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¿Afectado por la huelga de Air Europa? Estos son los atropellos por los que puedes reclamar
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Paros convocados para el 1, 2, 4 y 5 de mayo

¿Afectado por la huelga de Air Europa? Estos son los atropellos por los que puedes reclamar

Los afectados por las cancelaciones de las aerolíneas tienen derecho a recibir el reembolso íntegro del billete que no han podido disfrutar

Foto: Paneles en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. (EFE/Kiko Huesca)
Paneles en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. (EFE/Kiko Huesca)

Los pilotos de Air Europa tienen convocada una huelga que coincide con la operación retorno del puente de mayo. Los días seleccionados por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) para realizar estos paros son el 1, 2, 4 y 5 de mayo. Estas protestas, que se seguirán en todas las bases de España, provocarán cancelaciones o retrasos en un número significativo de los vuelos que opera la aerolínea en esas fechas. Si usted es uno de los perjudicados, sepa que puede reclamar el reembolso del billete, además de una indemnización de al menos 250 euros y una compensación por los gastos que le haya ocasionado la anulación de su viaje.

Los afectados por las cancelaciones de las aerolíneas tienen derecho a recibir el reembolso íntegro del billete que no han podido disfrutar. De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento 261/2004, la devolución del dinero deberá realizarse en un periodo máximo de siete días, aunque el cliente no tendrá la opción de cobrarlo si previamente ha aceptado el transporte alternativo que la compañía haya puesto a su disposición para llegar al destino.

Foto: Estas jornadas de paro coincidirán con el próximo puente festivo del Primero de Mayo. (EFE/José Valle)

Los pasajeros también tienen derecho a recibir una indemnización, que oscila entre los 250 euros y los 600 euros en función de la distancia del vuelo. También puede solicitarse una compensación por retrasos de más de tres horas o cuando al cliente se le deniegue el embarque por overbooking. Además, la ley permite reclamar una contrapartida económica extra si existe un perjuicio adicional. Por ejemplo, si el viajero pierde un tren o falta a una entrevista de trabajo debido a la cancelación o la demora de un vuelo.

La aerolínea puede intentar librarse de pagar las indemnizaciones alegando que las cancelaciones se deben a las "circunstancias extraordinarias" devenidas del conflicto laboral que mantiene con sus pilotos. Pero una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018 dictaminó que una huelga de trabajadores no se considera dentro del concepto "circunstancias extraordinarias", por lo que "la compañía tampoco puede negarse a las compensaciones que se le exijan".

No obstante, las aerolíneas no están obligadas a pagar ningún tipo de compensación si han informado de la cancelación con 14 días de antelación respecto a la salida del vuelo. En el caso de Air Europa, Sepla convocó la huelga el pasado 19 de abril, con lo que es imposible que la compañía haya cumplido con este preaviso de dos semanas, al menos en lo que respecta a los vuelos programados para los dos primeros días de paros.

Foto: Avión de Air Europa. (Reuters/Borja Suárez)

También estará exenta de pagar una indemnización si comunica la cancelación con entre dos semanas o siete días de antelación y, además, ha ofrecido un transporte alternativo que salga con dos horas de antelación, como mucho, y llegue al destino final con menos de cuatro horas de retraso. Y en el caso de haber suprimido el vuelo con menos de siete días de anticipación, la aerolínea podrá reducir la compensación a pagar si ofrece un transporte alternativo que salga con una hora de antelación, como mucho, y llegue al destino con menos de dos horas de retraso.

Para recuperar su dinero o exigir una indemnización, lo primero que debe hacer es recopilar toda la documentación (billete, recibos, correos electrónicos) que tenga sobre el vuelo y pedir a la compañía información sobre los motivos de la cancelación. Cuando disponga de toda la documentación, puede solicitar la ayuda de una empresa especializada en reclamar a las aerolíneas o iniciar el proceso por su cuenta. En cualquier caso, habrá que cumplimentar el formulario de reclamación de derechos de los pasajeros aéreos de la Unión Europea (UE) y entregárselo a la empresa, que en este caso es Air Europa.

placeholder Stand de servicio de Air Europa en Telde, Gran Canaria. (Reuters/Borja Suárez)
Stand de servicio de Air Europa en Telde, Gran Canaria. (Reuters/Borja Suárez)

Si la empresa no atiende esta petición, se debe reclamar a la administración nacional competente del país en el que le cancelaron el vuelo. En el caso de que todavía siga haciendo oídos sordos, habrá que iniciar la vía judicial. Para ello, los afectados deben recordar que si la cuantía que reclaman es menor a 2.000 euros, no necesitan contratar a ningún abogado o procurador, con lo que el coste del proceso será menor. Lo único que hay que hacer es interponer una demanda en el juzgado en el plazo de un mes después de haber enviado el formulario a la compañía aérea.

Además, cabe recordar que la aerolínea responsable de la cancelación de un vuelo debe ofrecer a los afectados comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico, alojamiento en un hotel si es necesario pernoctar y transporte entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje, según explica el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en su página web.

Maleta de mano

Más allá de cancelaciones o retrasos, los pasajeros también pueden reclamar a la aerolínea si esta les cobra un extra por llevar la maleta de mano en cabina. Se trata de una práctica habitual entre compañías low cost como Vueling o Ryanair que, sin embargo, ya ha sido declarada ilegal por los tribunales al considerar que es una cláusula abusiva. La sentencia más relevante en este sentido la dictó el TJUE en 2014, cuando obligó a Vueling a indemnizar a un viajero al que cobraron un suplemento por este motivo. La Sala determinó que el equipaje se considera un "elemento indispensable del transporte de los pasajeros", por lo que su llevanza "no puede ser objeto de un suplemento de precio". En resumen: esta opción debe ser siempre gratuita, siempre y cuando el equipaje respete las dimensiones mínimas fijadas por la empresa.

Del mismo modo, la compañía aérea tampoco puede cobrar cuando obliga a facturar la maleta de mano porque la cabina va demasiado llena. En caso de que exijan un abono, el afectado tiene derecho a poner una reclamación no solo por el importe que ha pagado injustamente, sino también puede pedir un extra como indemnización.

Imprimir la tarjeta de embarque

Otra práctica considerada como abusiva por la justicia es cobrar un extra por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto. De nuevo, se trata de una treta frecuente entre las aerolíneas low cost. En el momento de comprar el billete, alertan de que el usuario debe presentarse en la puerta de embarque con el billete impreso, so pena de sufrir una penalización económica si necesita que el personal de tierra lo expida en los mostradores de facturación antes del vuelo.

Otra práctica que también es considerada como abusiva es cobrar un extra por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto

En 2010, sin embargo, un juzgado de Barcelona ya declaró nula esta cláusula y obligó a Ryanair a devolver los 40 euros que había cobrado a una pasajera por este motivo. En el fallo, el magistrado aseveró que la impresión del billete es una "condición general inserta en un contrato de adhesión suscrito entre un empresario y un consumidor", por lo que la compañía no puede negociar sobre esta cuestión.

Corregir el nombre del billete: gratis

Por último, las aerolíneas tampoco pueden cobrar un extra a los pasajeros por corregir su nombre en la reserva del billete de avión. Así lo estableció la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una resolución hecha pública en febrero de este año en la que pone coto a otra de las prácticas habituales por algunas aerolíneas, que exigen recargos de entre 30 y 160 euros a los viajeros por enmendar un error en sus datos personales.

Foto: Muchas aerolíneas cobran por este trámite. (EFE/Ronald Wittek)

En el dictamen, la Agencia indicó que la gestión de cambiar el nombre u otros datos personales del pasajero está amparada dentro del derecho a rectificación a los datos personales, recogido en el artículo 16 del Reglamento Europeo sobre Protección de Datos (RGPD) y que reconoce el derecho de los ciudadanos a "obtener, sin dilación indebida del responsable del tratamiento, la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional". Por tanto, las modificaciones en ese tipo de información debe ser siempre gratuito, zanjó el organismo.

Los pilotos de Air Europa tienen convocada una huelga que coincide con la operación retorno del puente de mayo. Los días seleccionados por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) para realizar estos paros son el 1, 2, 4 y 5 de mayo. Estas protestas, que se seguirán en todas las bases de España, provocarán cancelaciones o retrasos en un número significativo de los vuelos que opera la aerolínea en esas fechas. Si usted es uno de los perjudicados, sepa que puede reclamar el reembolso del billete, además de una indemnización de al menos 250 euros y una compensación por los gastos que le haya ocasionado la anulación de su viaje.

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