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Mascarilla obligatoria hasta en la playa: las excepciones de uso que recoge la nueva ley
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Mascarilla obligatoria hasta en la playa: las excepciones de uso que recoge la nueva ley

La Ley 2/2021 de medidas urgentes de contención y prevención contra el coronavirus entra en vigor este miércoles y restringe la flexibilidad de no llevar mascarilla cuando haya distancia de seguridad

Foto: Una joven le ajusta la mascarilla a otra persona en la playa de la Malvarrosa (EFE)
Una joven le ajusta la mascarilla a otra persona en la playa de la Malvarrosa (EFE)

El Gobierno mantiene las medidas de prevención e higiene en lo que reste de crisis sanitaria, que no de estado de alarma, pero actualiza el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública con la Ley 2/2021 que se ha publicado este 30 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, este 31 de marzo, de forma previa a los festivos de la Semana Santa. De acuerdo con lo que se recoge en la legislación relativa a la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus SARS-CoV-2, a partir de este miércoles 31 de marzo "las personas mayores de seis años quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", así como en los medios de transporte.

La nueva ley de mascarillas introduce un cambio sustancial para endurecer la obligatoriedad de llevar estas protecciones al eliminar la cierta 'flexibilidad' que se recogía hasta la fecha en el BOE y que aludía a que, en ese tipo de espacios, era obligatorio el uso de cubrebocas en mayores de seis años "siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros", como así se indicaba por ejemplo en el Real Decreto-ley 21/2020 publicado en el BOE el 10 de junio del año pasado. Este cambio, que será de aplicación en todo el territorio nacional y no decaerá hasta que el Gobierno "declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19", obliga a que los transeúntes lleven puesta en todo momento la mascarilla en lugares al aire libre y de uso público, en los que se encuentran, entre otros enclaves, playas, piscinas y montaña.

Sin embargo, el Gobierno regional de las islas Baleares se ha apresurado a indicar este miércoles que el uso de la mascarilla no será obligatorio en el territorio insular siempre que se cumpla con la distancia de seguridad, se esté con un único grupo de convivencia o los bañistas se encuentren tomando el sol, pero sí se deberá llevar en la playa en una reunión, como máximo de seis personas, con otro grupo de convivencia. Así lo ha manifestado la 'consellera' de Salud y Consumo, Patricia Gómez, quien ha explicado que Baleares seguirá manteniendo esta norma, acordada en noviembre de 2020 en Consell de Govern a través de un mandato de la presidencia. Esta apreciación ha surgido tras las explicaciones que ha dado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en las que apuntaba a que Sanidad y las CCAA debatirán de manera técnica los criterios para aplicar la ley de nueva normalidad.

La norma viene a unificar a nivel estatal las distintas órdenes autonómicas que, dependiendo de la región española en la que se encontrara el ciudadano, eximía u obligaba dependiendo de la situación a llevar o no la mascarilla. Así, tal y como se especifica en la nueva ley, que tiene por objetivo afianzar "comportamientos de prevención en el conjunto de la población" mientras perdure la crisis sanitaria del covid-19, se reducen a circunstancias muy concretas o casos de fuerza mayor los supuestos en los que no es necesario ir protegido con un tapabocas. En este sentido, por la necesidad de corregir también "determinadas carencias en la regulación contenida en nuestra legislación ordinaria, al margen de la declaración del estado de alarma", se considera necesario realizar una serie de "modificaciones puntuales" que endurecen el uso de la mascarilla y limitan las excepciones en su utilización a los siguientes supuestos si se transita por la vía pública, un espacio al aire libre o un enclave que se encuentre abierto al público:

  • No es exigible mascarilla para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada
  • Tampoco es obligatoria si una persona, por situación de discapacidad o dependencia, no dispone de autonomía para retirarse la protección, ni si presenta alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización

Además, de acuerdo con lo que se recoge en el texto de la ley, "tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias". En este último supuesto, se englobarían por ejemplo acciones como nadar en el mar o en la piscina, así como el consumo de alimentos y bebidas. Sin embargo, acciones como pasear por la orilla o tomar el sol en la arena o en una instalación de ocio requerirán del uso obligatorio del cubrebocas.

En el coche, los ocupantes siguen teniendo la obligación de llevar siempre puesta la mascarilla si no son convivientes

En los vehículos de turismo de uso privado, los ocupantes tienen la obligación de llevar siempre puesta la mascarilla si no son convivientes —solo supondría una excepción a la norma pertenecer a un mismo núcleo de convivencia— y, en el caso del transporte marítimo, pasajeros de buques y embarcaciones solo podrán retirarse el cubrebocas cuando se encuentren en su camarote. Esto quiere decir que ya no podrán estar sin mascarilla en las cubiertas o espacios exteriores cuando resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, una excepción que sí entraba dentro de lo permitido antes de la publicación de la Ley 2/2021.

El Gobierno mantiene las medidas de prevención e higiene en lo que reste de crisis sanitaria, que no de estado de alarma, pero actualiza el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública con la Ley 2/2021 que se ha publicado este 30 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, este 31 de marzo, de forma previa a los festivos de la Semana Santa. De acuerdo con lo que se recoge en la legislación relativa a la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus SARS-CoV-2, a partir de este miércoles 31 de marzo "las personas mayores de seis años quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público", así como en los medios de transporte.

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