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El Supremo rechaza la reclamación de Meliá de 119 millones por el covid: "Era imprevisible"
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LE CONDENA A PAGAR LAS COSTAS

El Supremo rechaza la reclamación de Meliá de 119 millones por el covid: "Era imprevisible"

El tribunal ya ha rechazado 256 recursos de empresas que pedían responsabilidad patrimonial del Estado y otras 423 han desistido antes de que se dictara sentencia

Foto: El presidente de Exceltur y presidente & CEO de Meliá Hotels International, Gabriel Escarrer. (EP/Carlos Luján)
El presidente de Exceltur y presidente & CEO de Meliá Hotels International, Gabriel Escarrer. (EP/Carlos Luján)
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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso en el que Meliá Hotels International y 43 filiales del grupo reclamaban 118,8 millones de euros al Estado "por los daños causados por la gestión de la pandemia de covid-19". En la sentencia, del 16 de abril y a la que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las restricciones estuvieron justificadas por tratarse "de una pandemia completamente imprevisible y de dimensiones desconocidas hasta entonces".

Meliá recurrió al Supremo después de que el Consejo de Ministros desestimara su reclamación en diciembre de 2022. La cadena apuntaba al primer estado de alarma que se aprobó en marzo de 2020 y a los perjuicios que le ocasionó el mismo, pero el Supremo rechaza su razonamiento: "Para juzgar el acierto o desacierto de las medidas adoptadas por los poderes públicos(..), no podemos estar a los conocimientos científicos actuales, sino a los existentes cuando la pandemia comienza".

Aunque el Tribunal Constitucional declaró ilegales parte de las medidas que incluían los estados de alarma, sus sentencias ya advirtieron de que este pronunciamiento no resultaba suficiente para fundar reclamaciones de responsabilidad patrimonial por sí mismas. De hecho, el propio Constitucional declaró que las medidas adoptadas habían sido "necesarias, idóneas y proporcionales a la situación".

El Supremo se hace eco de esta cuestión para responder al grupo hotelero: "No resulta ocioso recordar ahora que el Tribunal Constitucional haya validado por sus notas de necesidad, proporcionalidad e idoneidad, según cada hito de evolución de la pandemia en el país". "La actividad administrativa desarrollada fue razonable y proporcionada a la situación existente, por lo que no generó responsabilidad".

Foto: Gabriel Escarrer, vicepresidente y CEO de Meliá Hotels International. (EFE)

La sentencia también incide en que los daños sufridos durante la pandemia "no son antijurídicos", pues encajaban con la gravedad de la situación: "La sociedad en su conjunto tuvo que soportar las decisiones adoptadas por los poderes públicos para preservar la salud y la vida de los ciudadanos, de manera que la vía de reparación o minoración de los daños para aquellos que los padecieron con mayor intensidad, de ser procedente, tiene que ser la de las ayudas públicas —que se concedieron ampliamente— pero no la de la responsabilidad patrimonial", concluye.

Condena en costas de 4.000 euros

El Supremo desestimó el primer recurso que demandaba responsabilidad patrimonial del Estado por el covid-19 en octubre de 2023. Fuentes jurídicas apuntan a que hasta el pasado 30 de marzo ya había rechazado otros 255 y que el criterio que está siguiendo ha provocado un cambio de tendencia durante los últimos meses: 423 empresass han desistido de sus reclamaciones antes de que se dictara sentencia porque el Supremo está obligando a pagar 4.000 euros a la Administración por los gastos que ocasionan con sus demandas, tal y como ha hecho ahora con Meliá.

La clave radica en el artículo 139 de la ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, que establece que "se impondrán las costas [los gastos del proceso judicial] al recurrente si se desestima totalmente el recurso, salvo que el órgano jurisdiccional, razonándolo debidamente, aprecie la concurrencia de circunstancias que justifiquen su no imposición". Al aplicar este artículo a las reclamaciones por el covid, el Supremo incluye un mismo párrafo en cada una de sus sentencias: "El importe máximo a satisfacer al respecto a la Administración demandada por todos los conceptos será de 4.000 euros, más el IVA correspondiente, si procediere".

Junto a las empresas del sector de la hostelería o del ocio, las últimas resoluciones están centrándose también en aquellas que se dedican al trasporte. El Supremo expone para ello los mismos argumentos y todo apunta a que no cambiará de criterio a la hora de abordar otros sectores. Tras más de dos años esperando respuesta por parte de la Justicia, las reclamaciones por "daños y perjuicios" les están saliendo a pagar a las empresas.

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso en el que Meliá Hotels International y 43 filiales del grupo reclamaban 118,8 millones de euros al Estado "por los daños causados por la gestión de la pandemia de covid-19". En la sentencia, del 16 de abril y a la que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que las restricciones estuvieron justificadas por tratarse "de una pandemia completamente imprevisible y de dimensiones desconocidas hasta entonces".

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