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Los abogados de empresa celebran el espaldarazo a su secreto profesional
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El nuevo Estatuto protege a los 'in house'

Los abogados de empresa celebran el espaldarazo a su secreto profesional

El texto equipara a los abogados de despacho con los de empresa, y les reconoce los mismos derechos y obligaciones. Pero con ciertos límites

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El pasado 24 de marzo, el BOE publicó finalmente el nuevo Estatuto de la Abogacía, tras casi una década de espera. Entre sus novedades, el texto refuerza el privilegio legal de los abogados de empresa (conocidos como 'in house') al secreto profesional, después de que se hubiera puesto en entredicho en varias ocasiones en los últimos años.

Lo que hace la normativa es equiparar a los letrados de bufete y a los de asesoría jurídica interna, reconociendo a ambos los mismos derechos y obligaciones. "Se trata de un avance importantísimo", celebra José María Alonso, decano del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Y explica que, aunque el anterior Estatuto también confirmaba la confidencialidad de las comunicaciones entre todos los abogados y sus clientes, no hacía esa distinción entre los que trabajaban en un despacho y los que lo hacían en una compañía. Ahora, esta mención específica sirve como un instrumento legal "para defenderse de las posibles limitaciones que se puedan producir", subraya.

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Una de ellas, explica Javier Ramírez, miembro del Consejo de Administración de la sección europea de la ACC (la mayor organización mundial de abogados internos), la protagoniza la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC). "Muchas veces, cuando investiga a una empresa, va directamente al despacho del director legal a pedirle documentación bajo la excusa de que no tiene secreto profesional", revela. Además, en junio del año pasado, el organismo publicó una guía en la que decretó que las comunicaciones entre los 'in house' y su compañía no estaba sujeta a confidencialidad, por lo que la CNMC podría recabar toda la información y documentos elaborados por los letrados internos como evidencia para expedientes sancionadores.

La autoridad se apoyó en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictada en 2010 y conocida como doctrina Akzo. En ella, el tribunal rechazó que los abogados de empresa estuvieran amparados bajo el secreto profesional al entender que no pueden actuar con libertad ni independencia porque forman parte de la plantilla de la compañía.

No obstante, los magistrados matizaron que esta conclusión solo se podía aplicar en el marco de las investigaciones de la Comisión Europea (CE) en materia de competencia, o de las realizadas por las autoridades nacionales como agentes colaboradores de la CE. A pesar de ello, Ramírez cuenta que esta interpretación se ha extrapolado en varias ocasiones "para limitar la confidencialidad de nuestras comunicaciones".

Ley General Tributaria

Otra de las amenazas más recientes al secreto profesional de los 'in house' fue la reforma de la Ley General Tributaria. En el borrador principal, se estableció la obligación de los abogados de empresa y otros intermediarios fiscales (asesores, gestores o instituciones financieras) de informar a la Agencia de las operaciones de calado nacionales o transfronterizas. Finalmente, se corrigió para reconocer el derecho a la confidencialidad de los letrados internos tras la movilización del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y varios colegios.

Foto: La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero. (EFE)

¿Qué ocurre ahora, una vez aprobado el nuevo Estatuto? Elia Esteban, presidenta de la sección de Abogados de Empresa del ICAM, aclara que, si bien es cierto que el texto refuerza el derecho al secreto profesional, tampoco lo blinda. "Habrá que ver cómo se interpreta la norma; les toca mover ficha a las autoridades pertinentes", asevera.

Actividades protegidas

Este privilegio, no obstante, no es absoluto. El propio Estatuto fija ciertas limitaciones, que se aplican de forma indistinta sobre los letrados que trabajan en una compañía y los que ejercen en despachos. Las acotaciones vienen fijadas en el artículo 22 del nuevo texto, que establece que solo estarán protegidas las actuaciones del abogado que realiza en virtud de su profesión.

Es decir, que "solo serán confidenciales las comunicaciones estrictamente relacionadas con el asesoramiento jurídico", aclara Esteban. Por ejemplo, la defensa de un caso penal. En cambio, si un profesional, interno o externo, abre una cuenta en un banco en nombre de la organización, no estaría protegido. "Lo puede hacer un abogado como lo puede hacer un gestor", añade.

Asimismo, la normativa en materia de blanqueo de capitales elimina el secreto profesional de los letrados cuando exista sospecha de delito. Por el contrario, sí se aplicaría en el caso de que una persona haya sido procesada por este motivo y contrata a un jurista para llevar su defensa.

El secreto profesional en Europa

A pesar de que queda camino por recorrer para blindar este derecho, lo cierto es que España es de los pocos países de Europa que contempla el derecho a la confidencialidad de los 'in house'. Otros como Italia, Suecia, Austria o Dinamarca, entre otros, descarta que tengan acceso a este privilegio legal.

En Francia, los letrados internos no solo no tienen secreto profesional, sino que además no se les reconoce como abogados. En su lugar, se les denomina asesores jurídicos, y no se les permite colegiarse. En esta línea, Ramírez cuenta que, hace unas semanas, se presentó un proyecto para reconocer el secreto a los profesionales que operan en París, pero finalmente fue rechazado por la presión ejercida por parte de los colegios profesionales de fuera de la capital. "En Francia existe la creencia de que si los abogados de empresa no tienen secreto profesional, externalizarán muchos más servicios", explica.

Una visión que, de acuerdo con el letrado, está totalmente fuera de lugar, ya que otros países anglosajones como Inglaterra o Estados Unidos protegen de forma amplia la obligación de confidencialidad de los 'in house', "y son los mercados que más externalizan servicios legales del mundo", apunta.

El pasado 24 de marzo, el BOE publicó finalmente el nuevo Estatuto de la Abogacía, tras casi una década de espera. Entre sus novedades, el texto refuerza el privilegio legal de los abogados de empresa (conocidos como 'in house') al secreto profesional, después de que se hubiera puesto en entredicho en varias ocasiones en los últimos años.

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