE)
Un operario de la ITV pasa revisión a un coche. (EFE)

Las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) han reabierto sus puertas en toda España, independientemente de su superficie y de la fase de desescalada en que se encuentre cada territorio, para atender a los cinco millones de coches pendientes de revisión desde que se declarara el estado de alarma. Los usuarios que deban pasar el trámite pueden hacerlo desde el pasado 18 de mayo, pero sólo si cumplen con las medidas de higiene oportunas y piden cita previa.

Así se recoge en la Orden SND/414/2020 publicada el pasado 16 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que también establece una prórroga de los plazos de las ITV para aquellos vehículos cuya fecha de próxima inspección coincidiera con el estado de alarma en 15 días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio de ese período hasta que se hubiera producido el vencimiento. Ahora, según lo establecido por la Orden del Ministerio de Sanidad, los tramos para pasar la ITV serán escalonados y se fijarán según las fechas a continuación detalladas:

  • Del 14 a 20 de marzo: 45 días.
  • Del 21 a 27 de marzo: 60 días.
  • Del 28 de marzo a 3 de abril: 75 días.
  • Del 4 al 10 de abril: 90 días.
  • Del 11 al 17 de abril: 105 días.
  • Del 18 al 24 de abril: 120 días.
  • Del 25 de abril al 1 de mayo: 135 días.
  • Del 2 al 8 de mayo: 150 días.
  • Del 9 al 15 de mayo: 165 días.
  • Del 16 al 22 de mayo: 180 días.
  • Del 23 al 19 de mayo: 195 días.
  • Del 30 de mayo al 5 de junio: 210 días.
  • Del 5 de junio al 7 de junio: 225 días.

Expuesto con un ejemplo: si a un turismo de 10 años le caducó la ITV el 24 de marzo (dos semanas después de la declaración del estado de alarma), con la obligatoriedad de una inspección anual, tendrá de límite para realizarla un plazo de 30 días después de finalizado el estado de alarma más 30 días adicionales (dos semanas por 15 días). Es decir, el límite será de 60 días naturales. Esta regla se aplica a todo tipo de vehículos con inspección caducada durante el estado de alarma, salvo a los vehículos agrícolas destinados a labores en el campo, cuya validez de la ITV será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.

Foto: Los concesionarios e ITV podrán abrir en la Fase 1 "sea cual sea su superficie". (EFE)

¿Y si la inspección del vehículo se realizó antes del estado de alarma y el resultado fue desfavorable? El plazo de dos meses para pasar la segunda inspección quedó en suspenso desde el 14 de marzo y el cómputo se reanudará a partir del 1 de junio, conforme al artículo 9 del Real Decreto 537/2020. Si hubiera pasado un mes antes de que el cómputo se paralizara, al usuario sólo le quedaría un mes desde el 1 de junio para pasar la segunda revisión una vez subsanados los errores detectados.

¿Cuál será la fecha de caducidad?

Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas. De ahí que la Asociación Española de Entidades Colaboradoras con la Administración en la ITV (AECA-ITV) recomiende a los usuarios no demorar el trámite. Explicado con un caso práctico: si un conductor al que le caducaba la ITV el 1 de abril, pasó la revisión el 19 de julio en virtud de la prórroga, la fecha de inicio de validez será el 1 de abril de 2020, no el 19 de julio de 2020.

La situación cambia ante una segunda inspección. En el supuesto de que un conductor hubiera pasado una revisión con resultado desfavorable, por ejemplo, el 14 de febrero; y otra con resultado favorable el 2 de junio, la fecha de inicio de validez sería esta última, al entenderse que su ITV no caducó durante el estado de alarma, sino que el plazo para subsanar los errores estaba suspendido. Sin embargo, si la primera inspección desfavorable se hubiera realizado cuando ya estaba en vigor el estado de alarma, la caducidad comienza a contar desde entonces. Es decir, el inicio de la validez para alguien a quien se le mandó al taller el 14 de abril y volvió a pasar la revisión el 2 de junio es el 14 de abril. Si el vehículo realizó su primera ITV desde que se matriculó durante el estado de alarma, debe considerarse como fecha de validez la de primera matriculación.

Foto: Tarifas de la ITV en 2020. (Foto:Unsplash)

¿Qué pasa con las citas antiguas?

En todos los casos es obligatorio concertar previamente una cita en la estación de ITV en la que se desee realizar la inspección, proceso que se puede llevar a cabo a través de la web específica de cada comunidad o por vía telefónica. La normativa no ha previsto un trato diferenciador entre tipologías de vehículos, por lo que desde las estaciones de ITV se está atendiendo a todos los interesados en función de la cita previa concertada, ya sean particulares, taxis o medicalizados.

De acuerdo con AECA-ITV, quienes ya tenían cita previa antes de la aplicación del estado de alarma, no tienen que sacar una nueva cita. Por norma general, la entidad de ITV está reprogramando las citas e informando al usuario de la nueva fecha asignada. En caso contrario, es aconsejable ponerse en contacto con la estación correspondiente para recibir información más detallada de la situación en particular.

¿Tengo que llevar mascarilla?

Tal y como marca la Orden SND/422/2020, el uso de mascarillas es obligatorio para toda persona mayor de seis años en los espacios públicos o de uso público donde no sea posible mantener una distancia de seguridad de, al menos dos metros. Aunque en los coches particulares únicamente hay que usar estos elementos de protección cuando se viaja acompañado de personas con las que no se convive, AECA-ITV asegura que los conductores están obligados a llevarlas cuando acudan a pasar la ITV.

Las estaciones de ITV han implantado todas las medidas de protección y prevención sanitaria oportunas para poder reabrir sus instalaciones, lo cual se traducirá en una novedad sustancial. Con la finalidad de reducir al máximo el contacto entre el personal y el usuario para evitar la propagación del coronavirus, el inspector no se introducirá en el vehículo. Así lo establece la versión del 'Manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV' referida específicamente al covid-19 que el Ministerio de Industria ha aprobado de forma excepcional.

Las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) han reabierto sus puertas en toda España, independientemente de su superficie y de la fase de desescalada en que se encuentre cada territorio, para atender a los cinco millones de coches pendientes de revisión desde que se declarara el estado de alarma. Los usuarios que deban pasar el trámite pueden hacerlo desde el pasado 18 de mayo, pero sólo si cumplen con las medidas de higiene oportunas y piden cita previa.

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