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Condenado uno de los grandes empresarios de la seguridad por delitos contra los trabajadores: 50 € por poder ducharse
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TRABAJABA EN IMPORTANTES INFRAESTRUCTURAS

Condenado uno de los grandes empresarios de la seguridad por delitos contra los trabajadores: 50 € por poder ducharse

Carlos S.F., responsable de Alcor Seguridad S.L., se ha beneficiado de dos atenuantes para que la pena de prisión sea de unos pocos meses. El tribunal considera que se aprovechaba de la situación de necesidad de los empleados

Foto: La autoridad judicial documenta una treintena de casos de abusos laborales a los vigilantes de la compañía. (Getty/Steve Bardens)
La autoridad judicial documenta una treintena de casos de abusos laborales a los vigilantes de la compañía. (Getty/Steve Bardens)

Carlos S.F., uno de los grandes empresarios del sector de la seguridad privada, que ha prestado servicio en algunas de las infraestructuras más importantes del país, ha sido condenado por un delito contra el derecho de los trabajadores por hechos cometidos a través de Alcor Seguridad S.L. que se extienden entre 2011 y finales de 2015.

El principal investigado, considerado por los agentes como el responsable de la firma, aunque no constase así en el organigrama, se ha beneficiado de las atenuantes de dilación indebida y de reparación del daño tras consignar distintas cantidades de dinero al iniciarse el proceso contra ellos.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo, que entre el 21 y el 29 de noviembre del año pasado acogió la vista oral de un caso cuya instrucción se inició hace una década, ha desestimado la petición de absolución de las defensas del principal investigado y los otros tres encausados y considera probado que la citada compañía "imponía" a sus vigilantes de seguridad "condiciones laborales que vulneraban los derechos reconocidos".

Esta situación se sustanciaba, según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, "mediante el engaño y abusando, en algunos casos, de la situación de necesidad" de los empleados.

Foto: El presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez, en una imagen de archivo. (EFE/Elvira Urquijo A.)

El tribunal detalla una amplia lista de prácticas irregulares. Destaca las "largas jornadas laborales con turnos de 24 horas durante varios días —15, 20...— y sin respeto de los descansos establecidos" que atestiguaron numerosos empleados. Y señala la "exigencia a los trabajadores de firmar documentos en blanco o parcialmente cubiertos" con los que la empresa justificaba "recibís", negativas a reclamar o formación no recibida por la plantilla. "Justificantes no veraces", se resume en la resolución.

Uno de los afectados, que desempeñó funciones en el País Vasco, declaró que estuvo dos semanas seguidas trabajando porque "estaba pasando una situación de gran apuro económico". "Era eso o irse a casa", comentó un trabajador, que afirmó que "descansaba en una caseta de la obra o en el vehículo".

Otro testigo relató que se alquiló un piso a nombre de la empresa para los trabajadores, pero que estos debían "aportar 50 euros para ir al piso a ducharse", se plasma en el fallo judicial, donde también se incide que algunos vigilantes tuvieron que renunciar a su antigüedad para ser subrogados por Alcor Seguridad S.L.

Los vigilantes de seguridad encadenaban, sin descanso, jornadas de trabajo de 24 horas

En lo que coincidieron muchos de los empleados sobre los que el tribunal basa su sentencia condenatoria es en que debían "presentar facturas de índole personal en las que debía figurar el nombre y el CIF de la compañía para que le fueran pagadas las horas extraordinarias". Estas se abonaban, "habitualmente, en metálico o mediante talón bancario" y "sin reflejo en la nómina". La cuantía de las mismas, recordó uno de los declarantes, era de "seis euros".

"Convicción de los hechos"

Los magistrados detallan los casos de más de 30 vigilantes de seguridad que trabajaban, entre otros puntos, en País Vasco, Islas Canarias, Cataluña —Gerona—, Asturias, Galicia, Extremadura —Cáceres— o Aragón —Huesca—. Y en infraestructuras tan importantes como las obras de la Y vasca o el AVE Madrid-Galicia, recintos portuarios o custodia de mercancía peligrosa.

Las defensas también aportaron las declaraciones de otros empleados que contradecían a sus compañeros y trataron de circunscribir a rencillas sindicales la denuncia que puso a la Policía Nacional sobre el caso. También trataron de tumbar las intervenciones telefónicas y los registros realizados durante la operación policial, aunque la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha determinado que "se practicaron cumpliendo todos los requisitos legal y constitucionalmente exigidos".

Foto: La patronal y los sindicatos cargan contra las adjudicaciones a precio de saldo. (EFE)

La Fiscalía, además de los delitos contra el derecho de los trabajadores, estimaba que los acusados —en distinto grado de participación— eran responsables de 34 supuestas coacciones. Una valoración que también compartió la acusación particular, ejercida por la Unión Sindical Obrera (USO) a través del letrado Ismael Franco, de ADR Abogados.

El tribunal alcanzó "la convicción de la realidad de los hechos" y considera probado que cuatro de los cinco procesados incurrieron en un delito contra el derecho de los trabajadores. A Carlos S.F., el principal investigado, se le han impuesto cinco meses de prisión; mientras que a dos de sus más estrechos colaboradores, Antonio Francisco S.P. y María Belén G.C., tres meses. La pena para la hija del empresario, Elisabeth S.A., es un mes y 15 días de prisión.

El primero de ellos, además, deberá indemnizar con 1.000 euros a tres de sus empleados por el "daño moral causado"; y de forma solidaria, junto a Antonio Francisco y María Belén, a otros 12 empleados.

Carlos S.F., uno de los grandes empresarios del sector de la seguridad privada, que ha prestado servicio en algunas de las infraestructuras más importantes del país, ha sido condenado por un delito contra el derecho de los trabajadores por hechos cometidos a través de Alcor Seguridad S.L. que se extienden entre 2011 y finales de 2015.

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