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La Justicia catalana avala el toque de queda: "Se colapsarán los servicios asistenciales"
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La Justicia catalana avala el toque de queda: "Se colapsarán los servicios asistenciales"

El TSJC ratifica las medidas de protección contra el coronavirus que había solicitado la Generalitat de Cataluña

Foto: Barcelona. (EFE/Quique García)
Barcelona. (EFE/Quique García)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado las medidas de protección contra el coronavirus que había solicitado la Generalitat, entre las que se incluían el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas, en contra del criterio de la Fiscalía, que esta misma mañana había pedido que se rechazara la propuesta. La Sala ha valorado el evidente riesgo de colapso sanitario a la vista de los datos aportados por el Govern.

En un auto de 25 páginas y por unanimidad, la Sección Tercera de la Sala Contenciosa ha puesto de manifiesto la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo que resumió este medio esta semana y ha considerado que la actual situación sanitaria de Cataluña "pone de manifiesto que la incidencia sigue en aumento notablemente, con una tasa semanal de 521, 2 casos por 100.000 h, un 28 % más que la semana pasada". "Todas las regiones sanitarias presentan un aumento de la tasa de incidencia a siete días", destaca el escrito [puede consultarlo aquí en PDF].

Foto: España, en riesgo alto por contagios de coronavirus. (EFE/Escobar)

"En ausencia de medidas adicionales, se podría llegar a 25,000 nuevos casos diarios en enero de 2022, con un impacto muy elevado en el número de hospitalizaciones", avisa la Sala que añade que el tribunal no puede devaluar que el crecimiento exponencial de la variante ómicron colapsará los servicios asistenciales a principios de año".

La decisión se adopta en contra de la Fiscalía, que ha considerado que las medidas son "severas, extensas, muy restrictivas, intensas y generalizadas" y no han sido "debidamente motivadas", por lo que no las veía "idóneas" ni "necesarias" para la reducción de los contagios, a la vista del informe presentado por la administración catalana. Además, no veía "suficientes" las razones expuestas por la Generalitat.

Foto: Cientos de personas esperan para hacerse un test en Murcia (EFE/Guillén)

Respecto a las restricciones nocturnas, el auto apunta que existe "un amplio consenso de evidencia científica sobre la efectividad de disminuir las interacciones sociales, especialmente con medidas como la limitación de la circulación de personas en horario nocturno junto con otras medidas restrictivas en relación con el mismo". Asegura que la limitación de número de personas en las reuniones "podría ser insuficiente dado que se producen en entornos cerrados y con una elevada interacción entre las personas que asisten".

De nuevo, como indicaba el TS, la Sala pondera que la limitación horaria del ocio nocturno se concentra "en determinados municipios y no se contempla de forma genérica", proponiendo que sea así en aquellos municipios con una población de más de 10.000 habitantes y con una IA por fecha diagnosticada a siete días superior a 250 casos por 100.000 habitantes.

En concreto, el toque de queda en Cataluña se podrá aplicar entre las 01:00 y 06:00 de la madrugada en poblaciones de más de 10.000 habitantes y con una incidencia acumulada de más de 250 casos de coronavirus por cada 100.000 personas o localidades rodeadas por municipios que se encuentren en esa situación.

La Justicia también da el visto bueno al límite de 10 personas en reuniones privadas y en espacios públicos, siempre que no pertenezcan al mismo núcleo de convivencia o se trate de manifestaciones o actos de carácter político. Además, se reducirá el aforo al 70% en actos religiosos o ceremonias civiles y se mantiene la aplicación del pasaporte covid para poder acceder a lugares o espacios cerrados.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado las medidas de protección contra el coronavirus que había solicitado la Generalitat, entre las que se incluían el toque de queda nocturno y la limitación de las reuniones a un máximo de diez personas, en contra del criterio de la Fiscalía, que esta misma mañana había pedido que se rechazara la propuesta. La Sala ha valorado el evidente riesgo de colapso sanitario a la vista de los datos aportados por el Govern.

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