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La mascarilla no será obligatoria en las playas de Baleares y Canarias si hay distancia
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Tras la reunión con Darias

La mascarilla no será obligatoria en las playas de Baleares y Canarias si hay distancia

Así lo ha manifestado este miércoles la 'consellera' de Salud y Consumo, Patricia Gómez, quien ha explicado que Baleares seguirá manteniendo esta norma acordada en noviembre

Foto: Dos personas con mascarilla en la playa. (EFE)
Dos personas con mascarilla en la playa. (EFE)

El uso de la mascarilla no será obligatorio en las playas de Baleares y en las de las islas Canarias siempre que haya distancia, se esté con un único grupo de convivencia o para tomar el sol.

Así lo ha manifestado este miércoles la 'consellera' de Salud y Consumo, Patricia Gómez, quien ha explicado que Baleares seguirá manteniendo esta norma, acordada en noviembre en Consell de Govern y a través de un mandato de la Presidencia. Sin embargo, la mascarilla sí se deberá llevar si se está en la playa en una reunión, como máximo de seis personas, con otro grupo de convivencia.

Foto: Una joven le ajusta la mascarilla a otra persona en la playa de la Malvarrosa (EFE)

Gómez ha precisado estos detalles después de participar en el Consejo Interterritorial de Salud, donde la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha explicado que la norma de nueva normalidad se ha tramitado como un proyecto ley y ha propuesto trabajar en un comité técnico-jurídico con la participación de las comunidades para modificarla en consenso y así adaptarla al momento actual.

La 'consellera' ha explicado que, según la frase de la norma "con arreglo a las autoridades sanitarias", el Govern entiende que la ley no afecta a las medidas aprobadas en el Consell de Govern sobre el uso de la mascarilla en playas, piscinas, espacios abiertos y deportes al aire libre fuera de los núcleos de convivencia.

Por su parte, el portavoz del Gobierno canario, Julio Pérez, ha señalado que Canarias seguirá aplicando el uso de la mascarilla como hasta ahora y ha matizado que si bien en dicha ley "hay un cambio en la redacción" en cuanto al uso de mascarilla, también mantiene "la excepción en la obligatoriedad en el uso de las mascarillas cuando la autoridad sanitaria lo haya dispuesto así en circunstancias particularidades".

Por ello, ha afirmado que el Gobierno de Canarias considera que las normas dictadas en este sentido siguen "estando amparadas" en dicha excepción, de ahí que "siguen siendo las que se aplican", admitiendo las excepciones. "Nuestras normas siguen aplicándose, al menos por ahora, salvo que desde el Ministerio de Sanidad o el Consejo Interterritorial de Salud (...) dicte alguna instrucción complementaria", ha apostillado.

Preguntado entonces por el debate de los últimos días de si en la playa se debe tener siempre la mascarilla, Pérez ha puntualizado que "no siempre es exigible", mientras que en la ley estatal "parece que en todo caso" se está obligado a llevar la mascarilla.

De todos modos, ha considerado que "no" es el momento para la relajación en la exigencia de la utilización de mascarillas porque "no" es lo que dice la norma en Canarias, de tal forma que ha subrayado que "no se trata de llegar a la situación absurda de bañarse con la mascarilla, no es eso lo que se quiere," pero "sí que se mantenga la mascarilla en todos los casos que se exige". Así, ha afirmado que en la playa "hay que llevar mascarilla" aunque "no siempre", matizando que la norma sigue "exactamente igual que anteayer".

En Canarias, en el caso concreto de las playas y piscinas se excluye la obligación del uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes.

En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en estos espacios e instalaciones, según recoge el BOC del 14 de agosto de 2020.

Su uso es obligatorio en la vía publica y en espacios al aire libre siempre que no se pueda garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad

Asimismo, su empleo es obligatorio en la vía publica y en espacios al aire libre siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros. Asimismo, en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros.

Además se debe utilizar en los medios de transporte aéreo y marítimo, en todo el transporte público (taxi, tranvía, guagua), así como en coche particular de hasta nueve plazas si los ocupantes no conviven.

También en el caso de los espacios cerrados de los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y cafeterías, excepto en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas. Y al acceder a un centro sanitario.

El uso de la mascarilla no será obligatorio en las playas de Baleares y en las de las islas Canarias siempre que haya distancia, se esté con un único grupo de convivencia o para tomar el sol.

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