El TC tumba la rebaja del IRPF a las rentas más bajas en Cataluña
Sin embargo, la sentencia no tendrá efectos reatroactivos entre los 200.000 contribuyentes que se han beneficiado de la rebaja, aunque no podrán aplicársela en el próximo ejercicio
El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado la rebaja del IRPF a las rentas más bajas que incluyó el gobierno catalán el año pasado a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos y que recurrió el Gobierno español por invasión de competencias.
Según la sentencia, que adelanta este domingo el digital 'ElNacional.cat', el TC ha decidido estimar el recurso presentado por el Gobierno, que consideró que la Generalitat había excedido las competencias autonómicas, y declarar inconstitucional esta rebaja fiscal que beneficiaba a rentas iguales o inferiores a 12.450 euros.
La medida rebajaba la fiscalidad a los contribuyentes con rentas más bajas al elevar el mínimo exento de 5.500 a 6.015 euros
Sin embargo, la sentencia no tendrá efectos reatroactivos entre los 200.000 contribuyentes que se han beneficiado de la rebaja, aunque no podrán aplicársela en el próximo ejercicio.
Esta rebaja fiscal estaba incluida en el artículo 88 de la ley de medidas fiscales, financieras y administrativas, ratificada en el Parlament en abril de 2020 junto con los presupuestos de la Generalitat.
La medida rebajaba la fiscalidad a los contribuyentes con rentas más bajas al elevar el mínimo exento de 5.500 a 6.015 euros.
El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado la rebaja del IRPF a las rentas más bajas que incluyó el gobierno catalán el año pasado a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos y que recurrió el Gobierno español por invasión de competencias.
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