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STC y Telefónica: una operación de orfebrería legal cocinada en secreto durante meses
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La operación necesita el ok de la Moncloa

STC y Telefónica: una operación de orfebrería legal cocinada en secreto durante meses

Dos bufetes top, Linklaters (Arabia) y Allen & Overy (Morgan Stanley), diseñaron una estructura jurídico-financiera en la que la discreción era clave para no disparar el valor de la acción

Foto: Sede de Telefónica en Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)
Sede de Telefónica en Madrid. (Europa Press/Eduardo Parra)
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La entrada de STC Group en el capital de Telefónica no solo es una operación de enorme trascendencia económica y política, también es una auténtica obra de orfebrería jurídico-financiera, en cuya ejecución ha jugado un papel clave la discreción. Cualquier filtración no deseada antes de que la revelara su impulsor, la gran compañía de telecomunicaciones de Arabia Saudí, propiedad del fondo soberano presidido por el príncipe heredero del país, podría haber disparado el precio de la acción de la empresa española, poniendo en riesgo una inversión que ronda los 2.100 millones de euros. En el diseño del plan trazado por STC y Morgan Stanley, banco de inversión que ha reunido las acciones a adquirir por los saudíes a través de una sofisticada estructura financiera, los asesores han sido dos bufetes británicos de primer nivel con presencia en España: Linklaters y Allen & Overy.

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Según fuentes del mercado, al frente del equipo español de Linklaters, despacho asesor de STC, se ha situado su socio Íñigo Berrícano, uno de los más reputados letrados del mercado nacional en el ámbito financiero. Por parte de Allen & Overy, ha liderado el asesoramiento a Morgan Stanley su socio de Finance, Juan Hormaechea, con la participación también de Íñigo de Val, socio de M&A. Al haberse enterado Telefónica de la operación apenas dos horas antes de su anuncio, según las mismas fuentes, la compañía española no había conformado un equipo legal para analizar las implicaciones de la misma, aunque en el sector señalan a Garrigues —con papel destacado de Fernando Vives y Álvaro López-Jorrín— como uno de los despachos de máxima confianza de la corporación que dirige José María Álvarez-Pallete.

Junto con la nada sencilla discreción y la estructura para la adquisición de las acciones, otro de los elementos jurídicos clave de la operación era cómo afrontar el ángulo FDI —siglas en inglés de foreing direct investments—; esto es, el régimen de autorización de inversiones extranjeras o el mal llamado escudo antiopas. Ya en febrero, cuando los equipos legales se pusieron manos a la obra, uno de sus primeros pasos fue estudiar cómo afectaría el FDI. Su planificación, no obstante, sufrió un importante revolcón en julio, cuando el Gobierno aprobó el Real Decreto 571/2023, de inversiones extranjeras, que introducía algunas modificaciones en el régimen, lo que obligó a revisar todo lo avanzado hasta la fecha. Entre ellas, precisaba que las empresas proveedoras de servicios a las Fuerzas Armadas, entre las que se encuentra Telefónica, se deberían someter a un umbral más riguroso.

Foto: José María Álvarez-Pallete, presidente de Telefónica. (EFE/Javier Lizón)

A cambio, la mayor concreción que introducía la norma en muchos aspectos ofreció a los actores de la operación una importante mejora en lo relativo a la seguridad jurídica. Una de cal y otra de arena. En cualquier caso, no todo serán requerimientos técnicos. También habrá un examen político del movimiento. Ayer, la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, ya advertía de que el Ejecutivo se encontraba analizando "todos los factores" de la transacción para saber en qué medida se aplica el régimen de inversiones extranjeras, y advertía de que actuarían para proteger "los intereses y sectores estratégicos" españoles.

El Real Decreto se publicó en el BOE del 5 de julio, pero el texto disponía su entrada en vigor para el 1 de septiembre. Cuatro días después de esa fecha, el 5 de septiembre, se anunció formalmente la operación.

Desde el inicio, se fijó un objetivo de adquisición del 9,90%, dando una décima porcentual de margen para no entrar de lleno en el régimen común de autorizaciones —que opera a partir de que el inversor extracomunitario adquiera el 10% de la compañía española—, lo que hubiera obligado a transitar un procedimiento administrativo más largo y farragoso, a través de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, y cuya bendición final corresponde al Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Industria. En este sentido, STC podría haber apurado más, hasta el 9,99%, pero prudentemente se dio un 0,1% de margen para evitar cualquier conflicto en este sentido.

Dos fases

La adquisición del 9,90% se ha estructurado en dos fases. La primera, liquidada ayer, conlleva la compra del 4,9% de las acciones. La razón de este tope es que el artículo 18 del real decreto establece un régimen particular para las "actividades directamente relacionadas con la defensa nacional", precepto que se activa al ser Telefónica el proveedor principal de los servicios de telecomunicaciones del Ejército. En estos casos, no requerirán autorización las inversiones que no alcancen el 5%, "siempre y cuando no permitan al inversor formar parte, directa o indirectamente, de su órgano de administración". Entre el 5% y el 10%, no hará falta la luz verde administrativa si el inversor se compromete "fehacientemente en escritura pública a no utilizar, ejercer ni ceder a terceros sus derechos de voto, ni a formar parte de cualesquiera órganos de administración de la sociedad cotizada".

STC parece acogerse únicamente a la primera condición, desechando la segunda, pues ha adquirido el 4,9% sin requerir autorización

STC parece acogerse únicamente a la primera condición, desechando la segunda, pues ha adquirido el 4,9% sin requerir autorización, pero ha condicionado la compra del 5% restante a conseguir la luz verde del Gobierno. En las actividades relacionadas con la defensa nacional, a diferencia del régimen general, la solicitud de autorización se tramita a través de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa, departamento que es quien eleva la propuesta al Consejo de Ministros para su resolución definitiva. De este modo, el plan es que una vez la Moncloa dé el OK definitivo, STC ejecutará la compra del 5% restante, alcanzando el 9,9% fijado como objetivo de la operación.

A pesar de que, para estos casos, el régimen fije un plazo de tres meses para resolver la solicitud, lo cierto es que la Moncloa tiene un as en la manga para dilatar la operación si entiende que esta no se está produciendo en las condiciones adecuadas. Y es que ese periodo de tres meses empieza a contar desde que la Administración entiende que tiene toda la información necesaria para evaluar la inversión. Si el organismo competente requiere nueva documentación, el contador del plazo se pone a cero y vuelve a empezar a correr cuando esta haya sido presentada. En este trámite es donde el Ejecutivo cuenta con mayor capacidad de bloqueo o ralentización para ejercer presión y hacer valer los intereses que considere necesario defender.

La entrada de STC Group en el capital de Telefónica no solo es una operación de enorme trascendencia económica y política, también es una auténtica obra de orfebrería jurídico-financiera, en cuya ejecución ha jugado un papel clave la discreción. Cualquier filtración no deseada antes de que la revelara su impulsor, la gran compañía de telecomunicaciones de Arabia Saudí, propiedad del fondo soberano presidido por el príncipe heredero del país, podría haber disparado el precio de la acción de la empresa española, poniendo en riesgo una inversión que ronda los 2.100 millones de euros. En el diseño del plan trazado por STC y Morgan Stanley, banco de inversión que ha reunido las acciones a adquirir por los saudíes a través de una sofisticada estructura financiera, los asesores han sido dos bufetes británicos de primer nivel con presencia en España: Linklaters y Allen & Overy.

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