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¿Puede tu empresa quitarte el ticket restaurante al implantar el teletrabajo?
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Es un tema conflictivo

¿Puede tu empresa quitarte el ticket restaurante al implantar el teletrabajo?

Este asunto ha provocado numerosos litigios en el último año. Generalmente, los tribunales se inclinan por los trabajadores, pero en algún caso han dado la razón a la compañía

Foto: Dedicar poco tiempo a comer puede ser muy perjudicial. (iStock)
Dedicar poco tiempo a comer puede ser muy perjudicial. (iStock)

La llegada del teletrabajo a raíz de la pandemia ha generado cierta conflictividad entre empresas y trabajadores. Uno de los motivos han sido los tickets restaurante, un complemento que se ofrece dentro del salario de los empleados para que puedan comer fuera. Al implantar el trabajo remoto, algunas compañías decidieron eliminarlos, ya que la plantilla no podía hacer el uso para el que se había destinado. Esta decisión ha provocado enfrentamientos con los sindicatos, llegando incluso ante los tribunales. De hecho, la Audiencia Nacional (AN) se ha tenido que pronunciar a este respecto hasta en tres ocasiones. Lo curioso, no obstante, es que la conclusión a la que ha llegado el tribunal no ha sido siempre la misma.

En la primera sentencia, dictada en diciembre de 2020, la AN se inclinó a favor de los trabajadores y declaró nula la decisión de una organización de retirar los tickets comida durante el estado de alarma. La dirección lo suprimió de forma unilateral el 14 de marzo alegando que era una medida necesaria para paliar el impacto que estaba teniendo el virus sobre el negocio. Pero los magistrados recordaron que la compensación para comer era una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por lo que la dirección no podía retirarlo sin seguir el procedimiento legal establecido para ello, que obliga a negociar y llegar a un acuerdo con la representación legal de la plantilla.

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Además, el tribunal subrayó que este beneficio debía respetarse "incluso a los que teletrabajaron durante el confinamiento". El motivo es por cómo se configuró el beneficio en el convenio colectivo, ya que se reconoció como un derecho de los empleados que podían percibir por cada día efectivamente trabajado, con independencia de que se desempeñase en presencia física o mediante teletrabajo. En este sentido, los magistrados ven "significativo" que en el piloto de prueba que hizo la empresa antes de implantar el modelo remoto, dijo expresamente que la nueva forma de prestar servicios no supondría variación alguna en las condiciones laborales.

Foto: Foto: iStock.

Para el tribunal, se trata de un derecho de carácter colectivo "ya incorporado de forma definitiva al acervo de los trabajadores", y que por tanto no puede ser modificado unilateralmente por la empresa sin contar con el acuerdo de los mismos, "en virtud de un pacto entre las partes". Ahora bien, admite una excepción en el que sí se podría eliminar el ticket comida, y es si la situación que existía cuando se firmó el acuerdo se hubiera modificado de forma significativa. En este caso, los magistrados consideran que se podría aplicar la cláusula 'rebus sic stantibus'.

Convenio colectivo

En el mismo sentido falló unos meses después, en abril de este año. En este caso, la compañía también decidió retirar el ticket restaurante de los teletrabajadores porque, al ejercer desde casa, se les modificó el horario y eso justificaba el no beneficiarse de los extras de comida. Antes del estado de alarma, la plantilla tenía un horario partido con una hora para el almuerzo. Al llegar el covid, la compañía intentó llegar a un acuerdo para que la jornada fuera continuada de 8 de la mañana hasta las 16 horas, sin pausa obligatoria para comer.

Foto: Episodio de alta contaminación en Barcelona. Foto: EFE

El motivo que dio la entidad es que, con el nuevo horario, se facilitaba la conciliación familiar y los trabajadores no estaban obligados a salir a comer fuera del domicilio. Por esa misma razón, según la lógica de la compañía, se retiraban los tickets, ya que los que operaban desde casa no los necesitaban. Y añadió que era algo recurrente, ya que también se eliminaban durante las vacaciones o situaciones de incapacidad temporal. El pacto, no obstante, no llegó a prosperar porque los sindicatos se negaron a aceptar las nuevas condiciones, pero la dirección siguió adelante con su decisión unilateral.

En su sentencia, la Audiencia volvió a dar la razón a los empleados y afeó a la compañía haber olvidado que estas ayudas forman parte del salario. Asimismo, recordó que esta retribución en especie llevaba entregándose durante años sin ninguna limitación y nunca se limitó su uso en un determinado establecimiento o en un horario concreto. "Podían hacer uso a su libre albedrío", subrayó. Además, señaló que este derecho estaba recogido en el convenio colectivo, por lo que su modificación exige seguir el procedimiento específico que fija para ello el Estatuto de los Trabajadores (ET). Un proceso que, no obstante, no se siguió en este caso.

Condiciones desiguales

Ahora bien, en la tercera sentencia, la más reciente, la AN ha fallado a favor de una empresa que retiró esta ventaja solamente a la parte de la plantilla que operaba desde casa. La diferencia vino por cómo estaba estructurada la compensación en el convenio colectivo, ya que se daba potestad expresa a la empresa de elegir la forma de prestación para los empleados de jornada partida (con pausa larga para comer), siendo las opciones un servicio de comedor en el centro de trabajo o por abono de una cantidad. Y es en este matiz en el que se apoyan los magistrados para considerar que, en esta ocasión, la compañía puede retirar unilateralmente el ticket restaurante.

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Por otro lado, descartó que retirar los tickets a los teletrabajadores vulnerara el principio de igualdad entre ellos y los que ejercían de forma presencial, como así lo defendieron los sindicatos. A su entender, no se parte de la misma situación entre ambos y es por ello que no se puede pretender un trato idéntico, pues los que estaban en remoto "no deben realizar desplazamiento alguno en la jornada partida, lo que si deben realizar los presenciales".

La llegada del teletrabajo a raíz de la pandemia ha generado cierta conflictividad entre empresas y trabajadores. Uno de los motivos han sido los tickets restaurante, un complemento que se ofrece dentro del salario de los empleados para que puedan comer fuera. Al implantar el trabajo remoto, algunas compañías decidieron eliminarlos, ya que la plantilla no podía hacer el uso para el que se había destinado. Esta decisión ha provocado enfrentamientos con los sindicatos, llegando incluso ante los tribunales. De hecho, la Audiencia Nacional (AN) se ha tenido que pronunciar a este respecto hasta en tres ocasiones. Lo curioso, no obstante, es que la conclusión a la que ha llegado el tribunal no ha sido siempre la misma.

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