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Las 40 claves para sobrevivir a Madrid Central (y un vídeo explicativo)
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Las multas empiezan el sábado 16 de marzo

Las 40 claves para sobrevivir a Madrid Central (y un vídeo explicativo)

Para todos aquellos que siguen sin entender cómo funcionará el centro, los que temen ser multados en cuanto pongan un pie en la nueva Gran Vía... Aquí, todas las respuestas necesarias

Madrid Central, la iniciativa del ayuntamiento que restringe el tráfico privado en la almendra de la capital que pretende reducir drásticamente los niveles de contaminación lleva en funcionamiento desde el pasado noviembre. Pero, será a partir de este sábado, 16 de marzo, cuando el Ayuntamiento empiece a multar. Que no cunda el pánico. Hay excepciones para todos aquellos vehículos de empadronados en este área, para las personas con movilidad reducida, los invitados de los residentes y, por supuesto, para algunos colectivos, distribución de mercancías y otros casos. Incluso las personas que no estén empadronadas en Madrid Central —la gran mayoría— podrán acceder si es para dejar su coche en un 'parking'. Solo deben preocuparse los propietarios de vehículos muy contaminantes porque serán los que no tengan opción de acceso.

[Así es el mapa de Madrid Central]

Así que para todos aquellos que siguen sin entender cómo funcionará el centro de Madrid, los que temen ser multados en cuanto pongan un pie en la nueva Gran Vía y los que directamente no sepan ni qué es la etiqueta medioambiental, aquí os respondemos a todas las preguntas que han surgido a lectores y ciudadanos a lo largo de las pasadas semanas.

¿Qué abarca exactamente Madrid Central?

El perímetro agrupará las cuatro Áreas de Prioridad Residencial (APR en adelante) actuales: Letras, Cortes, Embajadores y Ópera, y añadirá otras zonas del centro. No habrá calles de libre circulación y el perímetro lo determinan las rondas y los bulevares: las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Bilbao, Plaza de Alonso Martínez, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Paseo del Prado, Ronda de Atocha, Ronda de Toledo, Ronda de Segovia, Calle Bailén, Plaza de España y Calle Princesa. En la imagen principal se puede ver claramente.

¿Qué excepciones hay como la calle Bailén?

Toma nota. El acceso y la libre circulación están restringidos en todo el perímetro de Madrid Central a excepción de los siguientes viales: calle Santa Cruz de Mercenado (desde calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá), calle Mártires de Alcalá (desde Santa Cruz de Marcenado a calle Alberto Aguilera), avenida Gran Vía de San Francisco, calle Bailén, calle Algeciras, cuesta Ramón, calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria), calle Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa).

¿Para qué sirve Madrid Central?

Es una de las grandes iniciativas que forman parte del Plan A de Calidad del Aire del consistorio y busca reducir drásticamente los niveles de contaminación, favorecer la movilidad peatonal y el uso de transporte público. Entre otras cosas, por responder a los requerimientos que hace la Unión Europea y evitar multas. Básicamente, se impide la entrada a los no residentes a toda esta zona. Dicho de otra manera: los residentes empadronados podrán circular libremente con sus vehículos y podrán estacionar en su barrio como hacen hasta ahora.

placeholder Manifestación en apoyo a Madrid Central. (EFE)
Manifestación en apoyo a Madrid Central. (EFE)

¿Cuándo empiezan las multas?

Este 16 de marzo. Durante los meses de noviembre y diciembre se desarrolló una campaña informativa. A partir de enero llegaron "avisos" a los vehículos que lo estaban haciendo mal. Pero se acabaron los avisos.

Tengo invitados en casa. ¿Pueden acceder y aparcar?

Correcto. Cada empadronado mayor de 16 años dispondrá de 20 invitaciones de un día de duración al mes para dar acceso a vehículos de invitados. Estos vehículos invitados por los empadronados podrán acceder el día el cual se le invita y estacionar tanto en Servicio de Estacionamiento Regulado (zona verde) durante 2 horas máximo, como en un aparcamiento sin límite de tiempo. Las invitaciones se tramitarán a través de la web, la APP de Madrid Central o Twitter, sistema que ya funciona con las actuales APR a través de mensajes directos por la red social.

¿Las dos horas para invitados son durante el horario SER, o en total?

La invitación que dan las personas empadronadas es para acceder a Madrid Central, sin límite de duración de la estancia. Una vez accedan, para lo cual tienen permiso, podrán estacionar donde estimen oportuno ('parking', garaje, SER…). En caso de que estacionen en una plaza SER en horario del SER, le aplicarán las reglas del SER, por lo que siendo todas las plazas verdes, podrá estacionar hasta un máximo de dos horas. Si estaciona en el SER fuera del horario regulado (sábados a partir de las 15:00 y festivos todo el día) podrá quedarse el vehículo estacionado el tiempo que precise hasta que comience de nuevo el horario regulado.

Mis hijos van a un colegio en esa zona. ¿Podré dejarlos en la puerta?

Sí. Una de las excepciones aprobadas ha sido precisamente que los padres que llevan a sus hijos a colegios en la APR de Madrid Central puedan entrar en coche para dejarlos y recogerlos. Lo que sí tendrán que hacer es notificar las matrículas de los vehículos a los centros, que serán los que gestionen las autorizaciones para evitar multas.

Tengo una plaza en un garaje privado. ¿Hay problema?

Cualquier titular de una plaza de garaje particular ubicada en la zona de Madrid Central tendrá permiso de acceso con un vehículo para su estacionamiento en la misma, independientemente de la etiqueta ambiental. El propietario debe notificar al ayuntamiento la matrícula que hace uso de esa plaza.

¿Y si quiero usar mi plaza con otro coche?

Puedes. En concreto, será posible hacer un cambio de matrícula al día.

Mi empresa tiene dos plazas que usamos indistintamente. ¿Cómo solicitamos los accesos?

Es posible hacer un cambio de matrícula al día. Los propietarios de una plaza de garaje particular ubicada en la zona de Madrid Central pueden acceder sin problema, siempre y cuando acrediten que la plaza es de su propiedad, como es este caso. A partir del 8 de enero, se inicia el periodo de trámites (invitaciones a residentes, cambios de matrícula...) por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es.

Soy arrendatario de una plaza. ¿Tengo que notificarlo?

No. Es el propietario el que debe contactar con el ayuntamiento y especificar la matrícula del vehículo habitual que hace uso de la plaza que ha alquilado a otra persona. Tú como arrendatario no tienes que hacer nada.

¿Es obligatorio llevar la etiqueta medioambiental?

En realidad, será obligatorio llevarla puesta a finales de abril (el día 24), porque el ayuntamiento da un margen de seis meses para que todos los coches se pongan al día. Mientras tanto, solo está recomendado. Pero no esperes al último día y ponla ya. En los episodios de alta contaminación el ayuntamiento explicará qué vehículos pueden circular y cuáles no en el entorno de la M-30 dependiendo del etiquetado. Lo de la división por matrículas pares e impares es agua pasada. Lo importante ahora será la etiqueta que le corresponde a tu coche. Hay cuatro tipos: B, C, ECO (híbridos) y CERO (eléctricos).

¿Cómo consigo la etiqueta?

Se puede adquirir en las oficinas de Correos presentando el permiso de circulación del vehículo y el pago de cinco euros en concepto de tasa. Además, la Confederación Española de Talleres (CETRAA) y gestores administrativos son otras de las opciones para la realización del trámite. Puedes consultar ya la etiqueta que te corresponde en la web de la DGT.

Foto: Señalización de Madrid Central en las calles de la capital. (EFE)

¿Qué pasa si a mi coche no le corresponde ninguna etiqueta?

Los vehículos sin etiqueta son los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores a 2006. Son los coches más contaminantes que ni siquiera entran dentro de los estándares de etiquetado. Así que malas noticias si es tu caso: no podrás acceder a Madrid Central como norma general. Si estás empadronado en la zona sí podrás seguir entrando, igual que si eres invitado de un residente. Pero eso sí, toma nota: a partir de 2020 estos coches sin distintivo tampoco podrán estacionar en las zonas SER (azules y verdes), excepto en su propio barrio.

A partir de 2025, ¿qué coches no pueden circular?

Según la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid, los vehículos sin etiqueta ambiental podrán circular por todo el término municipal (dentro de la M-30) excepto en Madrid Central hasta 2025. A partir de ese año, no podrán circular por Madrid.

Sin ser residente, ¿puedo entrar en un 'parking' sin que me multen?

Es sin duda la pregunta que más se repite. Puedes siempre y cuando lleves tu etiqueta medioambiental puesta. Los B y C pueden acceder a Madrid Central sin estar empadronados si dejan su coche en un aparcamiento. Lo que no puedes hacer bajo ningún concepto es cruzar el perímetro de Madrid Central sin entrar a un 'parking' ni tampoco puedes aparcar en zona SER (azul o verde).

¿Qué pasa si el 'parking' está lleno? ¿Me multan?

En el ayuntamiento aseguran que es muy difícil que esta situación se produzca. En todo caso, habrá agentes de movilidad y de la Policía Municipal en las 'puertas de entrada' a Madrid Central (las reconocerás por carteles grandes con el logo, que es un ojo enorme) para advertir a los usuarios de que no es posible continuar hacia el aparcamiento y pidiéndoles que se den la vuelta. No habrá multas en esta situación.

placeholder Vista de una señal que advierte de la entrada en Madrid Central. (EFE)
Vista de una señal que advierte de la entrada en Madrid Central. (EFE)

¿Y lo de los paneles informativos para plazas libres?

El ayuntamiento tiene en marcha una licitación para la instalación de paneles informativos sobre las plazas libres de los 'parkings' de Madrid Central. El objetivo es colocarlos de camino a los mismos para que los usuarios se aseguren de que tienen opciones de dejar su vehículo allí o cambiar el rumbo. Pero, como adelantó este diario, los paneles no estarán listos (como pronto) hasta la primavera. Así que de momento quédate con la respuesta anterior.

¿Qué pasa con los híbridos?

Los vehículos con etiqueta ECO (los híbridos) podrán circular por Madrid Central y estacionar en la zona SER (azul o verde) un máximo de dos horas. Además, por supuesto, pueden dejar el coche en cualquier otro 'parking' o garaje. Sí pueden cruzar el perímetro sin problema, a diferencia de los B o C.

¿Y con el coche eléctrico?

Estos no tienen ningún problema ni limitación. Los eléctricos o vehículos con etiqueta Cero Emisiones podrán circular libremente, aparcar en zona SER y cruzar Madrid Central de un lado a otro.

¿Qué ocurre con las personas con movilidad reducida?

Como norma general podrán acceder y circular libremente los vehículos con tarjeta de movilidad reducida independientemente de su etiqueta medioambiental. Lo que sí es necesario es que den de alta el vehículo que usan normalmente facilitando los datos de la matrícula al ayuntamiento (si es que no están ya dados de alta). Las personas físicas pueden hacerlo ya a través de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid, sin cita previa, vía teléfono (010-Línea Madrid o desde el 915 298 210) o a través de Twitter (@lineamadrid).

Los huéspedes de hoteles, ¿pueden acceder?

Los usuarios de hoteles, independientemente de si están empadronados no, pueden circular por Madrid Central hasta el hotel y dejar el coche en el 'parking' del mismo.

Foto: Concentración convocada por la Plataforma de Afectados por Madrid Central frente al Palacio de Cibeles. (EFE)

Soy residente y se me rompe la lavadora. ¿Puede pasar el técnico?

Sí. Como sucede hasta ahora en el resto de las APR existentes (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera), debes llamar al ayuntamiento para pedir autorización de la matrícula de ese vehículo (funciona como las visitas) para el día en el que vaya a ir.

Trabajo en un comercio y suelo ir con mi coche. ¿Puedo seguir haciéndolo?

Si no estás empadronado en uno de los barrios de Madrid Central no podrás circular por esa zona si su vehículo es B o C. Únicamente puedes entrar con su coche si vas a un 'parking'.

¿Puedo circular con mi moto sin ser residente?

Sí, pero con límites. Las personas no empadronadas en Madrid Central podrán acceder y estacionar con motocicletas, ciclomotores y vehículos de tres ruedas cuya etiqueta sea B o C desde las 7:00 hasta las 22:00. Fuera de ese horario podrán hacerlo siempre que aparquen en 'parking', garaje particular o reserva de estacionamiento no dotacional. Los que sí están empadronados, obviamente, no tienen ningún problema.

Si salgo más tarde de las 22:00 en moto, ¿tendría que coger transporte público?

Si tu moto tiene etiqueta ambiental C o B, me temo que sí: puedes acceder al perímetro de Madrid Central y estacionar desde las 7:00 hasta las 22:00. Si tu etiqueta es CERO o ECO, la cosa cambia: tampoco tienes restricción horaria.

¿Qué ocurre si no soy residente y voy a un taller en la zona?

Los vehículos, incluso sin etiqueta medioambiental, podrán entrar a Madrid Central si van a un taller, que informará vía telemática cada día de las matrículas de los vehículos que entren en sus instalaciones.

placeholder La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena. (EFE)
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena. (EFE)

¿Qué tienen que hacer los talleres?

En cuanto a los talleres: todos tendrán un número determinado de autorizaciones, además de los permisos SER que tenga cada uno en su caso. El taller interesado deberá tramitar diariamente vía telemática dichas autorizaciones (mediante el envío al ayuntamiento de las matrículas). Además, deberá 'registrarse' presentando la documentación acreditativa de la actividad de la empresa y un plano del taller en el que se indiquen los metros cuadrados. Con estos datos, el consistorio calculará la cantidad de autorizaciones que le corresponden.

Llevo un coche con matrícula extranjera

Los vehículos con matrícula extranjera y diplomáticos, al no estar clasificados ambientalmente, deberán acreditar el potencial contaminante del vehículo. En función de la categoría con la que se equiparen estos vehículos, se les aplicarán las normas de acceso correspondientes. Si ya dispones de una etiqueta medioambiental de otro país, debes preguntar en el ayuntamiento o la DGT a qué etiqueta española equivale tu vehículo y así podrás saber cómo puedes moverte por la almendra central.

Vivo fuera de Madrid, pero voy por trabajo. ¿Necesito etiqueta?

Sí. El ayuntamiento recuerda que el etiquetado es de la Dirección General de Tráfico (DGT). Por tanto, una clasificación a nivel nacional y no a escala municipal. Así que deberás solicitarla y colocarla en tu vehículo.

Soy residente y a veces alquilo un coche. ¿Puedo circular con él?

Sí. No hay problema. Los usuarios de vehículos 'renting' o 'leasing' pueden circular y aparcar en las zonas SER en su barrio y fuera de su barrio (previo pago en el parquímetro). Eso sí: los coches deben llevar el distintivo ambiental (las empresas son las responsables de ello) y el residente debe registrar los datos del coche en la plataforma de Madrid Central especificando los datos que se pidan (matrícula, días que lo tendrá alquilado...).

¿Dónde se notifican los invitados y el resto de trámites?

Todos (invitaciones de residentes, cambios de matrícula...) se deberán hacer por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es. En las próximas semanas, es previsible que el consistorio facilite más detalles y podría haber algún teléfono y alguna otra manera de comunicación. Por el momento, lo mejor es quedarse con la vía 'online' que se habilitará en la web.

placeholder Un coche eléctrico de alquiler por Madrid. (EFE)
Un coche eléctrico de alquiler por Madrid. (EFE)

Soy abonada en el 'parking' de Barceló. ¿Necesito un permiso?

Para los 'parkings' de uso público que se den de alta en el sistema de Madrid Central, todo sigue que hasta ahora. Esto supone que cualquier persona que aparque su vehículo (siempre con etiqueta ambiental) en la plaza de un 'parking', bien de rotación bien como abonado, no tiene que pedir permiso puesto que es el 'parking' el que diariamente facilitará, como hasta ahora, las matrículas de los vehículos que aparquen.

¿Qué ocurre con los coches históricos de residentes?

La normativa contempla una excepción. Los vehículos de residentes-empadronados en Madrid Central que carecen de etiqueta de la DGT podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, a partir de esa fecha solo podrán hacerlo si se trata de vehículos históricos reconocidos como tal por la DGT.

Tengo un diésel de 2005. ¿Puedo acceder al 'parking' de la plaza de Oriente?

No puedes. Si no eres residente-empadronada, es posible acceder a Madrid Central con tu vehículo para estacionar en un 'parking' siempre y cuando tenga la etiqueta B o C.

¿Qué pasa con los taxis y los VTC?

En cuanto a los taxis y VTC (Cabify, Uber...) solo podrán acceder libremente con distintivo ambiental hasta 2025. Es decir, los que no tengan etiqueta de la DGT no podrán acceder. A partir de 2025, solo podrán entrar en Madrid Central los vehículos CERO o ECO. Los VTC, además, tienen que pedir un permiso si tienen vehículos con etiqueta B o C.

¿Y los vehículos de 'carsharing'?

Estos coches (Car2Go, Zity, eMov...) también seguirán la norma general: deberán llevar la etiqueta y solo podrán aparcar en el SER si es CERO o ECO. Si son C o B solo podrán acceder si hacen uso de un aparcamiento durante su tiempo de estancia.

¿Qué pasa con los servicios públicos esenciales?

Como es obvio, están entre las excepciones. Podrán acceder los servicios públicos esenciales. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Municipal y Agentes de Movilidad, extinción de incendios, protección civil, salvamento, ambulancias, otros servicios de emergencias y grúa municipal, debidamente rotulados e identificables, se les aplicarán con carácter general las reglas de las etiquetas y calendarios en función de la masa máxima autorizada (MMA) del vehículo en idénticas condiciones que a los vehículos de profesionales y servicios.

¿Y las grúas o servicios funerarios?

También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

Soy autónomo y trabajo haciendo reparaciones. ¿Cómo notifico mi entrada?

Que no cunda el pánico, porque podrás seguir trabajando. Si tienes un turismo (más allá del número de plazas), puedes acceder siempre y cuando tenga puesta la etiqueta medioambiental de la DGT. Ahora bien: si tu etiqueta es C o B, deberás aparcar en un 'parking' o en una plaza de garaje para poder acceder sin resultar multado. Obviamente, si tu etiqueta es CERO o ECO, no tienes problema. En caso de que tu vehículo sea industrial, puedes acceder en función de la masa máxima autorizada (MMA) dependiendo de los siguientes cuadros:

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Madrid Central, la iniciativa del ayuntamiento que restringe el tráfico privado en la almendra de la capital que pretende reducir drásticamente los niveles de contaminación lleva en funcionamiento desde el pasado noviembre. Pero, será a partir de este sábado, 16 de marzo, cuando el Ayuntamiento empiece a multar. Que no cunda el pánico. Hay excepciones para todos aquellos vehículos de empadronados en este área, para las personas con movilidad reducida, los invitados de los residentes y, por supuesto, para algunos colectivos, distribución de mercancías y otros casos. Incluso las personas que no estén empadronadas en Madrid Central —la gran mayoría— podrán acceder si es para dejar su coche en un 'parking'. Solo deben preocuparse los propietarios de vehículos muy contaminantes porque serán los que no tengan opción de acceso.

Manuela Carmena Unión Europea
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