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El TC vuelve a dar la razón a Rodríguez frente a la decisión de Batet de retirarle el escaño
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POR SEIS VOTOS FRENTE A CUATRO

El TC vuelve a dar la razón a Rodríguez frente a la decisión de Batet de retirarle el escaño

El Tribunal Supremo condenó al exdiputado de Unidas Podemos en 2021 por un delito de atentado a la autoridad al considerar probado que dio una patada a un policía

Foto: El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez durante una intervención en el Congreso. (EFE)
El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez durante una intervención en el Congreso. (EFE)

El Tribunal Constitucional ha vuelto a dar la razón al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez. El pleno ha estimado este miércoles por seis votos frente a cuatro su recurso contra la decisión de la expresidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, de retirarle el acta de diputado después de que el Tribunal Supremo le condenara e inhabilitara en 2021 por un delito de atentado a la autoridad. Rodríguez podrá exigir ahora una indemnización por el sueldo que dejó de percibir.

El Constitucional ya atendió el pasado 16 de enero su recurso contra la sentencia del Supremo. En aquella ocasión, los cuatro magistrados conservadores se desmarcaron del resto al considerar que la resolución resultaba “inadmisible en términos constitucionales”.

Los mismos cuatro magistrados han vuelto a votar en contra de este segundo recurso, mientras que el exministro de Justicia Juan Carlos Campo se ha abstenido por ser Batet su pareja, informan fuentes jurídicas. La ponencia de la sentencia, que se conocerá en los próximos días, ha corrido a cargo de la progresista María Luisa Balaguer.

La retirada de su escaño

El Tribunal Supremo condenó a Rodríguez en 2021 a 45 días de prisión por dar una patada a un policía. La agresión se produjo el 25 de enero de 2014, cuando el entonces ministro José Ignacio Wert acudió a La Laguna (Tenerife) a inaugurar la catedral y se organizó una protesta contra la Lomce.

“En el curso de los enfrentamientos físicos que, como consecuencia de la actitud violenta de algunos de los congregados, tuvieron lugar entre éstos y agentes policiales, el acusado Alberto Rodríguez Rodríguez (…) que en ese momento se encontraba entre los primeros, propinó una patada en la rodilla al agente”, concluyó el alto tribunal en su sentencia.

El Supremo le aplicó la atenuante de dilaciones indebidas y la pena de cárcel se sustituyó por una multa de 540 euros, pero aclarando que este remplazo no afectaba a la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público durante el tiempo de condena. La Mesa del Congreso se mostró reticente e incluso solicitó una aclaración al Supremo respecto a los efectos de este pronunciamiento, pero terminó por retirar el escaño a Rodríguez en octubre de 2021.

La encargada de comunicar esta decisión al entonces diputado fue la propia Batet. El propio Supremo le había advertido en su último oficio de que no había cometido ningún “error por el hecho de mantener la vigencia de la inhabilitación especial”, pero Rodríguez consideró que se había excedido y presentó dos recursos: uno contra la sentencia y otro contra la retirada del escaño.

Más de dos años después, el Constitucional le ha dado la razón en ambos casos al concluir que “la pena de multa está liberada de consecuencias accesorias” y, por tanto, no cabía inhabilitarle. “Ha sido vulnerado el derecho fundamental del demandante de amparo a la legalidad penal”. Rodríguez ya trató de volver al Congreso como candidato de Sumar por Santa Cruz de Tenerife en las últimas elecciones generales, pero no recabó los votos necesarios.

El Tribunal Constitucional ha vuelto a dar la razón al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez. El pleno ha estimado este miércoles por seis votos frente a cuatro su recurso contra la decisión de la expresidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, de retirarle el acta de diputado después de que el Tribunal Supremo le condenara e inhabilitara en 2021 por un delito de atentado a la autoridad. Rodríguez podrá exigir ahora una indemnización por el sueldo que dejó de percibir.

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