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La aprobación por decreto-ley de la nueva plusvalía anticipa otro alud de reclamaciones
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"Patada hacia adelante" del Gobierno

La aprobación por decreto-ley de la nueva plusvalía anticipa otro alud de reclamaciones

Los fiscalistas señalan que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, es muy dudoso que pueda acudirse a esta figura legal para configurar el nuevo tributo y ven base para un nuevo recurso de inconstitucionalidad

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Fernando Alvarado)
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE/Fernando Alvarado)

Si finalmente el Ministerio de Hacienda lleva a cabo su plan de aprobar este lunes la nueva plusvalía municipal a través de un real decreto-ley, el tributo nacerá con un 'pecado original' que lo condenará a ser una nueva fuente de litigiosidad. Según se conoció ayer, el departamento que dirige María Jesús Montero trabaja contrarreloj para llevar al Consejo de Ministros de pasado mañana —el martes es festivo en Madrid— una normativa ya adaptada a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló el sistema de cálculo de la base imponible del impuesto.

Sin embargo, como coinciden varios fiscalistas consultados, dar el visto bueno a la nueva regulación a través de la figura del decreto-ley puede resultar contrario a la propia Constitución. Una duda jurídica que, según anticipan, será la palanca sobre la que se apoye un nuevo torrente de impugnaciones por parte de los contribuyentes; es decir, un salir de Málaga para entrar en Malagón en versión jurídica. Desde el Ministerio de Hacienda, en cambio, defienden que la utilización de este mecanismo legislativo cumple la legalidad vigente y que es el mecanismo adecuado para dar una respuesta "ágil" a la situación generada tras el fallo del TC.

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"Es una patada hacia adelante de Hacienda", señala Antonio Cendán, socio de Zadal Abogados, que asevera que probablemente en el Ministerio sean conscientes de que están acudiendo a un procedimiento legislativo controvertido, pero han optado por dar prioridad a salvar la situación financiera de los ayuntamientos. "Si finalmente se declara inconstitucional, eso no será hasta dentro de, como mínimo, tres o cuatro años. Por lo que, hasta entonces, problema resuelto", ironiza en el mismo sentido Pablo G. Vázquez, director de GVA Asociados, que cree que el Ejecutivo "gana tiempo" porque, en su opinión, el decreto-ley en este caso es contrario a la Carta Magna.

El problema que plantea el decreto-ley no está en la "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la Constitución para que el Gobierno pueda emplearlo para legislar, sino en que determinados aspectos de la regulación tributaria se han considerado materia excluida de su ámbito de aplicación. En este sentido, el artículo 86.1 de la Carga Magna señala que los decretos-leyes "no podrán afectar" al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, el régimen de las comunidades autónomas, el derecho electoral general, ni "los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos". Y, según la doctrina del TC, pagar impuestos puede considerarse un "deber" de la ciudadanía en virtud del artículo 31.1 de la Constitución, que establece que "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad".

Foto: La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. (EFE)

Ahora bien, como matiza Leopoldo Gandarias, socio de Koana Labs, la posición del Tribunal Constitucional no es absoluta. Así, en su doctrina ha establecido que lo que el decreto ley no podrá alterar es "ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria, afectando así al deber general de los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos". Es decir, debe tratarse de un impuesto relevante (que se entienda que afecte al "deber general de contribuir") y lo que se altere sea un "elemento esencial" del mismo.

"¿Es la determinación de la base imponible de la plusvalía municipal un elemento esencial del impuesto? Sí. ¿Es la plusvalía municipal un impuesto que afecte al deber general de contribuir? Eso solo puede decirlo el Constitucional", señala Gandarias. En este sentido, el letrado indica que son repetidos los pronunciamientos del tribunal en los que especifica que tal análisis debe hacerse caso a caso. Sobre algunos impuestos no habría duda, como son el IRPF, el Impuesto de Sociedades o el Impuesto de la Renta de los No Residentes.

Foto: Tribunal Constitucional. (@TConstitucionE) Opinión
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Pero en el caso de la plusvalía, cabe la opción de que el TC comprenda que grava una manifestación específica de capacidad económica, como ya sucedió con la modificación de los tipos impositivos del impuesto sobre determinados medios de transporte. En ese caso, la sentencia, dictada en 2003, afirmaba que "por sus características, no puede decirse, entonces, que la modificación parcial de su tipo de gravamen repercuta sensiblemente en el criterio de reparto de la carga tributaria entre los contribuyentes", por lo que su modificación no afectaba al 31.1 de la Constitución.

Más claro lo ve Pablo Romá, socio de Romá Bohorques, que considera que la plusvalía municipal sí se encuadra dentro de los impuestos que afectan al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos, por lo que "el real decreto-ley estaría sobrepasando el mandato del artículo 86.1 de la Constitución". En concreto, remata, "la inconstitucionalidad derivaría, por un lado, del hecho de que la Plusvalía municipal es, o era, un pilar importante de nuestro sistema tributario; y, por otro, de que el posible decreto-ley entraría a regular, de forma irremediable, esenciales de dicho impuesto".

Si finalmente el Ministerio de Hacienda lleva a cabo su plan de aprobar este lunes la nueva plusvalía municipal a través de un real decreto-ley, el tributo nacerá con un 'pecado original' que lo condenará a ser una nueva fuente de litigiosidad. Según se conoció ayer, el departamento que dirige María Jesús Montero trabaja contrarreloj para llevar al Consejo de Ministros de pasado mañana —el martes es festivo en Madrid— una normativa ya adaptada a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló el sistema de cálculo de la base imponible del impuesto.

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