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Se eleva al Supremo el recurso de Greenpeace para lograr derribar El Algarrobico
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construido en 2003

Se eleva al Supremo el recurso de Greenpeace para lograr derribar El Algarrobico

Los implicados (ayuntamiento, empresa promotora y organización ambiental) tienen 30 días para comparecer en el alto tribunal tras años de lucha legal en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Foto: Activistas de Greenpeace, frente al hotel El Algarrobico. (EFE/Pablo Bazquez)
Activistas de Greenpeace, frente al hotel El Algarrobico. (EFE/Pablo Bazquez)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado el recurso de Greenpeace a la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) para que dirima si procede o no ordenar al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que inicie el expediente para la demolición del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico. El alto tribunal andaluz emplaza en un auto, tanto al ayuntamiento carbonero, como a la empresa promotora y al colectivo conservacionista a que comparezcan en plazo de 30 días ante el Supremo y le remite el procedimiento, si bien no se pronuncia sobre el recurso que también presentó el consistorio.

Greenpeace anunció en septiembre recurso contra la sentencia del TSJA de julio de 2021 que, si bien resolvió ordenar al consistorio que iniciase la revisión de oficio de la licencia municipal de obras concedida para construir el hotel en 2003, rechazó la petición de que obligase a iniciar el expediente de demolición.

"El hotel es ilegal e ilegalizable y la única forma de restablecer la legalidad urbanística es la demolición, dado que la licencia ha sido anulada"

En su escrito, el colectivo argumenta que para dictar su resolución la sala de lo contencioso-administrativo "no tuvo en cuenta" el "efecto de nulidad en cascada" que, según sostiene, supone que la licencia municipal de obras "no tiene ya valor jurídico" al haber sido anulado en sentencia firme el planeamiento urbanístico municipal que hizo posible su concesión. Alude al fallo judicial que declaró urbanizable de especial protección el sector ST-1 y el ST-2 colindante, por estar enclavados ambos en áreas de especial protección del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.

Reprocha que el TSJA no aplicó el principio de "economía procesal" y argumenta que la revisión de oficio de la licencia de obras que sí ha ordenado como paso previo a la demolición es un "mero requisito formal", ya que tilda de "materialmente imposible" que la citada revisión de oficio por parte del ayuntamiento finalice con "la declaración de su legalidad". "La licencia de obras es radicalmente ilegal y, si supeditamos la demolición del hotel al expediente de revisión de oficio cuyo final lógicamente tiene que ser la nulidad de la licencia, estaremos repitiendo la solicitud de demolición dentro de varios lustros", critica Greenpeace.

placeholder Activistas de Greenpeace pintanto el hotel del Algarrobico, en Almería. (EFE/Pablo Bazquez)
Activistas de Greenpeace pintanto el hotel del Algarrobico, en Almería. (EFE/Pablo Bazquez)

El anuncio de recurso pivota, al margen de sobre el principio de economía procesal, sobre el efecto de nulidad en cascada y remarca que el Plan Parcial de El Algarrobico "fue anulado" por la sentencia firme del propio alto tribunal andaluz en 2016. "Los efectos de las sentencias declarativas de la nulidad de instrumentos de planeamiento, como es el caso de la citada sentencia, conllevan el efecto de nulidad en cascada que alcanza a las licencias", traslada el escrito para añadir que estas "no son meros actos de aplicación de un reglamento declarado nulo, sino un acto de ejecución del mismo".

Greenpeace, que alude a un dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) en este sentido, mantiene así que para acordar la demolición "no se requiere el requisito formal de la anulación de la licencia pues ya la anuló la sentencia del TSJA de 2016" y pone el foco en que este aspecto no ha sido analizado en el fallo que ahora recurre al Supremo. Lamenta, en esta línea, que el Alto Tribunal andaluz tampoco tomase en consideración para negar la orden de demoler un total de 13 sentencias del Supremo sobre la ilegalidad de la construcción y critica que no aludiese a "normativa alguna que impida" el derribo.

placeholder Hotel El Algarrobico en Carboneras (Almería). (Corbis)
Hotel El Algarrobico en Carboneras (Almería). (Corbis)

"No acuerda la demolición exclusivamente porque la obra dispone de un título jurídico válido, la licencia de obras concedida en 2003, pero debió de analizar la jurisprudencia relativa al efecto de nulidad en cascada por anulación del planeamiento", remarca para sustentar el interés casacional del recurso.

Para la recurrente, la sentencia no ha entrado a valorar tampoco el principio de jerarquía normativa referente a la prevalencia de la ley de Costas sobre el planeamiento municipal pues "se obvian tres sentencias de la Audiencia Nacional confirmadas por el TS que disponen que en El Algarrobico la servidumbre de protección es de 100 metros y la licencia de obras fue concedida a 20 metros".

Foto: Recreación de cómo se vería el parque eólico marino desde la playa de Los Muertos.

Greenpeace echa de menos, asimismo, que el TSJA no analizase las sentencias de la Audiencia Nacional que han denegado a la promotora del hotel el derecho a ser indemnizada por una presunta responsabilidad patrimonial "ni tiene en consideración el informe del Consejo Consultivo pidiendo la demolición del inmueble sin necesidad de anular la licencia".

"Intento municipal de eludir la justicia"

Cabe recordar que poco después de anunciar el recurso, Greenpeace informa al propio TSJA del "intento municipal para eludir la acción de la justicia" publicando en el BOP una calificación urbanística de El Algarrobico como no urbanizable que "carece de valor legal" al no haber sido aprobada en pleno.

Además, no está inscrita en el Registro General de Planeamiento de la Junta de Andalucía, por lo que pidió al Alto tribunal andaluz que percibiese al actual alcalde, José Luis Amérigo, de que podría estar incurriendo en "desobediencia" si no cumplía "en sus debidos términos" la modificación del planteamiento urbanístico municipal (PGOU) que ordenó la sala.

Foto: Playa de los Genoveses en el Parque Natural de Cabo de Gata.  (EFE/Carlos Barba)

"El hotel es ilegal e ilegalizable y la única forma de restablecer la legalidad urbanística es la demolición, dado que la licencia ha sido anulada por el efecto de nulidad en cascada y que el procedimiento de revisión de oficio es una pura formalidad", concluye. En el anuncio, el colectivo conservacionista precisa que impugna el fallo exclusivamente en lo referente a la procedencia de acordar el derribo, y no respecto a la orden al ayuntamiento para que proceda a la revisión de oficio de la licencia y para que anule el sector urbanístico ST-1 sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado el recurso de Greenpeace a la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) para que dirima si procede o no ordenar al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que inicie el expediente para la demolición del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico. El alto tribunal andaluz emplaza en un auto, tanto al ayuntamiento carbonero, como a la empresa promotora y al colectivo conservacionista a que comparezcan en plazo de 30 días ante el Supremo y le remite el procedimiento, si bien no se pronuncia sobre el recurso que también presentó el consistorio.

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